REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de Tucupita Estado Delta Amacuro.
Tucupita, catorce de agosto de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: YP11-J-2012-000292
Visto que en la oportunidad fijada para que tuviera lugar la Audiencia Preliminar de Mediación, del presente asunto signado con el Nro. YP11-J-2012-000292, contentivo del procedimiento de DIVORCIO 185-A, interpuesto por los Ciudadanos: LUIS CARLOS GARZON CASTRO y JOSELYS ANTONIETA SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nro. V-22.005.622 y V-12.597.611, respectivamente, domiciliados, el primero en la Urbanización Arturo Michelena, Calle Bicentenario, Casa Nº 4, Valencia Estado Carabobo y la Segunda en la Urbanización Ezequiel Zamora, Transversal 1, Casa Nº 50, de esta ciudad de Tucupita Estado Delta Amacuro, es por ello que este Tribunal, visto que el Ciudadano: LUIS CARLOS GARZON CASTRO, venezolano, mayor de edad titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.005.622, domiciliado en Urbanización Arturo Michelena, Calle Bicentenario, Casa Nº 4, Valencia Estado Carabobo, no compareció al inicio de la Audiencia Preliminar de la Fase de Mediación, de conformidad a lo pautado en el Artículo 514 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, resuelve dar por desistido el presente asunto; igualmente se le advierte a los solicitantes que no podrán presentar nuevamente su solicitud antes de que transcurra un mes a contar de la presente fecha. Cúmplase.
La Jueza Provisoria

Abg. Vilma Martorelli

La Secretaria




Hora de Emisión: 10:17 AM
Asistente que realizo la actuación: