REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
PODER JUDICIAL.
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO
DEMANDANTE: AMELIA DEL CARMEN MARICHALES y CARMEN AMERICA MARICHALES, venezolanas, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.337.797 y 4.512.970 respectivamente, asistidas por el Abogado en ejercicio ARBELAEZ ELVYS JOSE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.950.985, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 48.918
DEMANDADO: DORA JOSEFINA MARICHALES, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad Nº 5.334.624.
MOTIVO: PARTICION Y LIQUIDACION DE HERENCIA
En fecha 02-02-2010, se recibió por ante este Tribunal, escrito de demanda presentada por las ciudadanas AMELIA DEL CARMEN MARICHALES y CARMEN AMERICA MARICHALES, por partición y Liquidación de Herencia. Este Tribunal revisado como ha sido minuciosamente el presente expediente, por cuanto se evidencia que el valor de la demanda es de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs.40.000, 00) y, en virtud de que entro en vigencia la RESOLUCION N° 2009-0006, del Tribunal supremo de justicia, en la cual modifican a nivel Nacional, las competencias de los Juzgados para conocer en materia Civil, Mercantil y Tránsito por la cuantía. este juzgado se Declara incompetente para conocer la presente causa y en consecuencia declina la competencia de conformidad con el artículo 1, literal a) de la referida resolución, en consecuencia se ordena remitir estas actuaciones al Juzgado de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de esta Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro.
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. Declina la competencia al Juzgado de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz, Circunscripción Judicial Estado Delta Amacuro. Remítase el expediente Nº 9071-2010.
Publíquese, Regístrese, Déjese copia certificada
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. En Tucupita, Seis (06) días del mes Mayo de Dos Mil Diez. Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
La Jueza Provisoria,
Dra. MARISOL DEL VALLE BAYEH BAYEH
El Secretario,
Abg. LUIS ARGENIS MARCANO
En esta misma fecha siendo las 10:20 a.m.., se dictó y publico la anterior decisión. Y con oficio 164-2010, se cumplió lo ordenado. Conste.
Secretario.
MDVBB/iraida
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