REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de Tucupita Estado Delta Amacuro.
Tucupita, veinticuatro de marzo de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO: YH11-V-2005-000071
Revisado como ha sido el presente asunto; definitivamente firme como ha quedado la sentencia homologatoria dictada por la Sala de Juicio No. 02 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual Homologo el convenimiento de Obligación Alimentaría realizado entre los Ciudadanos JULIO CESAR MALAVE SOLORZANO y NUBIA DEL VALLE MALPICA RADA, esta Juzgadora del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en consecuencia este Tribunal por no tener mas diligencias que realizar ACUERDA: ………………………………………………………..
UNICO: El cierre y archivo del presente asunto, dejando en su lugar Cuaderno de Medidas, a los efectos de las consignaciones correspondientes. Remítase en su debida oportunidad al Archivo Regional Inactivo del Estado Delta Amacuro, así expresamente se decide. Cúmplase.-
La Jueza Provisoria
ABG. VILMA MARTORELLI
La Secretaria,
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado, en el auto que antecede. CONSTE.
Sria.
Hora de Emisión: 11:34 AM
Asistente que realizo la actuación: NORLINES