REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de Tucupita Estado Delta Amacuro.
Tucupita, veintitrés (23) de septiembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO: YP11-J-2011-000183

Vista las anteriores actuaciones promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de los testigos, Ciudadanos GREGORIO DEL VALLE YANEZ y, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad N. V- 1.955.061, residenciado en San Salvador, Vía Nacional, casa Nº 738, de este Estado y MAIGUALIDA SOTO NATERA, venezolana, mayor de edad, titular de cédula de identidad N. V-9.860.186, residenciado en San Salvador, Vía Nacional, casa Nº 738, de este Estado, en su condición de testigos y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, salvo derechos de terceros declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los Ciudadanos ANGEL JOSE BERMUDEZ PUGARITA de 25 años edad, titular de la cedula de identidad N° V- 17.524.874, CARLOS ENRIQUE BERMUDEZ PUGARTIA de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.858.110, JUAN CARLOS BERMUDEZ PUGARITA de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.858.111, CRISELYS DEL VALLE BERMUDEZ PUGARITA de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-21.082.280, JOSE ALEJANDRO BERMUDEZ PUGARITA de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-21.082.279, LUIS ALFREDO BERMUDEZ PUGARITA de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 24. 120.706, (Se omiten los nombres, de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de LOPNNA), representados por su progenitora Ciudadana MARIELA PUGARITA, venezolana mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº V-11.211.528; beneficiarios del de cujus Ciudadano JOSE ALEJANDRO BERMUDEZ FILLIPS, quien fuese en vida titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.860.256,, y por cuanto se demostraron elementos suficientes que le demuestren a esta juzgadora el carácter de herederos, se declara a favor de ANGEL JOSE BERMUDEZ PUGARITA, CARLOS ENRIQUE BERMUDEZ PUGARITA, JUAN CARLOS BERMUDEZ PUGARITA, CRISELYS DEL VALLE BERMUDEZ PUGARITA, JOSE ALEJANDRO BERMUDEZ PUGARITA, LUIS ALFREDO BERMUDEZ PUGARITA, (Se omiten los nombres, de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de LOPNNA), antes identificados. Expídanse las copias certificadas a la parte solicitante, asimismo se acuerda devolver el original con las resultas, dejando en su lugar copia debidamente certificada del expediente en el Archivo Sede de este Circuito Judicial. Cúmplase.
La Jueza Temporal,


Abg. MARIA ENCARNACION SARABIA
La Secretaria


Abg. IRAIDA FIGUEROA DE HENRIQUEZ






Hora de Emisión: 10:37 AM
Jueza que realizo la actuación: MARIA SARABIA
YP11-J-2011-000183