REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro
Jueza Provisorio del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de Tucupita Estado Delta Amacuro.
Tucupita, dieciséis de febrero de dos mil once
200º y 151º
ASUNTO: YP11-V-2009-000005
Visto que el presente asunto signado con el Nro. YP11-J-2009-000005, contentivo de Cumplimiento y Revisión de Obligación de Manutención, interpuesto por la ciudadana: GLADYS DEL CARMEN LARA ZAPATA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.263.964, domiciliada en la Vía Principal de Cocuina, Casa S/N, de esta ciudad de Tucupita Estado Delta Amacuro, en contra del ciudadano HUMBERTO RAFAEL ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°V-11.207.336, domiciliado en Villa Bolivariana, Primera Entrada, Casa S/N, Tucupita del Estado Amacuro, en beneficio del Adolescente (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) ROJAS LARA, de 12 años de edad. De conformidad a lo pautado en al Artículo 472 de la LOPNNA, resuelve dar por desistido el presente asunto, visto que las parte demandante ciudadana: GLADYS DEL CARMEN LARA ZAPATA, antes identificada no compareció al inicio de la Audiencia Preliminar de la Fase de Mediación igualmente se le advierte a la solicitante que no podrá presentar nuevamente su demanda antes de que transcurra un mes a contar de la presente fecha. En consecuencia se ordena el cierre y archivo del presente asunto Cúmplase.
La Jueza Provisoria,
Abg. Vilma Martorelli
La Secretaria
Hora de Emisión: 11:25 AM
Asistente que realizo la actuación: V.M.