REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Edo Delta Amacuro
Tucupita, 18 de Julio de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : YP01-P-2012-002153
ASUNTO : YP01-P-2012-002153
RESOLUCIÓN Nº 105-2012
IDENTIFICACION DEL TRIBUNAL
JUEZ: LUIS GERARDO CARABALLO GARCÍA, Juez Temporal del Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro.
SECRETARIA: Abg. MARIANA MARÍN HERNANDEZ
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
FISCALA DEL MINISTERIO PÚBLICO: Abg. VILMA VALERO, Fiscala Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro.
IMPUTADO: YORK LUIS CIRILO JIMENEZ, venezolano, natural de Tucupita, de 27 años de edad, con cédula de identidad Nº 19.139.882, de profesión u oficio indefinida, nacido el 22-04-1985, de estado civil soltero, residenciado en la carretera vía Guasina, calle principal, casa S/N, antes de llegar al Retén Policial de Guasina de esta ciudad, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro.
Victima: YULIIE PAOLA VILLEGAS FONTALVO, de 16 años de edad, nacida en fecha 12-04-1996, con cédula de identidad Nº 26.627.327 .
DELITO: CONTRA LAS PERSONAS (HOMICIDIO), previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal.
En fecha 13 de julio de 2012, se realizó la audiencia de presentación del imputado YORK LUIS CIRILO JIMENEZ, venezolano, natural de Tucupita, de 27 años de edad, con cédula de identidad Nº 19.139.882, de profesión u oficio indefinida, nacido el 22-04-1985, de estado civil soltero, residenciado en la carretera vía Guasina, calle principal, casa S/N, antes de llegar al Retén Policial de Guasina de esta ciudad, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL previsto y sancionado en el articulo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el delito de HOMICIDIO, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de YULIIE PAOLA VILLEGAS FONTALVO, de 16 años de edad, nacida en fecha 12-04-1996, con cédula de identidad Nº 26.627.327.
En la audiencia de presentación de imputados, la representante del Ministerio Público, Abg. ROMELYS MALPICA, en su condición de Fiscala Quinta Auxiliar del Ministerio Público de este Estado le atribuyó al imputado, los siguientes hechos:
“El Ministerio Público puso a la orden de este Tribunal al ciudadano YORK LUIS CIRILO JIMENEZ, por cuanto el mismo estaba requerido por este Tribunal de acuerdo al oficio Nº 100-2012, de fecha 12-07-2012. El referido ciudadano fue aprehendido el día jueves 12 de junio de 2012, siendo las 06:00pm horas de la tarde aproximadamente, en la avenida guasima, adyacente al Circuito Judicial Penal, luego que los funcionarios procedieran a darle la voz de alto y a realizarle una inspección de personas de conformidad con lo previsto en el articulo 250 del copp, no encontrando ningún objeto de interés criminalistico adherido a su cuerpo ni a su vestimenta, procediendo a trasladar al ciudadano antes mencionado al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Crimanalisticas, para ser identificado plenamente, presentando varios registros policiales y una orden de aprehensión emanada del Tribunal Segundo de Control, numero 100-2012, de fecha 12-07-2012, por el delito de homicidio intencional, razón por la cual fue detenido e impuestos de sus derechos consagrados en el articulo 125 del COPP. El Ministerio Público, precalifica el hecho hasta la presente etapa de investigación como la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de la adolescente YULIIE PAOLA VILLEGAS FONTALVO. Solicito que la presente causa sea tramitada por la vía del procedimiento Ordinario. Como medida de coerción personal, esta representación fiscal, solicita se decrete a los imputados Privación Preventiva de Libertad de conformidad con lo previsto en los artículos 250, en virtud de que están llenos los extremos del numeral 1, 2 y 3, 251 numeral 2 y 3 y 252 en virtud de que pudiera existir algún obstáculo en la investigación y el peligro de fuga, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Solicito copia simple de la presente acta. Es todo”.
Posterior a la intervención de la representante del Ministerio Público, se impuso al imputado, de los derechos que los asisten, previstos en el artículo 125 del Código Orgánico Procesal Penal, de la advertencia preliminar establecida en el artículo 131 eiusdem, así como del Precepto Constitucional contenido en el artículo 49, ordinales 3° y 5° Constitucional, quien manifestó libre de apremio y de toda coacción:
“Bueno yo trabajo la agricultura y yo consumo, en ese momento entre pal barrio porque allí venden, cuando entre en eso veo la joven y entonces al verla tirada en el piso la recogí y la saque pa fuera, ya había un gentío en esa mata y no supe si fue que le echaron tiro allí, yo solo la recogí y la saque, no me quise monta en el carro porque yo andaba en una moto, eso fue lo único. Es todo. A PREGUNTAS DE LA DEFENSA RESPONDE: eso fue allí mismo en la barreada. No recuerdo el nombre de ninguna de las personas que estaban allí cuando agarre a la muchacha. No conozco vecinos por allí. No supe quien presuntamente mato a la muchacha. Yo conocí a Astrid después. Es todo.”
La Defensora Pública Abg. MARIA BELÉN LÓPEZ, actuando como defensora del imputado de autos, una vez en el uso del derecho de palabra, expuso sus argumentos en los términos que quedaron plasmados a continuación:
“la defensa escuchada la motivación del Ministerio Publico, y el petitorio, la declaración de mi defendido, en la cual dijo que llego a comprar monte, no conoce a MACACO, vio a una muchacha desmayada y conoced Astrid por los funcionarios y no sabe quien le dio le tiro a la muchacha , no conoce a los vecinos del sector, y no recuero al momento de auxiliar a la hoy occisa donde la monto, la defensa a todo evento la defensa va a solicitar por cuanto la regla es la libertad y la excepción es la privativa que se decrete una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con lo previsto en el articulo 256 ordinal 3 del copp, pudiendo consistir en presentaciones periódicas de las que considere prudente este Tribunal, todo ello de conformidad con lo previsto en el articulo 42 ordinal 2 de la Republica Bolivariana de Venezuela y todos aquellos derechos y garantías, previstos en los artículos 8, 9, 243, del copp, relativos a la presunción de inocencia, y estado de libertad. Copia simple de la presente acta. Es todo.”
I
DE LOS HECHOS
La presente averiguación penal se inicia según TRASCRIPCION DE NOVEDADEDES de fecha 17 de Junio del 2012, suscrita por el Jefe de Guardia del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística del Estado Delta Amacuro donde certifica que las novedades diarias llevadas por ante este Despacho, en el lapso del tiempo comprendido de las 07:30 horas de la mañana del día de hoy domingo 17/06/2012, hasta las siete hora de la mañana del día de hoy 18/06/2012, aparece una novedad que textualmente dice así: numeral:11-23-:40 Hrs.- PRESENTACION Y RETIRO DE LA CIUDADANA/INICIO DE AVERIGUACION DE OFICIO EXPEDIENTE K-12-0259-00847, DELITO CONTRA LAS PERSONAS : Se presento de manera espontanea una ciudadana quien dijo ser llamarse como queda escrito RIVAS MEZONES ASTRID GABRIELA, de 16 años de edad, residenciada en el Barrio de San Rafael, titular de la cedula de identidad numero V- 25.331.899, manifestando que en el ambulatorio de CDI, al lado de esta sede se encuentra el cuerpo de una persona de sexo femenino de nombre VILLEGAS FONTALVO YULIE PAOLA, de 16 años de edad presentado una herida en la cabeza desconociendo mas detalles al respecto por tal motivo se le dio inicio a la presente averiguación signada con el numero K-12-0259-00847, por uno de los Delitos CONTRA LAS PERSONAS (LESIONES) conoce del caso los agentes ADAN POLANCO.
Ahora bien, de la revisión exhaustiva de las actas que conforman este Expediente Penal se pudo constatar que consta en autos, los siguientes elementos de convicción:
01.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 18 de Junio del 2012, realizada por el Funcionario Detective POLANCO ADAN, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística del Estado Delta Amacuro, deja constancia de las siguiente diligencia policial y en consecuencia expone: “Encontrando me de Guardia en la Sede de este Despacho, se presento de manera espontanea una adolescente quien dice ser llamarse como queda escrito: RIVAS MEZONES ASTRID GABRIELA, de nacionalidad Venezolana, Natural de Tucupita Estado Delta Amacuro, de 16 años de edad, nacida en fecha 07/09/1995, de estado civil soltera de profesión u oficio, del hogar residenciada en San Rafael Sector Raúl Leoni 02, manzana 01 del Municipio Tucupita Estado Delta Amacuro, teléfono de ubicación 0141-388-95-73, portadora de cedula de identidad numero V- 25.331.899, manifestando que en el ambulatorio de pinto salinas, ubicado al lado de sede de investigaciones, había ingresado aproximadamente a las 11:40 horas de la noche del día de hoy 17/ 06/2012, su amiga de nombre YULIE PAOLA VILLEGAS MONTALVO, de 16 años de edad, quien presenta heridas producida por arma de fuego en la cabeza, manifestando que en el momento que caminaba desde la casa de su padrastro de nombre: DAYRO MACHADO, Ubicado ene Sector de Raúl Leoni I, hacia su casa ubicada en la dirección arriba antemencionada, observo cuando una persona de sexo masculino cargaba a su amiga en los brazos toda bañada en sangre, ella le pregunto qué había sucedido y esta persona le manifestó desconocer, que solo la estaba auxiliando, desconociendo detalles del hecho en donde resulto herida la adolescente de nombre: YULIE PAOLA VILLEGAS MONTALVO, motivado a lo antes expuesto se le dio inicio a las averiguaciones signada con la nomenclatura K-12-0259-00847, por uno de los Delitos Contra las Personas,(lesiones) acto seguido me traslade en compañía de los funcionario agente: MENDOZA CARLOS y el experto profesional I BORIS MARQUEZ, médico forense de esta Sub Delegación en compañía de la adolescente RIVAS MEZONES ASTRID GABRIEL, hacia el referido centro asistencial, donde una vez allí plenamente identificados como funcionarios activos de cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas del Estado Delta Amacuro, el funcionario médico forense BORIS MARQUEZ, pudo constatar que la información suministrada por la adolescente antes mencionada era veraz, informando que la adolescente había ingresado a dicho centro aproximadamente a las 11:50 horas de la noche, procedente del Sector San Rafael presentando dos heridas producida por arma de fuego en la región parietal, derecha ambas con orificio de entrada y salida y que la misma debido a la gravedad de las heridas seria trasladada al Hospital Central de la Ciudad Dr. Luis Razetti, motivo a lo antes expuesto se le indago a la adolescente que nos acompañara hacia el lugar exacto donde ocurrió el hecho que nos ocupa, manifestando desconocer de tal dirección debido a que solo vio que la traigan desde la barriada ubicada en Sector de San Rafael, motivo por el cual se constituyo comisión integrada por los funcionarios de la Sub Delegación Comisario NORBERTO CEDEÑO, supervisor de investigaciones de este cuerpo de investigaciones y agente ENZO ESPINOZA, POLANCO ADAN, Y MONDAZO CARLOS, a bordo de la unidad patrullera P602 y unidades motos M-09 Y M-11, hacia la referida dirección una vez en el sitio plenamente identificados como funcionarios activos de este cuerpo de investigaciones, se realizo un recorrido con el fin ubicar algún testigo presencial del hecho que se le investiga, siendo infructuosa la misma ya que debido a la hora no se encontraba ningún morador en las adyacencias del referido sector, logrando observar debajo de un árbol. Un banco elaborado en trozo de madera, en el cual se observan evidencias de signos de violencia, observando parcialmente impregnado de una sustancia de color pardo rojizo de presunta naturaleza hematica, de igual forma se pudo apreciar en el sitio un par de calzados tipo cholas elaborada en material sintetico de color rosado, impregnada de una sustancia de color pardo rojizo de presunta naturaleza hematica, posteriormente el funcionario agente MENDOZA CARLOS, Técnico de Guardia procedió a realizar la respectiva inspección técnica del sitio, la cual se consiga mediante la presenta acta de investigación, una vez culminada dicha inspección no trasladamos has tala sede del Hospital Central de esta ciudad a fin de verificar el estado de salud de la adolescente de nombre: YULIE PAOLA VILLEGAS MONTALVO, así como identificarla plenamente, una vez en dicha nosocomio, plenamente identificado como funcionarios adscritos a este cuerpo de investigaciones, donde sostuvimos entrevista con el médico tratante quien manifestó que la adolecente se encuentra en critico estado de salud agregando que se encontraba en estado de coma y que solo espiraba de forma artificial así como deben trasladarla a otro centro asistencial, pero debido a su estado era imposible el traslado, seguidamente nos trasladamos hasta el área de espera de dicha emergencia, a fin de ubicar algún familiar de la victima que pudiera aportar datos filitarios donde sostuvimos entrevista con la ciudadana: GUILLERMINA MARGARITA FOLTALVO CHAVEZ, venezolana natural de 35 años de edad, de profesión u oficio no definida. Residenciada en el sector el jobo calle principal casa sin número, no posee teléfono de ubicación, portadora de la cedula de identidad numero V- 13.957.661, quien manifestó ser la progenitora de la adolecente herida, a quien se le indago sobre lo sucedido manifestando esta desconocer del hecho. Debido a que aproximadamente su hija no vivía con ella si no con su amiga de nombre RIVAS MEZONES ASTRID GABRIELA, acta seguida se le indico sobre los datos filitarios de su hija identificándola de la siguiente manera: VILLEGAS FOLTALVO YULIE PAOLA, Venezolana, natural de caracas Distrito Capital, de 16 años de edad, de fecha de nacimiento12/09/1996, soltera de profesión u oficio no definida, residenciada en el Sector de San Rafael, Raúl Leoni II, casa sin numero de esta ciudad, titular de cedula de identidad numero V- 26.627.327; seguidamente optamos por retirarnos hasta la sede de esta despacho, donde se le informo la superioridad sobre Las diligencias practicadas procediendo a plasmar la misma en la presente acta de investigación. Es todo cuanto tengo que informan…
02.- ACTA DE INSPECCION TECNICA CRIMINALISTICA de fecha 8 de Junio del 2012 realizada por los funcionarios AGENTES ADAN POLANCO, Y MENDOZA CARLOS, ambos adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del Estado Delta Amacuro, a tal efecto deja constancia de la siguiente diligencia policial y en consecuencia expone: “Trátese de un sitio de suceso de los denominados abierto de iluminación artificial escasa de temperatura ambiente fresa y húmeda, todos estos aspectos físicos para el momento de presente inspección técnica del sitio correspondiente a la dirección arriba mencionada, donde se observa la enteada al sector debidamente elaborada en tierra de color amarillo de contextura pantanosa, de aproximadamente seis metros de ancho, la misma no posee aceras ni asfalto, en los alrededores se aprecia abundante vegetación gramínea, seguidamente a una distancia aproximada de doscientos metros en sentido norte, se observa una zona pantanosa, de aproximadamente doscientos metros en sentido norte, se observa una zona pantanosa, un par de sandalias las mismas al ser fotografiada y movida de su estado natural presenta en su estructura inscripción donde se lee el numero 36, sin marca aparente, la cual se encuentra elaborada en material sintético de color fucsia y blanco impregnadas de pantano y con manchas de sustancia de color pardo rojizo, posteriormente a una distancia de tres metros en sentido este, se aprecia un árbol propicio de la zona la cual posee a su alrededor, un banco elaborado en madera y un tronco de árbol, adyacente a esta se visualiza una mancha de color pardo rojizo, en las inmediaciones del lugar se observan viviendas del tipo familiar y abundante vegetación gramínea y arbórea, se colecto como evidencia de interés Criminalístico, un par de sandalia de color rosado una muestra de color pardo rojizo en un segmento de gasa del sitio del suceso, para ser enviada al laboratorio a fin de que se le practique su experticia de rigor, se tomen fotografía de carácter general y detalles que serán consignados posteriormente, se hiso búsqueda de alguna otra evidencia de interés criminalístico, arrojando resultados negativos, Es todo Termino y se Leyó y estando conformes firman….
03.- RECONONOCIMIENTO MEDICO LEGAL N° 260 de fecha 18 de Junio del 2012, realizado por el funcionario AGENTE CARLOS MENDOZA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del Estado Delta Amacuro, signado para practicar experticia de conformidad con lo establecido en el artículo 239° del Código Orgánico Procesal Penal, a tal efecto rindo a usted, el siguiente informe pericial. MOTIVO: Efectuar experticia de Reconocimiento de las piezas u objetos en referencia para dejar constancia de su reconocimiento legal. CONMEMORATIVO: Relacionado con el expediente numero K-0259-00847, Instruido por uno de Delitos contra las Personas Lesiones. EXPOSICION: Las piezas recibidas resultaron ser: 01.- Una (01) Prenda de vestir tipo calzado de uso unisex de los denominados SANDALIAS, elaboradas en material sintético de color fucsia con un borde de color blanco, talle 36, sin marca aparente, en dicha prenda se puede apreciar en su parte superior e inferior manchas de sustancia de color rojizo de presunta naturaleza hematina de igual forma exhibe en su superficie adherencias de material de que el normalmente está constituido el suelo natural Tierra. La prenda en estudio se encuentra en regular estado de uso y conservación 02.- Un Segmento de gasa impregnado de una sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hepática, colectada en el sitio del suceso, CONCLUSION, 01.- Las piezas consisten en las descritas anteriormente, 02.- Lo descrito en los numerales 01 se trata de una sandalias de uso unisex, la cual tiene, 04.-Dichas evidencias se encuentran en el área de resguardo y custodia de evidencias físicas de este despacho para su posterior experticia …
04.- REGISTRO DE CADENA Y CUSTODIA DE EVIDENCIAS FISICAS de fecha 18/06/2012. Realizado por el funcionario agente de investigaciones: MENDOZA GONZALEZ CARLOS ALBERTO, credencial numero 35.507, donde las evidencias físicas lograron ser las siguientes: 01.- Un (01) segmento de gasa impregnada de una sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hamatica…
05.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 18 de unió del 2012, realizada por el funcionario AGENTE KEIVER YEPEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del Estado Delta Amacuro, deja constancia de las siguientes diligencia policial y consecuencia expone: “prosiguiendo con las investigaciones relacionadas con el expediente signado con el numero K-12-0259-00847, iniciado por uno de los Delitos CONTRA LAS PERSONAS (LESIONES), se presento previo traslado de la comisión de la adolecente RIVAS MESONEZ ASTRID GABRIELA, de nacionalidad venezolana natural de Tucupita Estado Delta Amacuro, de 16 años de edad, nacida en fecha 07/09/1995, de estado civil soltera de profesión u oficio del hogar, residenciado en el Sector de San Rafael, Raúl Leoni II MANZANA 01, Tucupita, Estado Delta Amacuro, teléfono de ubicación 0414-388-95-73, titular de cedula de identidad numero V-25.331.899, quien estando debidamente juramentado manifestó no tener impedimento alguno en ser entrevistada de conformidad con lo previsto el artículo 227 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia expone: “ Resulta ser que el día de hoy domingo 17/06/2012, yo me encontraba en la casa de mi padrastro de nombre DAYLO MACHADO, ubicado en Raúl Leoni I, con sus hijas de Seis (06) y Siete (07) años de edad y su mujer NORMITA y de repente se escucharon unos disparos y salimos hacia afuera y veo que traen a mi amiga Paola en los brazos de un señor gordo que usaba bermudas, con una herida en la cabeza y la montan en un carro y me dicen que me monte con ella, yo subí y la llevamos hasta el Seguro Social, Ubicado en la Avenida Orinoco y de allí la trasladaron hacia el Hospital Doctor Luis Razzetti. Es todo SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA DE LA SIGUIENTE MANERA: ¿Diga Usted, lugar hora y fecha en que ocurrieron, los hechos antes narrados? CONTESTO: “Aparentemente eso ocurrió en el sector de la Barriada del sector de San Rafael como a las 09:30 hora de la noche aproximadamente del día de ayer Domingo 17/06/2012, donde los funcionarios de este Cuerpo encontraron sus cholas SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga Usted, su persona tiene conocimiento en compañía de quien se encontraba Paola para el momento de los hechos? CONTESTO: “No se “TERCERA PREGUNTA: ¿Diga Usted, cuando fue la última vez que vio a Paola, antes de que sucedieran los hechos? CONTESTO: “Ella paso todo el día durmiendo en la casa y yo me puse a lavar la ropa y luego salí como a las seis y media de la tarde y me fui para la casa de mi padrastro DAYLO y cuando volví a ver fue que la vi tiroteada” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga Usted, con quien frecuentaba en dicho barrio Paola? CONTESTO: “Ella vivía y moría metida en la Barriada, es decir que no salía de allí, pero no se con quien se la pasaba QUINTA PREGUNTA: ¿Diga Usted, si Paola tenia problema con alguna persona? CONTESTO: Una vez el señor de apellido MARQUEZ, nos amenazo de muerte porque hace como un mes tuvimos un problema con sus dos hijas de el donde Paola le rajo la cabeza a una de ellas con una piedra pero yo no creo que él tenga que ver en esto” SEXTA PREGUNTA: ¿ Diga Usted, las características fisionómicas del sujeto que una vez las amenazo de muerte y donde puede ser ubicado CONTESTO: “ El es de apellido ,MARQUEZ, ya no me acuerdo como es el porqué ese problema fue ase tiempo, es de estatura bajito, de tez moreno y puede ser ubicado en el sector de Villa Bolivariana de esta Ciudad” SEPTIMA PREGUNTA: ¿ Diga Usted, tiene conocimiento del motivo por el cual se suscitaron los hechos? CONTESTO: “No se “OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga Usted, tiene conocimiento si alaguno se percato de los hechos? CONTESTO: “No se “NOVENA PREGUNTA:¿Diga Usted, tiene conocimiento si Paola tuvo problemas reciente con laguna persona CONTESTO: “ No se” DECIMA PREGUNTA: ¿Diga Usted, tiene conocimiento si Paola tenía alguna pareja actual CONTESTO: Ella no tiene novio formar, porque su novio era MOCHITO de la barriada y cuando a él lo metieron preso, ellos terminaron su relación y después vivía la vida loca, es decir que ella no le tomaba importancia a las relaciones que tenia, porque decía que ningún hombre la iba ser sufrir” DECIMA PRIMERA PREGUNTA? Diga Usted, cuales son los datos filitarios de la ciudadana mencionada como Paola? Contesto: “Ella se llama YULIE PAOLA VILLEGAS, creo que nació en Trujillo, tiene 17 años de edad, y su mama vive en el sector de el Jobo de esta Ciudad, pero tenía como tres meses viviendo en mi casa” DECIMA SEGUNDA PREGUNRTA: ¿Diga Usted, el motivo por el cual la referida adolescente vivía en la casa de sus personas” CONTESTO: “Aparentemente su mama la corrió por problemas entre ellas” DECIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga Usted, cuales son las características de las prendas a vestir que portaba la ciudadana YULIE PAOLA VILLEGAS? CONTESTO: un pantalón Tipo Bermudas color negro y una camisa de color rosada y unas cholitas rosada con blanco tipo CROSS DECIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Diga Usted, desea agregar algo mas a la presente entrevista CONTESTO: 2 No se Termino y se Leyó y estando conformes firman….
