REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro
Tucupita, dieciséis de mayo de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO : YP21-L-2010-000006


Nº DE EXPEDIENTE: YP21-L-2010-000006
PARTE ACTORA: ADRIANA DEL CARMEN CORCEGA RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 17.526.782
PARTE DEMANDADA: GOBERNACION DEL ESTADO DELTA AMACURO.
PROCURADOR DEL DELTA AMACURO: Abogado YSMEL MANUEL ROMERO ZACARIAS, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 84.083
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Siendo las diez de la mañana (10:00a.m.) del día de hoy dieciséis (16) de mayo, oportunidad fijada para la celebración de la Audiencia Preliminar en la presente causa; este Tribunal deja expresa constancia de la no comparecencia de la parte actora ciudadana ADRIANA DEL CARMEN CORCEGA RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 17.526.782, ni por si ni por apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 202 ° y 153° de la Federación. Es todo.

LA JUEZA PROVISORIA

Abg. YULIBEL PAREJO
Procurado del Estado Delta Amacuro




SECRETARIA



Hora de Emisión: 10:08 AM
Asistente que realizo la actuación: YEPM