REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro
Jueza Provisorio del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de Tucupita Estado Delta Amacuro.
Tucupita, dieciocho de octubre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: YP11-J-2010-000183
Visto que el presente asunto signado con el Nro. YP11-J-2010-000183, contentivo de Titulo Supletorio de Propiedad, interpuesto por los ciudadanos: VASQUEZ ZORRILLA FELICIA JOSEFINA Y BARRIOS MORENO ONASSIS DAVID, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-9863.756 y V-12.547.858, domiciliados en el Barrio Monte Calvario, Calle 2, Casa S/N, del Municipio Tucupita del Estado Amacuro, quienes solicitan por ante Tribunal Titulo Supletorio de Propiedad, en beneficio del Adolescente (se omite el nombre de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) y la niña (se omite el nombre de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de Diecisiete (17) y Dos (02) años de edad respectivamente. De conformidad a lo pautado en al Artículo 514 de la LOPNNA, resuelve dar por desistido el presente asunto, visto que las partes solicitantes ciudadanos: VASQUEZ ZORRILLA FELICIA JOSEFINA Y BARRIOS MORENO ONASSIS DAVID, antes identificados no comparecieron al inicio de la Audiencia Preliminar de la Fase de Mediación igualmente se le advierte a los solicitantes que no podrán presentar nuevamente su solicitud antes de que transcurra un mes a contar de la presente fecha. En consecuencia se ordena el cierre y archivo del presente asunto Cúmplase.
La Jueza Provisoria,


Abg. Vilma Martorelli

La Secretaria,

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el Auto anterior. Cúmplase.

La Secretaria,



Hora de Emisión: 3:02 PM
Asistente que realizo la actuación: V.M.
ASUNTO: YP11-J-2010-000183