06.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL De fecha 18/06/2012, realizada por el funcionario agente JOSE PEREZ, adscrito a esta Sub Delegación de este Cuerpo de Investigaciones, quien estando debidamente juramentado y de conformidad con lo previsto en los artículos 110", 111° Y 112", del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, en concordancia con lo previsto en el artículo 21° de la Ley del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente Averiguación: " En esta misma fecha, encontrándome en mis sede de este Despacho y estando presente en las instalaciones de este Despacho de investigaciones la adolescente RIVAS MESONEZ ASTRID GABRIELA, de 16 años de edad, titular de la cedula de identidad numero V-25.331.899, luego de haber sido entrevistada en la averiguación signada con la nomenclatura K-12¬0259-00847, que se instruye por ante esta Oficina por uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS Y en vista de que la misma manifestó en su entrevista que su persona ayudó a trasladé,!" desde las adyacencia del sitio del suceso del presente caso a la adolescente YULlE PAOLA VILLEGAS MONT ALVO .quien figura como víctima en la referida averiguación, Se considero necesario retenerle a la misma la prenda de vestir que portaba para el momento del hecho, quien hizo entrega de la misma, siendo una prenda de vestir denominada franela, color blanco, marca Alexandra de Paris, talla Mediana, con estampado en su parte delantera, la manchas de una sustancia color pardo Rojizo, a la cual se le realizo la respectiva cadena de custodia. Se le informo a la Superioridad al respecto es todo termino y se leyó y estando conformes firman…
07.- RECONOCIMIENTO LEGAL N° 2601 de fecha 18/06/2012, realizada por el funcionario agente ADAN POLANCO funcionario adscrito al cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del Estado Delta Amacuro, designado para practicar Designado para practicar experticia de conformidad con lo establecido en el artículo 239 del Código Orgánico Procesal Penal, a tal efecto rindo a usted, el siguiente informe pericial MOTIVO: efectuar experticia del Reconocimiento de las evidencias u objetos en referencia para dejar constancia de su RECONOCIMIENTO LEGAL. CONMEMORATIVO: Relacionado con el Expediente. Signado con la nomenclatura K-12-0259-00847.Instruida por ante este Despacho por uno de los Delitos: CONTRA LAS PERSONAS, EXPOSICION: las evidencias recibidas resultaron ser, 01.- (01) prenda de vestir de uso femenino de las denominadas BLUSA de color blanco, estampados de color negro. Con la etiqueta identificativa donde se puede leer ALEXANDRADE PAR1S. Talla “Mediana. Impregnada con una sustancia de color pardo rojillo de presunta naturaleza hematica. Dicha pieza se encuentra en regular estado de uso y conservación.¬ CONCILUSION: 01.- La evidencia consiste en la descrita anteriormente, 02.- Lo descrito en el numeral 01, tienen su uso especifico para el cual fue diseñado o cualquier otro que quiera darle su poseedor, 03.- Las evidencias permanecerán en la sala de custodia y evidencias físicas de esta sub delegación a la espera de futuras Experticias….
08.- REGISTRO DE CADENA Y CUSTODIA DE EVIDENCIAS FISICAS realizadas por el funcionario POLANCO ADAN, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del Estado Delta Amacuro, las evidencias físicas incautadas lograron ser las siguientes: Una (01) prenda de vestir de uso femenino de las denominadas blusa, de color blanco, con estampados de color negro, con etiqueta identificativa donde se puede leer ALEXANDRA DE PARIS talla mediana, impregnada con una sustancia de color pardo rojizo de la presunta naturaleza hemática.-
09.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL: de fecha 18 de Junio del 2012, realizado por el funcionario agente ADAN POLANCO adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del Estado Delta Amacuro, deja constancia de las siguiente diligencia policial y en consecuencia expone: “ Continuando con las diligencias inherentes al total esclarecimiento de las actas procesales signada con la nomenclatura K-12-0259-00847, iniciada por ante este Despacho Fiscal y en consecuencia expone: Motivado a lo expuesto por dicha adolescente y ciudadano se les indico que deberían acompañara a la comisión hasta la sede de este despacho a fin de rendir entrevista escrita en relación al hecho que se investiga. Posteriormente se sostuvo entrevista con un ciudadano quien dijo ser y llamarse. FIGUEROA JULIO CESAR venezolano. Natural de ciudad bolívar estado bolívar, de 20 años de edad. Nacido en fecha 18/01/1992, soltero. Militar activo componente ejercito, residenciado en el sector 30 de junio, calle principal casa tipo barraca sin numero. De esta ciudad, teléfono de ubicación 0426.195.32.77.Portador de cedula de identidad numero V-24.120.809, quien impuesto del motivo de nuestra presencia en t'1 sector manifestó que aproximadamente a las 10:50 horas de la noche del día domingo 17/06¡2012. En el momento en que se encontraba durmiendo, escucho un disparo. Motivo por el cual se asomo por una de las laminas de su viviendo logrando avistar cuatro personas dos de ellas de sexo femenino y una se encontraba tirada con el suelo herida’ los dos ciudadanos que se encontraban junta a ellas la estaban auxiliando mencionado haber identificado a un solo sujeto el cual lo conoce con el nombre YORK LUIS y que otra ciudadana no herida se encontraba gritando desesperada, luego se llevaron a la muchacha herida cargada hacia la avenida y después no escucho mas nada. Luego de escuchar de relato d ¬icho ciudadano se le indico que debería comparecer por ante nuestro despacho a fin de rendir Entrevista en relación al hecho narrado', girándole boleta de citación a fin de que comparezca a nuestra sede y realice tal acción, posteriormente optamos por retiramos del sector en acompaña de la adolescente y ciudadano arriba mencionados, una vez aquí se le informa a la superioridad sobre las diligencias practicadas. Procediendo a plasmar las mismas en la presente acta de investigación. Se deja constancia que la adolescente y ciudadano trasladado luego de rendir entrevista escrita en relación al caso se les se les permitió el retiro de esta sede previo conocimiento de los jefes naturales de esta oficina. Es todo término y se leyó y estando conformes firman….
10.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 18 de junio del 2012, realizada por el agente de investigaciones ADAN POLANCO adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científica Penales y Criminalística del Estado Delta Amacuro, deja constancia de las siguientes Diligencia policial efectuada en la siguiente investigación: “En esta misma fecha, continuado con las diligencias inherentes al total esclarecimiento de las de las actas procesales signada con el numero K-12-0259-00847, iniciada por esta oficina por uno de los DELITOS CONTRA LAS PERSONAS, compareció previa boleta de citación, una persona quien estando debidamente juramentada, dijo ser llamarse y como queda escrito FIGUEROA JULIO CESAR, de nacionalidad venezolana, natural de Ciudad Bolívar. Edo Bolívar, de 20 años de edad, nacido el 18/01/1992, estado civil soltero, de profesión u oficio Militar Activo, Componente del Ejercito, laborando actualmente en la Circunscripción del Estado Delta Amacuro, Ubicada en la Calle Amacuro de esta Ciudad con el grado de Cabo Segundo, residenciado en el Sector de San Rafael, Barrio 30 de Junio, calle principal. Vivienda tipo Barraca, desprovista de pintura, Tucupita Estado Delta Amacuro, teléfono de ubicación numero 0426-195-32-77, portador de la cedula de identidad numero V- 24-120-809, con el fin de rendir entrevista de conformidad con lo previsto en el artículo 227° del Código Orgánico Procesal, en consecuencia expone: “ Bueno resulta ser que yo el día domingo de fecha 17/06/2012, como a las 09:00 horas de la noche aproximadamente llegue a mi casa en compañía de mi madre de nombre: YOLIMAR FIGUEROA y mis dos hermano de nombre: Jesús David Rangel Figueroa, de 08 años de edad, y ROXANA VALENTINA PLAZA FIGUEROA y mi padrastro de nombre: ELISANDRO PLAZA ya se encontraba en la casa, al rato después llegamos a la casa mi mama se puso a conversar con mi padrastro y al cabo de 40 minutos nos acostamos a dormir, aproximadamente treinta minutos después que nos acostamos por un hueco que tiene una de las laminas de mi casa y vi que estaban cuatros personas de sexo masculino y dos de sexo femenino y una de las muchachas se encontraba Desmayada, la otra le gritaba a uno de los muchachos que se había pasado, pero como estaba llorando mucho no se le entendía lo que decía, luego los dos muchachos agarraron a la muchacha que se encontraba como desmayada y se la llevaron junto a la otra muchacha hacia la avenida, pero como me di cuenta que la muchacha se encontraba herida de bala me quite de donde estaba asomado y me acosté, luego como a las 12:50 horas de la noche aproximadamente llegaron funcionarios de este despacho a mi casa preguntado sobre lo ocurrido y me dijeron que viniera a esta oficina a rendir entrevistar en relación a lo que había visto. Es todo". SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO ENTREVISTA AL CIUDADANO DE LA SIGUIENTE MANERA. PRIMERA PREGUNTA. ¿Diga Usted, lugar, hora y fecha del hecho antes narrado? CONTESTO: "Bueno eso ocurrió en la entrada.' del Barrio 30 de junio, conocido también como1a barriada, sector San Rafael de esta Ciudad específicamente en un árbol que se encuentra en ese lugar, como a las 10:00 horas de la noche aproximadamente del día domingo 17/06/2012". SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga Usted, al momento de llegar a su casa se encontraba alguna persona sentado en dicho árbol CONTESTO: "Cuando nosotros llegamos a la casa no había nadie". TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, cuales son las características físicas de los cuatro ciudadanos que se encontraban en dicho lugar al momento de usted asomarse? CONTESTO: "habían cuatro personas. Dos de sexo masculino y dos de sexo femenino, los masculinos uno era de piel blanca, cabello corto de tipo crespo, tejido, de unos 1,70 metros de estura, contextura Gruesa, de unos 25 años de edad aproximadamente, e1 otro masculino era de piel morena, de contextura regular, cabello cono. Tipo liso, color negro. De unos .75 metros de estura. de uno 20 año~ de edad aproximadamente, la muchacha que no estaba herida era de piel blanca cabello largo tipo liso, de textura delgada, de unos 1.65 metros de estura. Como de 17 años de edad aproximadamente. la muchacha herida no la detalle bien". CUARTA PREGUNTA: ¿Diga Usted, vestimenta que portaban las personas antes descritas? CONTESTO: "'uno de ellos contextura gruesa vestía un pantalón largo, Largo, jean de color oscuro y tenia camisa y el otro un pantalón jeans de color oscuro y una franela de color Verde y la muchacha tenla una de color claro, no lo detalle y una blusa de color blanco y portaba como sandalias “QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, de volver a ver a ver a las personas que se encontraban en dicho lugar al momento de suceder el hecho narrado los reconocería? CONTESTO: “ Bueno el gordito que se llevo cargada a la chama lo reconozco pero a sus acompañantes no creo", SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, datos filiatorios de] ciudadano a quien si reconoció? CONTESTO: "Solo sé que le dicen JHON LUIS", SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, donde puede ser ubicado el ciudadano de nombre JHON LUIS? CONTESTO: "No se porque él no es del sector y él tenía como un mes yendo para el barrio y se la pasa en d sector 30 de junio con otro sujeto a quien apodan como el MACACO" OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, el sujeto que acompañaba e] ciudadano de nombre .IHON LUIS y a las dos femeninas a] momento de suscitarse el hecho narrado era el sujeto apodado MACACO? CONTESTO: "no sé porque no lo detalle bien", NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, aparte del sujeto apodado MACACO, con quien más acostumbra el ciudadano de nombre JHON LUIS a frecuentar en dicho Sector? CONTESTO: "las veces que lo he visto en el sector ha sido con Macaco y con dos muchachas a quienes no conozco y no eran la mismas dos que estaban con él al momento de yo asomarme a ver", DECIMA PREGUNTA ¿Diga usted, características de las dos muchachas con las que ha visto al ciudadano de nombre .JHON LUIS y el sujeto apodado Macaco en otras oportunidades y cuando fue la última vez que los vio juntos? CONTÉSTO: "Se parecen a las que estaban con ellos cuando yo me asome, pero no sé si son las mismas porque no las detalle bien, la ultimas vez qué los vi fue hace como cinco días y estaban entrando hacia la barriada no sentados en el árbol y las muchachas que andaban con ellos en esa ocasión no las detalle", DÉCIMA PRIMERO PREGUNTA: ¿Diga usted, donde puede ser ubicado el sujeto apodado MACACO? CONTESTO: "Se que vive en la barriada 30, de junio, pero específicamente no se sui vivienda", DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, en algún momento ha avistado a dichos Sujetos en posesión de armas de fuego CONTESTO: "No", DECIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, cuantos disparos escucho al momento de suscitarse el hecho arriba narrado? CONTESTO: “Uno solo” DECIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Diga Usted, el ciudadano de nombre “JHON LUIS posee algún vehículo automotor? CONTESTO: “No se “DECIMA QUINTA PREGUNTA ¿Diga Usted, al momento de asomarse y ver de lo que sucedió, a quien de los dos sujeto Arriba narrado? CONTESTO: "Uno solo". DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Diga Usted, ciudadano de nombre .JHON LUIS posee algún vehículo automotor? CONTESTO: “No Se” DECIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted. al momento de asomarse y ver lo sucedido, a quien de los dos sujetos le reclamaba la joven que no se encontraba herida? CONTESTO: "al sujeto que acompañaba a JHON LUIS" DECIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, espeeíf1camente que le decía la muchacha a tal sujeto'! CONTESTO: "Ella decía COÑO CHAMO TE PASASTE. Pero estaba llorando mucho y no se le entendía bien lo que decía" DECIMA SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, cual fue la actitud de! ciudadano de nombre JHON LUIS al momento de suscitarse el hecho? CONTESTO: "estaba auxiliando la muchacha herida junto con el otro sujeto" DECIMA OCTAVA PREGUNTA ¿Diga Usted, su persona tiene conocimiento el motivo por el cual resultó herida la referida ciudadana'? CONTESTO: "No sé, me imagino que fue algo accidental" DECIMA NOVENA PREGUNTA. ¿Diga usted. Porque piensa que lo sucedido fue accidental? CONTESTO: "Porque JHON LUIS y el otro sujeto la estaban auxiliando y me imagino que andaban juntos los cuatro" VIGESIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista CONTESTO: "No, es todo", TERMINÓ, SE LEYO Y ESTANDO CONFORMES FIRMAN…
11.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL: de fecha 18 de Junio del 2012 realizada por el funcionario agente .JOSE PEREZ, adscrito a esta Sub Delegación de este Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente averiguación: "En esta misma fecha, encontrándome en mis labores de guardia en la sede de este Despacho y luego de haber sido entrevistado el ciudadano: FIGUEROA JULIO CESAR, titular de la cedula de identidad numero V¬24.120.809 en la averiguación signada con la nomenclatura K-12-0259-00847, que se ilustrase por ante esta Oficina por uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, el referido ciudadano fue conducido hasta el Departamento de la Sala Técnica Policial de este despacho, donde le mostramos el albún fotográfico digitalizado, donde reconoció la fotografía del ciudadano identificado como: YORRK LUIS CIRILO JIMENEZ, titular de la cedula de identidad numero V-19.139.882, conocido como" JHON LUIS", donde el ciudadano FIGUEROA JULIO CESAR, cedula de identidad numero V -24.120.809, manifestó que el sujeto de la fotografía es el mismo a quien mencionan como JHON LUIS. Quien se encontraba al frente de su casa en horas de la noche de ayer domingo 17 06/2012, en compañía de otro sujeto y dos mujeres, donde se escuchó un disparo resulto herida una de ellas producto del disparo y posteriormente este ciudadano cargo a la joven herida hacia la ave11lda. Seguidamente verifiqué los datos del ciudadano: YORRK LUIS CIRILO JIMENEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de esta ciudad, de 27 3110S de edad, nacido en fecha 22/04/1985, profesión u oficio no definida, estado civil soltero, residenciado en la carretera Vía Guasina, calle principal casa sin número, antes de llegar al Reten Policial, Tucupita. Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad numero V-19.139.882, por ante el Sistema de Investigación e Información Policial (SIIPOL). Arrojando como resultado que al mismo le corresponden sus datos y presenta los siguientes registro policiales: Resistencia a la Autoridad, según expediente K-12-02S9-00S33, de fecha12/04/2012, por este despacho, Robo de Vehículo Automotor, según expediente K-ll¬007-03441, de fecha 16/07/201 1, por la Sub Delegación Ciudad Guayana, Droga, según expediente k-ll-0259-00019, de fecha 1 S/03/201l. Por este despacho. Porte Ilícito de Arma de Fuego según expediente 1-088-047. de fecha 1 11 1112008, por este despacho Consigno mediarte la presente acta impresión de la fotográfica a color del ciudadano reconocido identificado como' YORRK LUI§ CIRILO JIMENEZ. Titular de la cedula de identidad numero V. 19.139.882, se le informo a la superioridad al respecto es todo termino y se leyó y estando conformes firman…
12.- RESEÑA FOTOGRAFICA: de fecha 18 de Junio del 2012, realizada por el funcionario adscrito al Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalística del Estado Delta Amacuro del ciudadano YORRK LUIS CIRILO JIMENEZ titular de cedula de identidad numero V- 19.139.882, número de expediente K-12-0259-00533 de fecha 19-04-2012, Resistencia a la Autoridad.-
