REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro
Tucupita, treinta y uno de enero de dos mil once
200º y 151º

ASUNTO: YP21-L-2010-000063

N° DE EXPEDIENTE: YP21-L-2010-000063
PARTE ACTORA: ALIXA JOSEFINA VELAZQUEZ MORENO, Venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 18.659.200
PARTE DEMANDADA: Distribuidora KZP16, C.A.
REPRESENTANTE LEGAL DE LA PARTE DEMANDADA: SORAIDA AZOCAR PARIS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.352.111
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA Abogado ARCADIO BRITO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 67.289
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Siendo las diez y treinta de la mañana (10:30a.m.) del día de hoy treinta y uno (31) de Enero de 2011, comparecen ante este despacho, la ciudadana SORAIDA AZOCAR PARIS; quien es el Representante Legal de la parte demandada empresa Distribuidora KZP16, C.A; debidamente asistida por el abogado ARCADIO ELIAS BRITO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 67.289; asimismo se deja expresa constancia de la no comparecencia de la parte actora ciudadana ALIXA JOSEFINA VELASQUEZ MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.659.200 ni por si ni por apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200 ° y 151 °. Se entrega en este acto copia de la presente acta a la parte demandada. Es todo.

LA JUEZA PROVISORIA
Abg. YULIBEL PAREJO

Parte Demanda


Abogado asistente de la Parte Demanda


SECRETARIA


Hora de Emisión: 10:40 AM
Asistente que realizo la actuación: YEPM