REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro
Jueza Provisorio del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de Tucupita Estado Delta Amacuro.
Tucupita, tres de febrero de dos mil once
200º y 151º
ASUNTO: YP11-J-2010-000308
Vista las anteriores actuaciones promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de los testigos, ciudadanos: EDUARDO OCHOA y LEONARDO RAMON BERMUDEZ, plenamente identificados y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, para acreditar a favor de los niños PABLO JOSE LIMADA BENITEZ y KATHERINE DEL VALLE LIMADA BENITEZ, de 10 Y 04 años de edad respectivamente, en su condición de hijos del de cujus PABLO JOSE LIMADA, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.951.275. este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, salvo derecho de terceros, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los niños (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) LIMADA BENITEZ y (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) LIMADA BENITEZ, DE 10 Y 04 años de edad respectivamente, la cualidad que tienen de Únicos y Universales Herederos, de quien en vida respondiera al nombre de PABLO JOSE LIMADA, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.951.275, con vocación hereditaria y derecho sobre el acervo de bienes del fallecido. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Cúmplase.
La Jueza Provisoria,
Abg. Vilma Martorelli
El Secretario
Hora de Emisión: 10:43 AM
Asistente que realizo la actuación: V.M.