13.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 18 de Junio del 2012, realizada por el funcionario agente de investigación JOSUE LOPEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente investigación “en esta misma fecha continuando con las diligencias inherente al total esclarecimiento de las actas procesales signadas con el numero K-0259-00847, iniciada por esta oficina por uno de los Delitos CONTRA LAS PERSONAS (LESIONES), se presento una persona previo traslado de comisión, quien dijo ser llamarse como queda escrito: GUILLERMINA MARGARITA FONTALVO CHAVEZ, de nacionalidad venezolana natural de Machiques de Perija, Estado Zulia, de 35 años de edad, nacida en fecha 12/02/1997, de estado civil sotera, de profesión u oficio secretaria, residenciada en el barrio el jobo, trasversal numero 07, casa numero 03, Tucupita Estado Delta Amacuro, teléfono de ubicación numero 0416-587-98-85, titular de cedula de identidad numero V- 13.957.661, con el fin de rendir entrevista en lo previsto de artículo 227° del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia expone: “ Resulta ser que le día de ayer Domingo de fecha 17/06/2012, a eso de las 10:51 hora de la noche yo me encontraba en mi residencia ubicada en la dirección antes mencionada, cuando recibió una llamada telefónica de la ciudadana CELENIA DIAZ, enfermera del Centro Diagnostico CDI, Tucupita II, manifestándome que me trasladara hasta el nosocomio MATERNO INFANTIL, por cuanto mi hija de nombre VILLEGAS FONTALVO YULIE PAOLA, de 16 años de edad, había recibido un disparo en la cabeza, seguidamente me traslade hasta el mencionado hospital a fin de verificar la información suministrada por la enfermera, donde una vez allí, logre observar a la adolecente de nombre ASTRID RIVAS, quien era su amiga y estaba residenciada en su casa, luego me traslado al área de emergencia donde sostuve entrevista con el médico tratante de mi hija, el cual me manifestó que mi hija el médico tratante de mi hija, el cual me manifestó que mi hija, había recibido dos impacto de bala en la cabeza con orificio de entrada y sin salida j que se encontraba grave de salud. Acto seguido me acerco a la adolescente ASTRID RIVAS manifiesto que si había sido su marido apodado T ATU, quien le había disparado a mi hija a lo que ella respondió, que no sabía y que ella no estaba en su casa y que no había visto nada. Luego me dijo que había sido _Miguelito y Manuelito, acto seguido observo que una prenda de vestir de color beige estaba manchada de sangre, presuntamente de hija y le pregunte por que estaba llena de sangre, luego el día de hoy como a las tres horas de la mañana me manifiesta el Dr. de guardia del materno infantil. Que' mi hija presentaba muerte celebrar luego como a las 10:30 horas de la mañana del día de hoy 17.06/2012, se presento una comisión del CI CPC. Se presento en el Hospital materno infantil manifestándome que me trasladara hasta este despacho a fin de ser ENTREVISTADA DE LA SIGUIENTES MANERA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga Usted, tiene conocimiento del Hecho que ocurrió el día de ayer domingo 16/6 20 12. en el Sector de San Rafael. a las 10:30 horas de la noche? CONTESTO: " lo único que -e es que mi hija recibió un disparo en la cabeza que según la adolescente ASTRID RIV AS, habían sido Miguelito y Manuelito. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted. Dato filiatorios y características fisionómicas de su hija menor de nombre: VILLEGAS FONTALVO YULIE P AOLA? CONTESTÓ: "Ella se llama: VILLEGAS FONTALVO YULIE PAOLA, venezolana. de 16 años de edad. Nacida en fecha 12/04/1996. de estado civil soltera. de profesión u oficio no definida. Residenciada en el Raúl Leol11 r. por el estacionamiento. Titular de la cedula de identidad numero V-26.627.327 es de tez blanca. Cabello castaño. Tipo liso. Largo. de 1.70 de estatura aproximadamente de contextura regular de igual manera quiero consignar copia fotostática de la cedula de identidad foto tipo carnet, TERCERA PREGUNTA: ¿Diga Usted. “su hija menor de nombre VILLEGAS FONTALVO YULIE PAOLA. Tenía algún problema en particular? CONTESTO: "Según la adolescente ASTRID RIVAS, ella tenía problema con Miguelito y Manuelito “CUARTA PREGUNTA: Diga Usted. Sospecha de alguna, persona en particular como autor del hecho que se que se le investiga CONTESTO: "si sospecho de un ciudadano apodado TATU por cuanto hace dos (02) meses aproximadamente este Ciudadano le propino una puñalada del' lado izquierdo de la costilla' QUINTA PREGUNTA: Diga Usted, los datos filiatorios características fisonómicas y donde puede ser Ubicado el ciudadano apodado como TATU CONTESTO: "Solo que lo apodan EL TATU y puede ser ubicado en las Júas Júas, presentando las siguientes características fisionómicas de tez moreno cabello tipo corto color negro como 1.60 de estatura aproximadamente de contextura delgada” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga Usted, tiene conocimiento de cómo es la conducta de su hija menor de nombre VILLEGAS FONTALVO YULIE PAOLA, por el sector donde reside? CONTESTO: “Me han manifestado que ella fuma, bebe y tiene problemas de conducta” SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga Usted, tiene conocimiento de que personas o qué tipo de amistades frecuenta su hija menor de nombre: VILLEGAS FONTALVO YULIE PAOLA? CONTESTO: Ella tiene unas amistades no muy buenas, se relacionaba con delincuentes e incluso tuvo una relación amorosa con un sujeto apodado el CAIMAN que presuntamente esa preso OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga Usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTO: “No es todo “TERMINO Y SE LEYO Y ESTANDO CONFORMES FIRMAN…
14.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 18 de Junio del 2012, realizada por el funcionario agente de Investigaciones JOSUE LOPEZ, adscrito a esta Sub Delegación del Cuerpo de Investigaciones Científicas Pénales y Criminalisticas del Estado Delta Amacuro deja constancia de las siguientes diligencia policial y en consecuencia expone: en esta misma fecha continuando con las diligencias inherentes al total esclarecimiento de las actas procesales signadas con el numero K-0259-00847, iniciada por esta oficina por uno de los Delitos CONTRA LAS PERSONAS (LESIONES Se presento una persona previo traslado de comisión, quien estando debidamente juramentado dijo ser llamarse como queda escrito: SOTILLO HECTOR LUIS, de nacionalidad venezolana, natural de esta ciudad, de 22 años de edad. Nacido en fecha 2911/89, estado civil: Soltero. Profesión u oficio: obrero, residenciado en el Barrio San Rafael, calle principal. Casa sin número Tucupita, Estado Delta Amacuro. Teléfono de ubicación numero 0414-768-77-34. Titular de la Cédula de Identidad número V-26.377.278, con el fin de rendir entrevista en lo previsto en el artículo 227° del Código orgánico Procesal Penal, en consecuencia expone: "Resulta ser que el día de ayer domingo, de fecha 17/06/2012, a eso de las 10:00 horas de la noche aproximadamente, yo me encontraba en mi casa en la dirección antes mencionada seguidamente escuche un disparo y Salía a ver lo que había ocurrido, luego observo el cuerpo de una muchacha tirado en el. Piso y otras personas brindándole los primeros auxilio. Donde una chama gritaba y DECIA DIME ALGO”. Posteriormente. Introduje en mi vivienda de 'nuevo para evitar problemas, Es todo", SEGUIDAMENTE EL FUNCI0NARIO IN TERRCGA A LA ENTREVISTADA DE LA SIGUIENTE MANERA PRIMIERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar hora y fecha en donde ocurrieron los hecho: que en su exposición "'CONTESTO: "Eso ocurrió el día de ayer domingo 17/06/2012, a las iu:30 horas de la noche aproximadamente en el Sector San Rafael . Específicamente en el sector la Barriada. En el frente de mi casa donde se reúnen los melandros del sector ", SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga Usted. Tiene, conocimiento que le sucedió a la ciudadana que estaba tirada en el piso", CONTESTO: "había recibido en disparo en la cabeza" TERCERA PREGUNTA: ¿Diga Usted cuantas personas se encontraban auxiliando él la ciudadana qué había recibido el disparo CONTESTO: "Eran tres (03) personas una chama y dos tipos" CUARTA PREGUNTA: "Diga Usted, los datos filiatorios y las características, de los ciudadanos que observo auxiliando La persona que había resultado herida producto del disparo'' CONTESTO “A ese muchacho Yo lo conozco de vista y es de piel trigueña. De cabello. Corto tipo Crespo color amarillo de contextura fuerte. el otro muchacho: iba lejos corriendo y no lo pude distinguir la muchacha es la misma que v i ahorita en los pasillo de esta oficina ella es una muchacha morena, flaca, de estatura baja, el cabello lo tiene con mechas negras y amarillas y aparenta tener como dieciocho años de edad ella fue quien le levantó la caraca a la muchacha cuando 'estaba tirada en el piso luego de haber recibido el dispararon. QUIINTA PREGUNTA: ¿Diga Usted, donde puede ser ubicado el ciudadano arriba mencionado? CONTESTO: "En el barrio”: SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, su persona anteriormente había observado al referido ciudadano portando armas de fuego y efectuando disparos en el mencionado sector CONTESTO ''Si lo he Visto portando armas de fuego pero yo no lo he visto haciendo disparos" SEPTIMA PREGUNTA:¿ Diga usted, los nombres o los apodos de los ciudadano que se reúnen en dicho lugar con el ciudadano antes descrito CONTESTO:" Ahorita está el otro que le dicen MACACO, porque el MOCHITO está preso OCTAVA PREGUNTA: ¿ Diga Usted, su persona había visto anteriormente en la mencionada barriada a las ciudadana herida y a la que le estaba presentando auxilio a la misma? CONTESTO: “Primera vez que yo las veía “NOVENA PREGUNTA: ¿Diga Usted, su persona tiene conocimiento cuales son los nombre de las mencionadas ciudadana? CONTESTO: “No se “DECIMA PREGUNTA: ¿Diga Usted, cuales son las características físicas y fisionómicas de la ciudadana que resulto herida producto del disparo? CONTESTO: es flaca, morena de estatura mediana, el cabello creo que era negro “DECIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga Usted, desea agregar algo mas a la presente entrevista? CONTESSTO: “No es todo Termino y se leyó y estando conformes firman…
15.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 18 de Junio del 2012, realizada por funcionario agente de investigación JOSE PEREZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del Estado Delta Amacuro, deja constancia de la siguiente diligencia policial y en consecuencia expone: “ En esta misma fecha encontrándome en mis labores de guardia en la sede de este despacho y luego de haber sido entrevistado el Ciudadano CASTILLO HECTOR LUIS, titular de la cedula de identidad numero V- 24.580.477, en la averiguación signada con el numero K-0259-00847 que se instruye por ante esta oficina n por uno de los Delitos CONTRA LAS PERSONAS SOTILLO HECTOR LUIS, titular de la cedula de identidad número 26.377.278 Y su concubina la adolescente MARQUEZ URRIET A CARMEN OFELIA, de 17 años de edad, titular de la cédula de identidad V -24.580.477, en la averiguación Signada con la nomenclatura K-12-0259-00847, que se instruye por ante esta Oficina por uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, el referido ciudadano y adolescente fueron conducido conducidos hasta el Departamento de la Sala Técnica Policial de este despacho, donde le mostramos el albún fotográfico digitalizado, donde ambos reconocieron la fotografía del ciudadano identificado como: YORRK LUIS CIRILO JIMENEZ, titular de la cedula de identidad numero V-19.139.882, conocido como "YORRK LUIS", donde el ciudadano SOTILLO HECTOR LUIS, cedula de identidad numero V-26.377.278, manifestó que el sujeto de la frogaría es el mismo que frecuenta la Barriada donde su persona reside portando arma de fuego y acostumbraba a reunirse con otro sujeto apodado "MACACO" al frente de su casa donde resulto herida por arma de fuego una ciudadana en horas de la noche del día de ayer domingo 17/06/2012. En cuanto a la adolescente la misma expresó que ese sujeto es el mismo que frecuentaba el referido barrio y siempre andaba armado efectuando disparos y se reunía con otros sujetos a quienes apodan EL MOCHITO, "MACACO", "CHOMPIRA" y "EL CHORO" Posteriormente el ciudadano SOTILLO HECTOR LUIS, cedula de identidad numero V-26.377.278, encontrándose aún en la sala de espera de esta sede. Reconoció a la adolescente RIVAS MESONEZ ASTRIU GABRIELA, de 16 ai10s de edad, titular de la cedula de identidad numero V¬25.331.899, como la persona que gritaba y auxiliaba a la joven herida por el disparo al frente de su residencia en horas de la noche del día de ayer domingo 17/06/2012. Seguidamente verifiqué los datos del ciudadano: YORRK LUIS CIRILO JIMENEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de esta ciudad, de 27 años de edad, ' nacido en techa 22/04 1985, profesión u oficio no definida, estado civil soltero, residenciado en la carretera Vía Guasina, calle principal casa sin número, antes de llegar al Reten Policial, Tucupita, Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad numero Titular de la cedula de identidad numero V -19.139.882, por ante el Sistema de Investigación e Información Policial (SIIPOL), arrojando como resultado como resultado que al mismo le corresponden sus datos y presenta los siguientes registro ´policiales: Resistencia a la Autoridad, según expediente K-12-0259-00 de fecha 22/04/2012, por este despacho, Robo de Vehicu10 Automotor, según expediente 11-007103441, de fecha 16/07/2011, por la Sub Delegación Ciudad Guayana, Droga, según expediente LT k-II-0259-000 19, de fecha 18/03/2011, por este despacho, Porte licito de Arma " de Fuego según expediente 1-088-047. De fecha 11/11/2008, por este despacho. Consignó mediante la presente acta la impresión de la fotografía a color del ciudadano reconocido identificado como: YORRK LUIS CIRILO JIMENEZ, titular de la cedula de identidad numero V-19.139.882. Se le informo a la superioridad al respecto leyó y firmo estando conformes firman…
16.-TRASCRIPCION DE NOVEDADES de fecha 19 de Junio del 2012, realizada por funcionario del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas del Estado Delta Amacuro, Aparece una novedad del día Miércoles 20/06/2012, copiada textualmente y dice así Numeral 14-13:15Hrs REGRESO DE COMISION A esta hora la realiza el funcionario Agente ADAN POLANCO, en la unidad M-09, procedente del Centro Diagnostico Integral del Sector Paloma, informando haber sostenido entrevista con el Dr. ORELVIS CARRASANA, titular de cedula de identidad numero E-0036.660, quien es medico tratante de la adolescente YULIE PAOLA VILLEGAS FONTALVO, quien es víctima de causa penal número K-12-0259-00847, iniciada por este despacho por uno de los Delitos Contra las Personas ( lesiones), quien informa que dicha adolescente se encuentra en critico estado de salud, presentando un estado de coma de grado 3 más mínimo el cual le impide el traslado a otro centro asistencial, motivo a que sus valores se mantienen muy bajos, al igual que la tensión la tiene baja e hipotermia, manifestando que se encuentra a la espera de un médico especialista para ser examinada, ES COPIA FIEL EXACTA DE SU ORIGINAL……
17.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 19 de Junio del 2012, realizada por el funcionario agente de investigación WILMER ROSENDO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Pénales y Criminalisticas del Estado delta Amacuro deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente averiguación. En esta misma fecha, prosiguiendo con la investigación relacionada con la nomenclatura K-12-0259-009847, iniciada por ante está oficina por uno de los Delitos CONTRA LAS PERSONA, (LESIONES), se presento previo traslado de comisión una persona quien estando debidamente juramentada dice ser llamarse como queda escrito: MARQUEZ URRIETA CARMEN OFELIA de nacionalidad venezolana, natural de esta ciudad, Estado Delta Amacuro, de 17 años de edad, nacida en fecha 28/10/1994, de estado civil soltero, de profesión u oficio Estudiante, Residenciado en San Rafael, sector 31 de Julio, conocido como la barriada casa sin numero teléfono de ubicación numero 016-585-834, titular de la cedula de identidad numero V- 24.580.477, con el fin de rendir entrevista de conformidad con lo previsto en el artículo 227° del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia expone:“Resulta ser que el día de ayer domingo 18/06/2012, me encontraba durmiendo en mi casa en la dirección antes mencionada y entonces escucho una detonación le pregunto a mi concubino de nombre HECTOR SOTILLO, que si era disparo y él me contesto que si al pasar unos minutos escucho una voz de mujer desesperada que decía “ QUE SI ERA LOCO” y ella misma empezó a gritar y decía MI LOCA, MI LOCA, MI LOCA, y el muchacho que estaba allí decía SE NOS VA A MORIR PAOLA SE NOS VA A MORIR PAOLA, SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿ Diga Usted, lugar, hora y fecha de los hechos antes narrados? CONTESTO: “Eso fue el domingo 18/06/2012, en horas de la noche, en el frente de mi casa en la dirección antes nombrada SEGUNDA PREGUNTA: ¿ Diga Usted, observo a las personas antes referida” CONTESTO: como eso estaba oscuro solo vi desde mi rancho la silueta de un muchacho de espalda” TERCERA PREGUNTA: ¿ Diga Usted, el lugar exacto en donde se encontraba la referida persona? CONTESTO: “Eso fue en la pata de una mata de jobo y de yambú donde estaba un banquito y un tronco de un árbol, donde se reúnen todos esos malandros” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, cuantos disparos escucho su esposa para el momento del hecho? CONTESTO: “Un solo Disparo “QUINTA PREGUNTA: ¿Diga Usted, antes de ocurrir el hecho antes narrado llego a observar alguna persona en el frente de su casa CONTESTO: “ Si allí estaba una muchacha de cabello largo de tez blanca delgada estaba acompañada de un muchacho de piel morena cabello corto abrazado y la estaba besándola, por el cuello y en eso cuando nosotros regresamos de la casa eran entre las siete y ocho de la noche” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga Usted, nombre o apodo de las personas de conducta delictual quienes acostumbraban a reunirse en el en el referido lugar? CONTESTO: de los que se reúnen allí esta un muchacho a quien le dicen el Mochito quien está preso en el Reten de Guasina otro que le dicen MACACO y al otro le dicen CHOMPIRA, y el otro a quien le dicen EL CHORO pero también está preso y otro más a quien no conozco” SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga Usted, cuales son las características fisionómicas de los ciudadanos mencionado como MACOCO Y EL CHOMPIRA? CONTESTO: “El es flaco tiene el cabello negro liso y es alto de piel morena y le calculo como unos veintidós años de edad, y al CHOMPIRA Y AL MACACO no los detallen pero tienen el cabello chicharrón a la muchacha no logre verle bien las cara OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga Usted, su concubina al escuchar el ruido le llego a comentar alguna otra cosa CONTESTO: El tiro que me dijo que parece que le habían dado un tiro a alguien NOVENA PREGUNTA: ¿ Diga Usted, sospecha de algunas persona en particular como autor del hecho antes narrado CONTESTO: “ No se” ¿DECIMA PREGUNTA: ¿llego a observar a la persona que escucho hablar después del disparo? CONTESTO: “No y esa misma persona llamaba a una muchacha mi loca mi loca” DECIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga Usted, informo al respecto de las personas que alguna oportunidad vio a los sujetos CONTESTO: …,, DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: …,,, CONTESTO: …,,, TERMINO Y SE LEYO Y ESTANDO CONFORMES FIRMAN…
18.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 23 de Julio del 2012, realizada por el funcionario Agente ADAN POLANCO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas del Estado Delta Amacuro, deja constancia de la siguiente diligencia policial realizada y en consecuencia expone: “ Continuando con las actas de investigaciones relacionadas al expediente signado con la nomenclatura K-12-0259-00847, iniciada por ante este despacho por uno de los Delitos CONTRA LAS PERSONAS, encontrándome en labores de guardia en la sede de esta oficina se presento de manera espontanea un ciudadana quien dijo ser llamarse como queda escrito: SOTO CARDOZO MIGUEL DEL JESUS, venezolano, natural de Tucupita de 33años de edad, nacido en fecha 06/08/1968, soltero de profesión u oficio Policial del Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, teléfono de ubicación numero 0416-587-98-85, titular de cedula de identidad numero V- 13.327.009, quien manifestó ser el padrastro de la adolescente de nombre YULIE PAOLA VILLEGAS FONTALVO, de 16 años de edad, plenamente identificada en actas anteriores como víctima en la presente causa, quien el pasado domingo 17/06/2012, a las 10:00 horas aproximadamente, recibiera un impacto de bala en la región perital derecha manifestando a su vez que dicha adolescente aproximadamente a las 4:00 horas de la mañana del día de hoy 23/06/2012, falleció en la Sede del Centro Diagnostico Integral, Dr. Raúl Maza Mérida, Ubicado en el Sector Paloma de esta Ciudad, donde permanecía desde el pasado domingo 17/06/2012, bajo observaciones medicas manifestando a su vez que según médicos tratantes de la mencionada adolescente pareció por causa de un ataque del corazón producido por su critico estado de salud, compareciendo por antes este despacho con el fin de que se trasladara una comisión hasta dicho centro asistencial a fin de que realizaran el traslado del cadáver de la adolescente hasta la morgue del hospital central de esta ciudad, y se practicaran las diligencias pertinentes la caso, motivo por el cual se le informo a la superioridad sobre lo antes expuesto, quienes ordenaron una comisión se apersonara el sitio y realizara las diligencias necesarias, motivo por el cual me constituí en comisión con el funcionario agente JOHAN JIMENEZ, a bordo de la unidad furgoneta P-257, hacia el centro Diagnostico Integral Raúl Maza Mérida, ubicado en el sector paloma de esta ciudad, a fin de v realizar las diligencias pertinentes al caso que se le investiga, donde una vez allí plenamente identificado como funcionarios activos de este cuerpo de investigaciones sostuvimos entrevista con el Médico de Guardia Doctora : YADIRA DURAN quien impuesta de nuestra presencia manifestó que efectivamente a las 4:00 horas de la mañana del día de hoy sábado 23/06/2012, falleció la adolescente quien en vida respondiera el nombre de YULIE PAOLA VILLEGAS FONTALVO, de 16 años de edad, titular de cedula de identidad numero V- 26.267.327, debido a una Fibrilación Auricular, causado por su delicado estado de salud, resaltando que dicha adolescente se encuentra recluida en el centro desde el pasado domingo en horas de la madrugada, la cual presentaba el siguiente cuadro clínico Traumatismo de Cráneo encefálico, cebero de seis (06) días, producida por impacto de proyectil, disparado por un arma de fuego, lo que la mantenía en un estado de coma, critico, de grado 3, lo que le causo que sus signos vitales fueran disminuyendo, lo que impedía su traslado a otro centro asistencial, hasta que hora de la madrugada del día de hoy le produjera la muerte manifestando a su vez que el cadáver de dicha adolescente se halla en la sala de ciudadanos de cuidados intensivos a la espere de nuestra llegada, llevando a la comisión a dicha área donde se pudo observar sobre una camilla cubierta con una sábana de color rosado, el cuerpo de una persona sin vida de sexo femenino con las siguientes características: tez blanca, contextura regular de 1,65 metros de