REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro
Jueza Provisorio del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de Tucupita Estado Delta Amacuro.
Tucupita, treinta de septiembre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: YH11-V-2004-000212

De la revisión efectuada al presente asunto se evidencia que se trata de un cuaderno de Obligación de Manutención aperturado en fecha 13 de septiembre de 2004, como incidencia de la causa principal contentiva del procedimiento de Divorcio Ordinario incoado por la ciudadana: Grelsis del Valle Ordaz González, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.403.330, en contra del ciudadano: Ramón Celestino Lozada Arzolay, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.545.196, el cual se declaró extinguido en fecha 27 de octubre de 2005 y, por cuanto la suerte de las incidencias y lo accesorio sigue la suerte de lo principal, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y para el Régimen Procesal Transitorio, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, no tiene materia sobre la cual decidir, toda vez que, el presente cuaderno igualmente se encuentra extinguido por ser accesorio de la causa principal, por lo que, se ordena su cierre y posterior Archivo. Y así, se establece.
La Jueza Provisoria,


Abg. Vilma Martorelli
El Secretario

En esta misma fecha, fue publicada la presente sentencia, siendo las 2:48 p. m. Conste.

El Secretario

Hora de Emisión: 2:48 PM
Asistente que realizo la actuación: V.M.
ASUNTO: YH11-V-2004-000212