REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro
Jueza Provisorio del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de Tucupita Estado Delta Amacuro.
Tucupita, treinta de junio de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: YP11-J-2011-000174
Por cuanto a parte solicitante ciudadana YEFFERYS DE LA TRINIDAD GUEVARA CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad N° V-21.676.255, domiciliada en el Municipio Tucupita del Estado Delta Amacuro, quien solicita por ante Tribunal, Titulo Únicos y Universales Herederos, en beneficio propio y en representación de la adolescente SE OMITE EL NOMBRE CONFORME AL ART. 65 LOPNNA, de dieciséis (16) años de edad, se dejó constancia que, previo llamado del Alguacil de este Tribunal a las puertas del Despacho a viva voz, ninguna de las partes antes identificadas comparecieron a la presente Audiencia. Este Tribunal visto que la parte solicitante ciudadana: YEFFERYS DE LA TRINIDAD GUEVARA CONTRERAS, antes identificada no compareció al inicio de la Audiencia Preliminar de la Fase de Mediación, de conformidad a lo pautado en al Artículo 514 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, resuelve dar por desistido el presente asunto; igualmente se le advierte a la solicitante que no podrá presentar nuevamente su solicitud antes de que transcurra un mes a contar de la presente fecha. Se ordena el cierre y Archivo de la presente causa y devolver los originales a la solicitante y en su lugar copias certificadas. Cúmplase.-
La Jueza Provisoria,
Abg. Vilma Martorelli
El Secretario
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Cúmplase.
El Secretario
Hora de Emisión: 2:24 PM
Asistente que realizo la actuación: V.M.
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