estatura, de cabello largo tipo liso, color negro, presentando las siguiente heridas Dos (02) heridas suturada de forma irregular, en la región parietal derecha, de igual forma se le aprecia cicatriz, antigua en la región costal izquierda de aproximadamente de 08 centímetro de largo, la medico que nos atiende consiga a la comisión informe médico de la adolescente hoy occisa el cual se le anexa a la presente acta de investigación posteriormente se procedió a trasladar a dicho cadáver a la morgue del Hospital Central de esta Ciudad, Dr., Luis Razetti, una vez en dicha morgue, el funcionario gente de investigaciones JOHAN JIMENEZ, procedió a realizar la respectiva inspección técnica del cadáver la cual se consigna mediante la presente acta de investigación, así mismo se le practico necrodactilia de la Ley correspondiente quedando identificado de la siguiente manera : YULIE PAOLAVILLEGAS FONTALVO, venezolana, natural de caracas, de 16 años de edad, nacida en fecha 12/09/1996, estudiante residenciada en el sector de San Rafael, Raúl Leoni II, Parroquia San Rafael, del Municipio Tucupita Estado Delta Amacuro titular de la de la cedula de identidad numero 26.627.327, quedando dicho cadáver en la dicha morgue en calidad de depósito para su posterior traslado a la ciudad de Guayana, Estado Bolívar a fin de practicarle correspondiente AUTOPSIA DE LEY. Acto seguido optamos por retirarnos hasta la sede de esta oficina donde una vez aquí me traslade al área técnica de esta oficina con el fin de verificar por ante nuestro sistema integrado de información policía SIIPOL los posibles registros o solicitudes que pudiera presentar la adolescente hoy occisa, donde luego de ingresar los datos al computador este arrojo como resultado que los datos corresponden y a su vez no presenta registro ni solicitud alguna ante dicho sistema. Se le informo a la superioridad sobre las diligencias practicadas, procediendo a plasmar las misma en la presente acta de investigación. Termino y se leyó y estando conformes firman…
19- INFORME MEDICO emanado por el doctor Raúl Maza Mérida a la paciente el cual se explica por sí solo, paciente de nombre Yulie Paola Villegas Fontalvo de 16 años de edad, ingreso al hospital recibió impacto de bala por arma de fuego en horas de la noche del día domingo, en horas de la noche en la cabeza llegando al servicio en estado de coma, remitida desde el hospital luego de 6 horas después sin respiro llega al servicio sin respuesta neurológica de ningún tipo y rápidamente se decide intubación oro traqueal acoplada a ventilación mecánica artificial, se remiten al servicio de UCIA, por la atención de 6 días con inestabilidad homogénea la cual no responde a lo que se le realiza exámenes hematológico se da respuesta en horas de la madrugada hizo ritma cardiaca sin respuestas, fibrilación articular, traumatismo cráneo encefálico por seis días Impacto frotoparecial de impacto de bala por arma de fuego de seis días
20.- ACTA DE INSPECCION TECNICA CRIMINALISTICA de fecha 23 de Junio del 2012, realizada por el funcionario Agentes: POLANCO ADAN, Y JOHAN JIMENEZ, adscrito al cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas del Estado Delta Amacuro, deja constancia de la siguiente diligencia policial ACTA DE INSPECCION TECNICA CRI MINALISTICA de fecha 23 de Junio del 2012, realizada por funcionarios Agentes ADAN POLANCO Y JOHAN JIMENEZ adscrito al DEPARTAMENTO DE PATOLOGIA FORENSE DEL HOSPITAL “DOCTOR LUIS RAZZETTI” DE ESTA CIUDAD DE TUCUPITA ESTADO DELTA AMACURO deja constancia de lo siguiente “Trátese de de un sitio de los denominado Cerrado, con iluminación artificial de buena intensidad, temperatura ambiental cálida, todos estos aspectos físicos y estructurales para el momento de inspección técnica criminalística en el precipitado lugar se visualiza sobre Una (01) camilla metálica de las comúnmente utilizadas en los centros asistenciales de salud, el cadáver de Una (01) persona de sexo femenino, desprovisto de vestimenta, se le aprecian las siguanes características fisonómicas color de piel blanca contextura regular den 1,70 centímetros de estatura de cabello de color negro liso largo; seguidamente se procedió a realizar el correspondiente EXAMEN MACROSCOPICO DEL CADAVER: cejas escasa, Oreja adosada y pequeña, labios pequeños y finos nariz respingada, y presento las siguientes heridas: Dos (02) heridas suturadas en la región parietal derecha de igual forma se le aprecia una cicatriz antigua de 10 centímetros de longitud, posteriormente se le practico Necrodactilia de ley. Quedando identificada de la siguiente manera: YULIE PAOLA VILLEGAS FONTALVO, Venezolana natural de Caracas, de 16 años de edad, nacida en fecha 12/09/1996, soltera estudiante residenciada en el Sector de San Rafael Sector Raúl Leoni II del Municipio Tucupita Estado Delta Amacuro, titular de cedula de identidad numero V- 26.627.327, Se deja constancia en la presente inspección se colecto sustancia de color pardo rojizo de naturaleza hepática de las heridas suturadas del mencionado cadáver así mismo se realizo fijación fotográfica del mismo. Es todo término y se leyó y estando conformes firman…
21.- ACTA DE INSPECCION TECNICA N° 662 de fecha 23 de Junio del 2012, realizada por el Funcionario Agente de Investigación I POLANCO ADAN en la Morgue del Hospital Central Dr. Luis Razetti de esta ciudad, del Estado Delta Amacuro, en la presente se observa levantamiento del cadáver toma fotográfica contentiva de tres fotos en carácter general el rostro de la adolescente YULIE PAOLA VILLEGAS FONTALVO (OCCISA), de 16 años de edad, titular de la cedula de identidad numero V- 26.627.327….
22.- MEMORANDUM NUMERO 9700-259-2686 de fecha 23/06/2012, dirigido al Jefe de Patología Forense de Ciudad Guayana, Estado Bolívar enviándole con la comisión portadora del presente cadáver de una persona de sexo femenino, quien en vida respondiera el nombre de YULIE PAOLA VILLEGAS FONTALVO de 16 años de edad, nacida en fecha 12/04/1996, titular de cedula de identidad numero V- 26.627.327, a fin de que se sirva de realizar AUTOPSIA DE LEY, ya que la misma falleció en la ciudad de Tucupita del Estado Delta Amacuro, de igual manera figura como víctima en el expediente signado con el numero K-12-0259-00874,Iniciada por ante este despacho por uno de los Delitos CONTRA LAS PERSONAS (HOMICIDIO)…
23.- MEMORANDUN NUMERO 9700-259-2687 de fecha 23/06 2012, dirigido al departamento de Patología Forense del Estado Bolívar, solicitándole sírvase remitir a esta oficia de la Sub Delegación del Estado Delta Amacuro PROTOCOLO DE AUTOPSIA correspondiente al cadáver quien en vida respondiera el de YULIE PAOLA VILLEGAS FONTALVO, titular de cedula de identidad numero V- 26.627.327, ya que la misma falleció en esta Ciudad de Tucupita, Estado Delta Amacuro, de igual manera figura como víctima en el expediente signado con el numero K-12-0259-00874,Iniciada por ante este despacho por uno de los Delitos CONTRA LAS PERSONAS (HOMICIDIO)…
24.- OFICIO N° 9700-0259-2688 de fecha 23 de Junio del 2012, dirigido al ciudadano Administrador del Cementerio Nuevo del Municipio Tucupita Estado Delta Amacuro a fin de que se sirva de enviar al Despacho del Cuerpo de Investigaciones Científica Penales y Criminalisticas del Estado Delta Amacuro, CON CARÁCTER DE EXTREMA URGENCIA, ACTA DE ENTERRAMIENTO, correspondiente al cadáver de la adolescente quien en vida respondiera el nombre de YULIE PAOLA VILLEGAS FONTALVO, de 16 años de edad, titular de cedula de identidad numero V- 26.627.327, ya que la misma falleció en esta Ciudad de Tucupita, Estado Delta Amacuro, de igual manera figura como víctima en el expediente signado con el numero K-12-0259-00874,Iniciada por ante este despacho por uno de los Delitos CONTRA LAS PERSONAS (HOMICIDIO)…
25.- OFICIO N° 9700-0259-2689 de fecha 23 de Junio del 2012, dirigida al Ciudadano Registrador Civil de Municipio Tucupita Estado Delta Amacuro, a los fines de solicitar con carácter de urgencia ACTA DE DEFUNCION, correspondiente al cadáver de la adolecente quien en vida respondiera el nombre de YULIE PAOLA VILLEGAS FONTALVO, de 16 años de edad, titular de cedula de identidad numero V- 26.627.327, ya que la misma falleció en esta Ciudad de Tucupita, Estado Delta Amacuro, de igual manera figura como víctima en el expediente signado con el numero K-12-0259-00874,Iniciada por ante este despacho por uno de los Delitos CONTRA LAS PERSONAS (HOMICIDIO)…
26.- MEMORANDUM N° 9700-259-2713 de fecha 25 de Junio del 2012, dirigido al Jefe del Laboratorio Criminalistico de la Sub Delegación de Guayana a los fines de que se sir nade practicar EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO, HEMATOLOGICA a las siguientes evidencias: Un (01) segmente de gasa confeccionado en fibras naturales, de color blanco, impregnada de sustancia de color pardo rojizo; ya que el mismo gurda relación con el expediente signado con la nomenclatura K-12-0229-00847, aperturado por uno de los Delitos CONTRA LAS PERSONAS (HOMICIDIO)… donde figura como victima la adolecente quien en vida respondiera el nombre de YULIE PAOLA VILLEGAS FONTALVO, de 16 años de edad, titular de cedula de identidad numero V- 26.627.327, del cual tiene conocimiento la Fiscalía Superior del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial….
27.- RECONOCIMIENTO LEGAL N° 262 de fecha 23 de Junio del 2012, Suscrito por el Agente de investigaciones POLANCO ADAN, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas del Estado Delta Amacuro, designado para practicar experticia de conformidad con lo establecido en el artículo 239° del Código Orgánico Procesal Vigente a tal efecto rindo a usted el siguiente informe pericial.-
MOTIVO: Efectuar experticia de Reconocimiento de las piezas u objetos en referencia para dejar constancia de su Reconocimiento Legal.-
CONMEMORATIVO: Relacionada con el expediente Numero K-12-0259-00847, iniciado por uno de los Delitos CONTRA LAS PERSONAS.-
EXPOSICION: Las piezas recibidas resultaron ser:
01.- Un (01) SEGMENTO DE GASA, confeccionada con fibras naturales de color blanco, impregnada de una sustancia de color pardo rojizo de presunta naturaleza hepática, colectada del cadáver de la adolescente YULIE PAOLA VILLEGAS FONTALVO, como víctima en la presente causa
CONCLUSION:
01.- las piezas consisten en las descritas anteriormente.-
02.- Las evidencias descritas en el numeral 01 tiene su uso especifico para lo cual fuera diseñado u otra que la quiera dar a su poseedor.-
03.- Dichas evidencias se encuentran en el Área de Resguardo y Custodia de Evidencias Físicas de este Despacho para su posterior experticia.-
28.- REGISTRO DE CADENA Y CUSTODIA DE EVIDENCIAS FISICAS de fecha 23 de Junio del 2012. Realizada por el funcionario POLANCO ADAN adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas del Estado Delta Amacuro, las evidencias físicas lograron ser las siguientes: Un (01) Segmento de Gasa, confeccionado con fibras naturales de color blanco, impregnado de una sustancia de color rojizo de presunta naturaleza hematica, colectada del cadáver de la adolescente YULIE PAOLA VILLEGAS FONTALVO, como víctima en la presente causa
29.- CERTIFICADO DE ACTA DE DEFUNCION de fecha 24 de Junio del 2012, de la Ciudadana Adolecente VILLEGAS FONTALVO YULIE PAOLA, de 16 años de edad, titular de cedula de identidad numero V- 26.627.327, de fecha de nacimiento 12/04/1996, fecha de defunción 23/06/2012, hora 03:10 de la tarde lugar de nacimiento Distrito Capital, lugar en donde ocurrieron los hechos Tucupita Estado Delta Amacuro, parroquia Antonio José de Sucre, establecimiento de salud, Centro Diagnostico Integral ubicado en la vía principal de paloma vía Nacional, sección de certificación medica, Hemorragia Cerebral, Herida por paso de Proyectil de Arma de Fuego, en el Cráneo Encefálico, responsable de la certificación López de Castro Marbel….
