REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro
Tucupita, 12 de Marzo de 2012
201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : YP01-P-2012-000625
ASUNTO : YP01-P-2012-000625
Resolución N° 160-2012
IDENTIFICACION DEL TRIBUNAL
JUEZA: Abg. XIOMARA SOSA DIAZ, Jueza de Primera Instancia Penal en función de Única de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro..
SECRETARIA: Abg. MARIELA MARQUEZ.
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
INVESTIGADOS: ROINER NOCILAS ZAMBRANO GOMEZ, titular de la cedula de identidad N° V.- 17.525.611, residenciado en Clavellinas, vía principal, casa S/N, Tucupita, Estado Delta Amacuro, GERIX ROBERTO MILANG PEREZ, titular de la cedula de identidad N° V..15.789.265, residenciado en Clavellinas, vía principal, casa S/N, Tucupita, Estado Delta Amacuro, ELISABETH ISIDORA SARABIA MORENO, titular de la cedula de identidad N° V.-16.215.847, residenciado en Clavellinas, vía principal, casa S/N, Tucupita, Estado Delta Amacuro, ALMEIDA DEL VALLE GUARIGUATA NUÑEZ, titular de la cedula de identidad N° V.- 19.139.052, residenciado en Clavellinas, vía principal, casa S/N, Tucupita, Estado Delta Amacuro.
DENUNCIANTE: RODRIGUEZ JESUS RAFAEL.
DELITO: CONTRA LA PROPIEDAD.
FISCAL: Abg. DIOGENES ALEXANDER TIRADO VILLANUEVA, Fiscal Segundo del Ministerio
Visto el escrito consignado por el Fiscal Segundo del Ministerio Público ABG. DIOGENES ALEXANDER TIRADO VILLANUEVA, en el cual solicita de conformidad con lo establecido en el artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal y en base al principio de celeridad procesal sea acordado mandato de conducción hasta la sede de ese despacho fiscal a los ciudadanos ROINER NOCILAS ZAMBRANO GOMEZ, titular de la cedula de identidad N° V.- 17.525.611, GERIX ROBERTO MILANG PEREZ, titular de la cedula de identidad N° V..15.789.265, ELISABETH ISIDORA SARABIA MORENO, titular de la cedula de identidad N° V.-16.215.847 y ALMEIDA DEL VALLE GUARIGUATA NUÑEZ, titular de la cedula de identidad N° V.- 19.139.052, residenciados en Clavellinas, vía principal, casa S/N, Tucupita, Estado Delta Amacuro, este Tribunal previo a decidir, hace las siguientes consideraciones:
La representación del Ministerio Público, en fecha 13 de junio del año 2007, inicia investigación signada con el N° 10F02-0510-2007 (H-514.824), por la presunta comisión de uno de los delitos Contra la Propiedad, en virtud de la denuncia interpuesta por el ciudadano JESUS RAFAEL RODRIGUEZ, donde señala que varios ciudadanos le invadieron su terreno ubicado en el Sector La gatera vía la Horqueta, de esta cuidad, donde se presumen la participación de los ciudadanos ROINER NOCILAS ZAMBRANO GOMEZ, titular de la cedula de identidad N° V.- 17.525.611, GERIX ROBERTO MILANG PEREZ, titular de la cedula de identidad N° V..15.789.265, ELISABETH ISIDORA SARABIA MORENO, titular de la cedula de identidad N° V.-16.215.847 y ALMEIDA DEL VALLE GUARIGUATA NUÑEZ.
Observa esta Juzgadora que la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, en base a lo estipulado en el artículo 11 del Código Orgánico Procesal Penal y como titular de la acción penal en nombre y representación del Estado Venezolano inició la correspondiente investigación, anexando a la presente solicitud todos los elementos que hasta la presente fecha ha logrado recabar a fin de esclarecer los hechos denunciados por la presunta comisión de un delito Contra la Propiedad, en perjuicio del ciudadano JESUS RAFAEL RODRIGUEZ.
Se evidencia de las actas que conforman el presente asunto, que en reiteradas oportunidades han sido librada las correspondientes boletas de citación a los fines que los ciudadanos ROINER NOCILAS ZAMBRANO GOMEZ, GERIX ROBERTO MILANG PEREZ, ELISABETH ISIDORA SARABIA MORENO y ALMEIDA DEL VALLE GUARIGUATA NUÑEZ, comparezcan ante dicho despacho fiscal, en compañía de un abogado de su confianza para ser impuestos de los hechos que se investigan, debidamente citados en varias oportunidades según consta de boletas de citación que rielan a la presente solicitud, siendo que la última solicitud de comparecencia ante el Ministerio Público, fue debidamente recibida por los referidos ciudadanos, correspondientes a el mes de marzo del año 2011, razones por las cuales esta Juzgadora observando que no existe causa justificada para no acudir al llamado fiscal, traduce esta conducta en su desinterés manifiesto en colaborar con el esclarecimiento de la verdad, conducta esta que de manera contumaz y reiterada se evidencia en las actas, lo que entorpece la búsqueda de la verdad y atenta contra el principio de celeridad procesal, tutela judicial efectiva y debido proceso.
Así las cosas, por las razones antes expuestas, es por lo que esta Juzgadora de conformidad con lo establecido en los artículos 310 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda la solicitud de mandato de conducción a la sede fiscal de los ciudadanos ROINER NOCILAS ZAMBRANO GOMEZ, GERIX ROBERTO MILANG PEREZ, ELISABETH ISIDORA SARABIA MORENO y ALMEIDA DEL VALLE GUARIGUATA NUÑEZ. Así se decide.-
DISPOSITIVA
Por las consideraciones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Primero: Se declara CON LUGAR la solicitud de mandato de conducción hasta la sede del despacho fiscal a los ciudadanos ROINER NOCILAS ZAMBRANO GOMEZ, titular de la cedula de identidad N° V.- 17.525.611, GERIX ROBERTO MILANG PEREZ, titular de la cedula de identidad N° V..15.789.265, ELISABETH ISIDORA SARABIA MORENO, titular de la cedula de identidad N° V.-16.215.847 y ALMEIDA DEL VALLE GUARIGUATA NUÑEZ, titular de la cedula de identidad N° V.- 19.139.052, residenciados en Clavellinas, vía principal, casa S/N, Tucupita, Estado Delta Amacuro, todo de conformidad con lo pautado en el artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Se comisiona al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas para que conduzca por la fuerza pública hasta la sede del despacho de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público Abg. Diógenes Alexander Tirado, a los ciudadanos ROINER NOCILAS ZAMBRANO GOMEZ, titular de la cedula de identidad N° V.-17.525.611, GERIX ROBERTO MILANG PEREZ, titular de la cedula de identidad N° V..15.789.265, ELISABETH ISIDORA SARABIA MORENO, titular de la cedula de identidad N° V.-16.215.847 y ALMEIDA DEL VALLE GUARIGUATA NUÑEZ, titular de la cedula de identidad N° V.- 19.139.052, residenciados en Clavellinas, vía principal, casa S/N, Tucupita, Estado Delta Amacuro, con el debido respeto de sus derechos constitucionales, a los fines legales consiguientes. Remitir las presentes actuaciones al Ministerio Público y dar por terminado la presente solicitud. Regístrese, diaricese, notifíquese al solicitante y déjese copia certificada
LA JUEZ DE CONTROL,
ABG. XIOMARA SOSA DIAZ
LA SECRETARIA,
ABG. MARIELA MARQUEZ