REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro
Jueza Provisorio del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de Tucupita Estado Delta Amacuro.
Tucupita, diecinueve de enero de dos mil once
200º y 151º
ASUNTO: YP11-V-2010-000077
Visto que el ciudadano CARLOS ENRIQUE LOPEZ, identificado en autos, no compareció por ante este Tribunal, en la oportunidad fijada para que tenga lugar la oportunidad para la celebración del inicio de la Audiencia Preliminar en Fase de Mediación, del presente asunto signado con el Nro. YP11-V-2010-000077, contentivo de Extinción de Obligación de Manutención, en contra del ciudadano: LUIS GUILLERMO LOPEZ OLIVARES, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 18.658.041, domiciliado en San Rafael, Calle Principal, Casa S/N, de esta ciudad de Tucupita Estado Delta Amacuro, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara: DESISTIDO el presente asunto de Extinción Obligación de Manutención. En consecuencia se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Cúmplase.
La Jueza provisoria,
Abg. Vilma Martorelli
El Secretario
Hora de Emisión: 3:28 PM
Asistente que realizo la actuación: V.M.