30.- ACTA DE ENTREVISTA: de fecha 24 de Junio del 2012, realizada por el funcionario Agente de Investigación POLANCO ADAN, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas del Estado Delta Amacuro, deja co0nstancia de las siguiente diligencia policial realizada “Siguiendo con las investigaciones realizadas al expediente signadas con el numero K-0259-00847, iniciada por esta oficina por uno de los Delitos CONTRA LAS PERSONAS (LESIONES se presento previa boleta de Citación, una persona quien dijo se llamarse como queda escrito GONZALEZ MACHADO DAILOR JOSE, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas Distrito Capital, de 32 años de edad, nacida en fecha 29/12/1978, de estado civil Soltero de Profesión u oficio obrero, Residenciado en el sector San Rafael, Raúl Leoni I calle numero 04 casa numero 81, de esta Ciudad de Tucupita Estado Delta Amacuro, teléfono de ubicación numero 0287-7-21-49-71, portador de la cedula de identidad numero V- 14-115-113, quien manifestó a estar dispuesto a rendir entrevista en relación al caso que se le investiga y en consecuencia expone: “ Resulta ser que el día domingo, 17/06/2012, me encontraba en compañía de mi hija de nombre: ASTRID RIVAS, celebrando el día el padre en mi casa ubicada en la dirección antes descrita, aproximadamente a las 09:00 hora de la noche y yo le abrí el portón de casa y ella se fue de allí no supe mas nada hasta el día siguiente que la mama me dijo que ella estaba aquí en el CICPC. Es todo. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga Usted, lugar fecha y hora en que ocurrieron los hechos narrados? CONTESTO: “ Eso ocurrió en mi casa ubicada en la dirección antes descrita a las 9:00 horas aproximadamente” SEGUNDA PREGUNTA:¿ Diga Usted, a qué hora llego su hija de nombre ASTRID RIVAS a su residencia ¿ CONTESTO: a las 06:00 o las 06:30 horas de la tarde aproximadamente” TERCERA PREGUNTA: ¿ Diga Usted, al momento de llegar a su residencia se encontraba en compañía de algún otra persona CONTESTO: “ No CUARTA PREGUNTA: ¿ Diga Usted, como era la vestimenta que portaba su hija de nombre ASTRID RIVAS el día domingo 17/06/2012. CONTESTO: “Cargaba una blusa blanca y un jeans no recuerdo el color QUINTA PREGUNTA: ¿Diga Usted, al momento de que su hija de nombre ASTRID RIVAS se retirara de su casa en compañía de quien lo hizo? CONTESTO: “Sola “SEXTA PREGUNTA: ¿Diga Usted, tiene conocimiento del hecho sucedido en el sector de 30 de Junio aproximadamente a las 10:00 horas de la noche, donde resulto herida la adolescente YULIE PAOLA VILLEGAS FONTALVO, hoy occisa? CONTESTO: “No solo eso que le hicieron y se murió ayer sábado 23/06/2012, SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga Usted, conocía de vista y trato y comunicación a la adolecente de nombre YULIE PAOLA VILLEGAS FONTALVO hoy occisa? CONTESTO “Si pero no tenía mucha relación con ella” OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga Usted, tiene conocimiento si su hija de nombre ASTRID RIVAS se encontraba en compañía de YULIE VILLEGAS hoy occisa al momento de suscitarse los hecho? CONTESTO: “bueno ella estuvo con migo como hasta las 09:00 horas de la noche de allí para adelante no se para donde agarro” NOVENA PREGUNTA: ¿Diga Usted, tiene conocimiento de que adolecente de nombre YULIE PAOLA VILLEGAS FONTALVO hoy occisa había invitado a la residencia de su hija de nombre ASTRID RIVAS? CONTESTO: “No “DECIMA PREGUNTA ¿Diga Usted, conoce al novio de su hija de nombre ASTRID RIVAS? CONTESTO: “No” DECIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga Usted, conoce de vista y trato o comunicación a un sujeto apodado MACACO y el otro de nombre YORK LUIS, CONTESTO: “ Si de vista “ DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿ Diga Usted, características físicas de los sujetos antes mencionado CONTESTO : “ MACACO” es de tez moreno, cabello corto, tipo liso. Color negro contextura delgada, de unos 1,75 metros de estatura aproximadamente, como de unos 22 años de edad y YOURK LUIS es de tez blanco cabello cortó tipo crespo teñido de contextura gruesa de estatura baja cono de 27 años de edad aproximadamente DECIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga Usted, conoce de los datos filiatorios del sujeto apodado MACACO? CONTESTO: “No sé yo solo sé que le dicen macaco y como no lo trataba DECIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Diga Usted, tiene conocimiento si los sujetos antes mencionado se encuentran en compañía de la adolecente: YULIE VILLEGAS CONTESTO: “ No se” DECIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Diga Usted, donde puede ser ubicado el sujeto apodado como MACACO? CONTESTO: “No sé yo las veces que lo he visto a sido en el Barrio de San Rafael, pero no se en donde viven” DECIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Diga Usted, desea agregar algo mas a la presente entrevista? CONTESTO: “No es todo termino y se leyó y estando conformes firman….
Tomando en consideración estos elementos de convicción, así como también de las declaraciones de las partes en la audiencia de presentación respectiva, se evidencia la materialización de uno de los delitos previstos en el Código Penal, como lo es el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal. Tipo penal que merecen pena privativa de libertad y cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita, existiendo fundados elementos de convicción para estimar que el imputado ha sido el autor o participe en la comisión de estos hecho punibles, existiendo una presunción razonable, por la apreciación de las circunstancias del caso en particular de peligro de fuga, por la pena que pudiera llegar a imponerse.
II
DEL DERECHO
La representante del Ministerio Público ha enmarcado la conducta desplegada por el imputado en el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal. Dicho tipo penal se encuentran acreditados con los distintos elementos de convicción que cursan en autos.
El delito de delito de HOMICIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, contempla una pena de presidio de doce a dieciocho años
En este orden de ideas, este juzgador estima que existen fundados elementos de convicción, que comprometen la responsabilidad penal del ciudadano YORK LUIS CIRILO JIMENEZ, venezolano, natural de Tucupita, de 27 años de edad, con cédula de identidad Nº 19.139.882, de profesión u oficio indefinida, nacido el 22-04-1985, de estado civil soltero, residenciado en la carretera vía Guasina, calle principal, casa S/N, antes de llegar al Retén Policial de Guasina de esta ciudad, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro en el delito precalificado por el Ministerio Público, es decir, el delito de HOMICIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de YULIIE PAOLA VILLEGAS FONTALVO, de 16 años de edad, nacida en fecha 12-04-1996, con cédula de identidad Nº 26.627.327 .
Finalmente considera este Juzgador que están llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, esto es la existencia de un hecho punible no prescrito, fundados elementos de convicción para estimar que el imputado ha sido el autor o participe en la comisión del hecho punible y una presunción razonable por la apreciación del caso en particular de peligro de fuga o de obstaculización en la búsqueda de la verdad respecto de un acto concreto de la investigación; razón por la cual a objeto de evitar de que el imputado logre sustraerse de las exigencias propias del devenir procesal, es necesario imponerle una Medida Privativa Judicial preventiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, numerales 1, 2 y 3, 251 numeral 2 y 3 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Se declara sin lugar la solicitud de medida cautelar sustitutiva de libertad realizada por la Defensa.
Se acuerda proseguir la presente investigación por la vía del procedimiento Ordinario de conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a los fines de determinar las responsabilidades a que haya lugar. Así se decide.
DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
1.- Se declara con lugar lo solicitado por el representante del Ministerio Público y en consecuencia se acuerda proseguir el presente Asunto por la vía del procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículo 280 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de determinar las responsabilidades a que haya lugar.
2.- Se declara con lugar la medida de coerción personal solicitada por el Fiscal del Ministerio Público y en consecuencia se decreta MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con lo establecido en los artículos de conformidad con lo establecido en los artículos 250 ordinales 1º, 2º y 3º; 251 numerales 2º y 3º y 252 todos del código orgánico procesal, en contra de YORK LUIS CIRILO JIMENEZ, venezolano, natural de Tucupita, de 27 años de edad, con cédula de identidad Nº 19.139.882, de profesión u oficio indefinida, nacido el 22-04-1985, de estado civil soltero, residenciado en la carretera vía Guasina, calle principal, casa S/N, antes de llegar al Retén Policial de Guasina de esta ciudad, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro en el delito precalificado por el Ministerio Público, es decir, el delito de HOMICIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de YULIIE PAOLA VILLEGAS FONTALVO, de 16 años de edad, nacida en fecha 12-04-1996, con cédula de identidad Nº 26.627.327 . Se destina como sitio de reclusión el Centro de Resguardo y Custodia Guasina de esta ciudad. Se declara sin lugar la solicitud de medida cautelar sustitutiva de libertad realizada por la Defensa.
3.- Expídase la respectiva Boleta de Encarcelación del imputados de autos, la cual será remitida al Comandante del Cuerpo de Seguridad Pública del Estado.
4.- Se deja expresa constancia que la presente decisión fue publicada dentro del lapso de Ley, estando debidamente notificadas las partes.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, a los 18 días del mes de julio de 2012. Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en los copiadores de sentencias interlocutorias de este Juzgado.
EL JUEZ TEMPORAL,
ABG. LUIS G. CARABALLO GARCÍA
LA SECRETARIA,
ABG. MARIANA MARÍN HERNANDEZ
En esta misma fecha se publicó la anterior decisión y se dejó copia certificada en el copiador de sentencias de este Tribunal. Conste.
LA SECRETARIA,
ABG. MARIANA MARÍN HERNANDEZ