REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro
Jueza Provisorio del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del
Estado Delta Amacuro.
Tucupita, diecinueve de junio de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: YP11-J-2012-000171
Visto que en la oportunidad fijada para que tuviera lugar la Audiencia Preliminar de Mediación, del presente asunto signado con el Nro. YP11-J-2012-000171, contentivo del procedimiento de DIVORCIO 185-A, interpuesto por los ciudadanos: LUSDELIA DEL JESUS CALZADILLA LOPEZ y JOSE GREGORIO PALMA GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, domiciliados la primera de las nombradas en el Barrio Francisco de Miranda, Sector Laguna Verde, vía principal, la Sierra, casa color blanca, Casa S/N, del Municipio Casacoima del estado Delta Amacuro y el segundo en el Barrio Francisco de Miranda, Sector Laguna Verde, vía principal, la Sierra, casa color verde, Casa S/N, del Municipio Casacoima del estado Delta Amacuro, titulares de la Cédula de Identidad Nº V-16.391.549 y V-15.851.997, es por ello que este Tribunal, visto que el Ciudadano JOSE GREGORIO PALMA GONZALEZ, antes identificado no compareció al inicio de la Audiencia Preliminar de la Fase de Mediación, de conformidad a lo pautado en el Artículo 514 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, resuelve dar por desistido el presente asunto; igualmente se le advierte a la solicitante que no podrá presentar nuevamente su solicitud antes de que transcurra un mes a contar de la presente fecha. Cúmplase.
La Jueza Provisoria,


Abg. Vilma Martorelli

El Secretario




Hora de Emisión: 11:54 AM
Asistente que realizo la actuación: V.M.
YP11-J-2012-000171