REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro
Jueza Provisorio del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de Tucupita Estado Delta Amacuro.
Tucupita, diecinueve de mayo de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: YP11-J-2011-000136
Vista las anteriores actuaciones promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de las testigos, ciudadanas ELISNETH DEL CARMEN MEJIAS TAMARONIS y MARIA JOSE ABSALON VELASQUEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números. V- 15.789.436 y V-17.526.369, en su condición de testigos y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, salvo derechos de terceros declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos JUAN JAVIER SANCHEZ HERRERA, FRANZ ENRIQUE SANCHEZ HERRERA, LUIS FERNANDO SANCHEZ HERRERA actuando en sus condiciones de hijos y el ultimo de los nombrados en representación de la Ciudadana: LUBYS DEL CARMEN HERRERA DE SANCHEZ, cónyuge del de cujus FRANZ ARNORD SANCHEZ YANEZ y el niño (Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA) de un (01) año de edad, representado por su progenitora RUTH COROMOTO MARTINEZ ESCALANTE, venezolanas mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad números V-16.215.777, V-16.700.382, V-17.524.824, V-8.928.729, y V-12.545.265 respectivamente; beneficiarios del de cujus ciudadano FRANZ ARNORD SANCHEZ YANEZ. Quien en vida era venezolano, titular de Cédula de Identidad Nº V-8.926.099, y por cuanto se demostraron elementos suficientes que le demuestren a esta juzgadora el carácter de herederos, se declara a favor de JUAN JAVIER SANCHEZ HERRERA, FRANZ ENRIQUE SANCHEZ HERRERA, LUIS FERNANDO SANCHEZ HERRERA actuando el ultimo de los nombrados en representación de la Ciudadana LUBYS DEL CARMEN HERRERA DE SANCHEZ, y el niño (Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA)
. Se acuerda devolver el original con las resultas a la parte solicitante para que surta los efectos legales consiguientes. Cúmplase.
La Jueza Provisoria,
Abg. Vilma Martorelli
El Secretario
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en el Auto anterior. Cúmplase.
El Secretario
Hora de Emisión: 12:25 PM
Asistente que realizo la actuación: V.M: