REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro.
Tucupita, seis de marzo de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO: YP11-V-2012-000024
Visto el convenimiento al cual llegaron las partes en la oportunidad para la celebración de la audiencia especial en el presente asunto signado con el Nro. YP11-V-2012-000024, contentivo del procedimiento de EJECUCION DE SENTENCIA DE OBLIGACION DE MANUTENCION, interpuesto por la Ciudadana LUZ ALICIA SAGARAY MC CALL venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.213.741, domiciliada en la Comunidad de Guasima, Calle Principal, Casa s/n de esta Ciudad de Tucupita, Estado Delta Amacuro, en contra del Ciudadano SERAFIN JOSE FIGUERA TABLANTE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.487.618, residenciado en El Torno, Calle 06, casa Nro. 01 de esta Ciudad de Tucupita, Estado Delta Amacuro, en beneficio de los Adolescentes (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) Y (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) FIGUERA SAGARAY, de 17 Y 14 años de edad. Y vista la voluntad de las partes tal como se desprende del acta de fecha 27-02-2012, y no contraviniendo derecho alguno, ni lesionan interés legítimo ninguno, al contrario satisface el derecho que les asiste a sus hijos, a un nivel de vida adecuado dentro de las posibilidades de sus progenitores, previsto en el artículo 30 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8, 30, 365, 366 encabezamiento y segundo aparte del artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se pronuncia en los siguientes términos: El Ciudadano SERAFIN JOSE FIGUERA TABLANTE, cancelará la suma de SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTINUEVE BOLIVARES CON 00/100. (Bs. 7.929, oo) por concepto de deuda pendiente de obligación de manutención, las cuales pagará de la siguiente manera:
PRIMERO: El Ciudadano SERAFIN JOSE FIGUERA TABLANTE, solicita el descuento de la suma de CIENTO VEINTE BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs.120, 00) MENSUALES hasta cubrir la cantidad de SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTINUEVE BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs.7.929,00) de obligaciones de Manutención insolutas; asimismo se le descuente la cantidad de UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,00) correspondientes a los bonos Vacacional como Aguinaldos.
SEGUNDO: Asimismo que se descuente la cantidad de CIENTO VEINTE BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS, (Bs.120,00) MENSUALES, por concepto de Obligación de Manutención.
TERCERO: Dichas cantidades serán descontadas directamente del sueldo que devenga el Ciudadano SERAFIN JOSE FIGUERA TABLANTE por ante la Zona Educativa Nro. 23 del Estado Delta Amacuro y sean remitidas a este Tribunal, en tal sentido líbrese comunicación correspondiente.
CUARTO: Ofíciese a la Oficina de Control de Consignaciones adscrita a este Circuito Judicial, a los fines de que se sirva aperturar cuenta de ahorros a nombre de los Adolescentes (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) Y (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) FIGUERA SAGARAY, siendo su Representante Legal la Ciudadana LUZ ALICIA SAGARAY MC CALL y una vez aperturada se sirva informar a este Tribunal quien a su vez oficiará a la Zona Educativa No. 23 del Estado Delta Amacuro para los depósitos correspondientes.- Y así se decide.-
La Jueza Provisoria,
Abg. VILMA MARTORELLI
La Secretaria,
Hora de Emisión: 3:05 PM
Asistente que realizo la actuación: