REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DE L.O.P.N.A

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro
Tucupita, 28 de Enero de 2013
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : YP01-D-2013-000013
ASUNTO : YP01-D-2013-000013
RESOLUCION : 1C-015-2013

AUTO MOTIVADO DE AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN DE IMPUTADOS

Realizada en el día Jueves 24/01/2013, siendo las nueve y treinta horas de la mañana (09:30 a.m.), Audiencia de Presentación con detenido en la cual la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, representada en este acto por la Abg. Romelys Malpica, a los fines de llevar a cabo la audiencia de presentación del Adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, por estar presuntamente incurso en la comisión de uno de los delitos CONTRA EL ORDEN PUBLICO y CONTRA LA PROPIEDAD, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. El Ministerio Público solicito Medida Cautelar sustitutiva de Libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 582, literales “b”; “c”; consistente en someterse al cuidado y vigilancia de su representante, presentaciones periódicas cada ocho (08) días por ante la Oficina de Alguacilazgo. Solicito se decrete la aplicación del Procedimiento Ordinario por cuanto aun faltan diligencias de interés criminalístico por practicar. Solicito sea remitida copia certificada de la presente acta al tribunal de Control ordinario, de acuerdo al principio de conexionad por existir personas adultas involucradas. Asimismo solicito la remisión de las actuaciones al Ministerio Público y copias de la presente acta. Asimismo tomando en cuenta que esta representante del Ministerio Publico, en fecha 22-01-2013, solicito ante el Tribunal Primero de Control Adolescente la Orden de Aprehensión en contra del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de: HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el Articulo 406 numeral 1 del Código Penal, en virtud de que Los hechos objeto de la presente investigación tuvieron lugar en fecha 24 de Noviembre de 2012, aproximadamente a la 01:40 horas de la mañana en la calle sucre con calle Arismendi, funcionarios adscritos a la policía del estado tuvieron conocimiento que se encontraba un cuerpo sin vida de un Ciudadano de nombre: ENDHER JOSE RODRIGUEZ MAURERA
DE LOS HECHOS
Según la narrativa Fiscal detalla que: “…“ratifico el escrito de presentación y de conformidad con el artículo 285 ordinal 4° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, hago formal presentación del Adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, procediendo a narrar las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que sucedieron los hechos como se desprende de las actas policiales, donde siendo las 05:40 am, horas de la mañana, del día Martes 22 de Enero de 2013, dándole cumplimiento a la orden de visita domiciliaria Nº 02-2013 de fecha 17-01-2013, emanada del Tribunal de primera instancia a cargo de la ABG. Teresa Rodríguez, un grupo de funcionarios adscritos al CICPC, se trasladaron al Sector Alexis Marcano, calle el puente, casa S/N, del Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, la cual guarda relación con las actas procesales signada con la nomenclatura K-12-0259-01703, aperturada por ante el CICPC, por uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS (HOMICIDIO), caso del cual tiene conocimiento la Fiscalía Sexta del Ministerio Publico, una vez en el sitio procedieron a ubicar a las personas que sirvieran de testigos y procedieron a ingresar a la referida vivienda, siendo atendidos por el ciudadano Franklin López, quien manifestó ser el propietario de la vivienda, también se encontraban José Luís Ramírez, de 41 años de edad, IDENTIDAD OMITIDA, Yánez Toledo Betty Selene y Ramírez Yánez Marilin. Los funcionarios procedieron a revisar exhaustivamente cada una de las partes divisorias de la vivienda y terreno en presencia de los testigos, logrando conseguir: dos balas, dos navajas, una porta chequera contentiva de una chequera y una tarjeta magnética, la cantidad de mil quinientos cincuenta bolívares y un vehículo marca Toyota color verde, en vista de esto se practico la detención del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, siendo trasladado a la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. Es por ello que el Ministerio Público Precalifica el delito hasta la presente etapa de la investigación como los delitos de APROVECHAMIENTO DE COSA PROVENIENTE DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal Venezolano Vigente y Ocultamiento de Armas y Explosivos, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Penal. Asimismo solicito Medida Cautelar sustitutiva de Libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 582, literales “b”; “c”; consistente en someterse al cuidado y vigilancia de su representante, presentaciones periódicas cada ocho (08) días por ante la Oficina de Alguacilazgo. Solicito se decrete la aplicación del Procedimiento Ordinario por cuanto aun faltan diligencias de interés criminalístico por practicar. Solicito sea remitida copia certificada de la presente acta al tribunal de Control ordinario, de acuerdo al principio de conexionad por existir personas adultas involucradas. Asimismo solicito la remisión de las actuaciones al Ministerio Público y copias de la presente acta. Asimismo tomando en cuenta que esta representante del Ministerio Publico, en fecha 22-01-2013, solicito ante el Tribunal Primero de Control Adolescente la Orden de Aprehensión en contra del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de: HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el Articulo 406 numeral 1 del Código Penal, en virtud de que Los hechos objeto de la presente investigación tuvieron lugar en fecha 24 de Noviembre de 2012, aproximadamente a la 01:40 horas de la mañana en la calle sucre con calle Arismendi, funcionarios adscritos a la policía del estado tuvieron conocimiento que se encontraba un cuerpo sin vida de un Ciudadano de nombre: ENDHER JOSE RODRIGUEZ MAURERA, de 30 años de edad, titular de la cedula de identidad número 15.335.99 quien presentaba heridas por arma de fuego.- El Mismo día este Ciudadano había mantenido una Discusión por varios sujetos apodados EL GORDO, CHUCHU Y ELVYS, donde luego de realizada varias entrevistas se pudo constatar que el ciudadano apodado EL CHUCHU, había ido y golpeo a la víctima en horas de la mañana, y este llamo a funcionarios de la Guardia y fueron a buscarlo y no lo detuvieron, luego fue en compañía de los antes nombrados fue cuando le dispararon a la víctima ocasionándole la muerte portando un arma de fuego, solicitud que fue acordada por este Tribunal, por estas razones solicito la medida de Detención para asegurar la comparecencia a la Audiencia preliminar, de conformidad con el Articulo 559 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Solicito se remitan las actuaciones a la Fiscalía Quinta a los fines de seguir con la investigación. De igual forma solicito la acumulación de las dos causas, por guardar relación y tratarse del mismo imputado, y guardar relación con las investigaciones de la nomenclatura K-12-0259-01703, es decir se acumule el Asunto YP01-D-2013-15 en el Asunto Nº YP01-D-2013-13. Es todo”. …”.
Así mismo el adolescente expuso su deseo de no declarar, una vez que había sido impuesto del precepto constitucional, establecido en el Artículo 49 Ordinales 3° y 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que los exime de declarar en causa propia y sin juramento alguno, identificándose y manifestando lo siguiente: “…IDENTIDAD OMITIDA, quien libre de apremio y coacción manifestó su deseo de declarar, y expone: “ Yo lo que quiero saber es de que se me acusa a mi porque ella hablo y no sé de que se me está acusando, yo estaba ahí pero ahí no encontraron ningún arma. Es Todo”…”.
Seguidamente se le otorgó el derecho de palabra a la Defensa Pública: Abg. LAURIE ALSINA, quien expuso: “…En mi condición de Defensora del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, esta defensa hace las siguientes observaciones: si bien es cierto que se realizo visita domiciliaria en el sector Alexis Marcano, en la cual los funcionarios colectaron algunos objetos, no es menos cierto que mi defendido circunstancialmente se encontraba en ese lugar visitando a su hermana que es residente de ese domicilio y como es cierto y conocido por todos la responsabilidad penal es individual y en la revisión corporal que se le hizo a mi defendido no se le encontró nada adherido a su cuerpo, ningún elemento de interés criminalístico, razón por la cual voy a solicitar Libertad sin Restricciones a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, ahora bien en relación a la Orden de Aprehensión por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el Articulo 406 numeral 1 del Código Penal , se puede evidenciar que no existe acta de defunción donde pueda evidenciarse el deceso del Ciudadano ENDHER JOSE RODRIGUEZ MAURERA, no existe un solo registro procesal por parte de la fiscalía, aunado al hecho de que a Jesús Yánez, no se le conoce apodo alguno y en razón de esto voy a solicitar Medida cautelar a favor de mi defendido, de presentaciones cada 15 días, de conformidad con el articulo 582 literal c de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Es todo.…”
HECHO ACREDITADO Y SUS FUNDAMENTOS
Este juzgador estima acreditados los hechos de modo, tiempo y lugar expuestos en el escrito de presentación, con fundamento a los elementos probatorios que forman parte del expediente, entre los cuales están: 01.- ACTA DE TRANSCRIPCION DE NOVEDAD de fecha 24 de Noviembre del año 2013, suscrita por funcionarios adscritos al cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la Sub Delegación del Estado Delta Amacuro donde se recibe llamada telefónica del Funcionario Supervisor agregado Salazar Raumil de la Policía del Estado Delta Amacuro, informando que en la calle sucre con calle Arismendi, vía publica, Tucupita se encuentra el Cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino, presentando heridas presuntamente por arma de fuego, desconociendo más detalles al respecto; 02.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 24 de Noviembre de 2012, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la Sub Delegación del Estado Delta Amacuro, donde dejan constancia de que en esa misma fecha siendo las 02:00 horas de la madrugada encontrándose en labores de patrullaje funcionarios adscritos a la Policía del Estado por las inmediaciones de la calle Arismendi con calle Sucre de la Vía Publica, donde verificaron que se encontraba un cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino, presentando heridas por arma de fuego, donde se requiere la presencia de unos funcionarios del cipcp, una vez en el mencionado lugar pudieron observar sobre el pavimento vía publica el cuerpo inerte de una persona de sexo masculino, en posición decúbito dorsal, donde se procedió a realizar la respectiva inspección técnica del lugar de los hechos, y se entrevistaron con varias personas presentes en el lugar con la finalidad de recabar información sobre los hechos, donde se entrevistaron con el ciudadano: JULIO FRANCISCO RODRIGUEZ, quien manifestó que su hijo hoy occiso había mantenido una discusión con varios sujetos en horas antes, a su vez indico que los sujetos los conocen con los apodos de: GORDO, CHUCHU Y ELVYS…”; 03.- ACTA DE INSPECCION TECNICA, número 082 de fecha 24 de Noviembre de 2012 suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la Sub Delegación del Estado Delta Amacuro, donde dejan constancia de la inspección realizada en CALLE SUCRE, PARROQUIA SAN JOSE, VIA PUBLICA, TUCUPITA ESTADO DELTA AMACURO, lugar en el cual se acordó realizar inspección Técnica Criminalística en el sitio de los hechos; 04.- ACTA DE INSPECCION TECNICA, número 083 de fecha 24 de Noviembre de 2012 suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la Sub Delegación del Estado Delta Amacuro, donde dejan constancia de la inspección realizada en DEPARTAMENTO DE PATOLOGIA FORENSE DEL HOSPITAL DR. LUIS RAZETTI, DE ESTA CIUDAD, TUCUPITA ESTADO DELTA AMACURO, lugar en el cual se acordó realizar inspección Técnica Criminalística en al cadáver de la Victima de los hechos; 05.- ACTA DE RECONOCIMIENTO LEGAL Nº 032, de fecha24 de Noviembre de 2012 suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la Sub Delegación del Estado Delta Amacuro, donde dejan constancia del Reconocimiento realizado a las evidencias incautadas en la presente causa; 06.- ACTA DE REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FISICAS, de fecha24 de Noviembre de 2012 suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la Sub Delegación del Estado Delta Amacuro, donde dejan constancia de las evidencias incautadas en la presente causa; 07.-ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24 de Noviembre de 2012, realizada por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la Sub Delegación del Estado Delta Amacuro, al ciudadano JULIO FRANCISCO RODRIGUEZ., de nacionalidad venezolana, natural de esta ciudad del Estado Delta Amacuro, de 60 años de edad, nacido en fecha 04-06-1962, soltero, obrero, residenciado en la avenida guasima diagonal a la UNEFA, Tucupita Estado Delta Amacuro, portador de la cedula de identidad número 4.515.063; 08.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 24 de Noviembre de 2012, realizada por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la Sub Delegación del Estado Delta Amacuro, al ciudadano: ROJAS RAFAEL ANTONIO, de nacionalidad venezolana, natural de Tucupita Estado Delta Amacuro, de 22 años de edad, con fecha de nacimiento el 06-11-1990, soltero, obrero, residenciado en la Urbanización Alexis Marcano calle 02 casa sin número, titular de la cedula de identidad número 21.082.251; 09.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24 de Noviembre de 2012, realizada por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la Sub Delegación del Estado Delta Amacuro, al ciudadano: OLIVERA VARGAS CESAR FRANCISCO, Venezolano, natural de Tucupita Estado Delta Amacuro, de 26 años de edad, nacido en fecha 26-01-1986, soltero, Docente, residenciado en el Barrio Alexis Marcano calle 02 casa sin número, cerca de la Bodega del Señor Alexander Estado Delta Amacuro, titular de la Cedula de identidad Numero 19.140.950; 10.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24 de Noviembre de 2012, realizada por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la Sub Delegación del Estado Delta Amacuro, al ciudadana: URBAEZ TOVAR ALEXANDRA RAMONA, de nacionalidad venezolana, natural de Tucupita Estado Delta Amacuro, de 19 años de edad, nacido en fecha 29-05-93, soltera, estudiante, residenciada en el Barrio Alexis Marcano, calle 02 casa sin número, titular de la cedula de identidad numero 23.606.292; 11.-ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24 de Noviembre de 2012, realizada por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la Sub Delegación del Estado Delta Amacuro, al ciudadano: IDENTIDAD OMITIDA; 12.- ACTA DE INVESTIGACION PENALde fecha 14 de Enero del 2013compareció por ante este Despacho el Funcionario Agente de Investigación POLANCO ADAN, credencial 34530, adscrito al Área de Investigaciones de esta Sub Delegación, quien estando debidamente juramentado y de conformidad con el artículos 110, 111, 112° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 34,48, 49 Y 50 numeral Primero, del Decreto Rango, Valor y Fuerza de la Ley de la Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigaciones, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, y del Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forense, deja constancia de la siguiente diligencia policial realizada y en consecuencia expone: "Continuando con las investigaciones relacionadas a las actas procesales signadas con la nomenclatura K-12-0259-01703, iniciadas por ante este Despacho, en fecha 24/11/2012, por uno de los Delitos CONTRA LAS PERSONAS (HOMICIDIO) Y remitido a la Fiscalía Superior del Ministerio Público de esta ciudad, en la misma fecha según oficio número 5808, donde figura como víctima el ciudadano quien en vida respondiera al nombre de: ENDHER JOSE RODRIGUEZ MAURERA, de 30 años de edad, cedula de identidad número V-15.335.991, plenamente identificado en actas anteriores y como investigados sujetos apodados EL INDIO NORBERTO, EL RINGA EL VIS, EL GORDO Y CHUCHU, sujetos de reconocida conducta delictual, azotes del sector Alexis Marcano de esta ciudad; una vez vista y leída entrevista a testigos presenciales y referenciales del hecho que nos ocupa, me traslade al área de sustentación de esta oficina, a [m de realizar una minuciosa búsqueda por ante el libro de causas y archivos llevados en dicha área, las posibles averiguaciones iniciadas donde figuren como investigados sujetos EL INDIO NORBERTO, EL RINGA ELVIS, EL GORDO Y CHUCHU, una vez en dicha área sostuve entrevista con la funcionario experto técnico ARACELYS DOMINGUEZ, a quien imponerle el motivo de mi presencia en dicha área y luego de que la misma realzara una búsqueda por libros y archivos llevados en la referida oficina, manifestó que por ante este oficina se le dio inicio a las siguientes averiguaciones: 01.- Expediente: K-12-0259-00559, de fecha 24/04/2012, delito fuga de detenido, 02.- Expediente: k-12-0259-01703; 13.- ACTA DE ENTREVISTA “viernes 11 de enero de 2013, compareció por ante este Despacho el Funcionario Agente de Investigación POLANCO ADAN, adscrito al Área de Investigaciones de este Despacho, quien estando debidamente juramentado y deja conformidad con el artículo 112° del Código Orgánico Procesal Penal, 10° y 21° de la Ley del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, deja constancia de la siguiente diligencia policial realizada: "Continuando con las Investigaciones relacionadas a las actas Procesales signadas con la nomenclatura K-12- 0259-01893, iniciadas por ante esta Sub Delegación, por uno de los Delitos CONTRA LAS PERSONAS (HOMICIDIO), se presentó previa boleta de citación el ciudadano: CASTRO VELASQUEZ EDDY JOSE, Venezolano, natural de Tucupita, Estado Delta Amacuro, de 26 años de edad, nacido en fecha: 03/06/1986, estado civil: Soltero, profesión u oficio: obrero, residenciado en avenida Guasima, casa sin número, con fechada de color amarillo y marrón, Tucupita Estado Delta Amacuro, teléfono de ubicación: 0424.950.37.87, portador de la cédula de identidad número V-17.055.728,quien manifestó estar dispuesto a rendir entrevista en relación al caso que se investiga y en consecuencia expone: "Bueno resulta ser que el día viernes 23/11/2012, aproximadamente a las 11 :00 horas de la noche, yo me encontraba en compañía de unos "" amigos de nombre ENDHER, FELIPE Y ALEXIS, estábamos tomando en la plaza Vargas de esta ciudad, pero aproximadamente a la 01:00 horas de la mañana llegaron cuatro suetos los cuales los conozco solo por los apodos CHICHU, EL GORDO, RINGA que se llama EL VIS Y el indio que se llama NORBERTO, quienes llegaron sin mediar palabras y comenzaron a darle golpe a ENDHER, ENDHER comenzó a defenderse también y luego CHUCHU saco un arma de fuego y le disparo dos veces a ENDHER y este cayó en el suelo, también apunto a FELIPE, luego los cuatros salieron corriendo del lugar. Es todo". SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO ENTREVISTA A LA ENTREVISTADA DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA ¿Diga usted, lugar, hora y fecha en que ocurrieron los hechos? CONTESTO: Eso ocurrió el día sábado 24/12/2012, a las 01:00 horas del a mañana aproximadamente, en la adyacencias de la plaza Vargas de esta ciudad". SEGUNDA PREGUNTA:¿Diga usted, datos filiatorios del ciudadano mencionado en su relato como ENDHER" CONTESTO: "él se llamaba ENDHER JOSE RODRIGUEZ MAURERA". TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, conocía de vista trato o comunicación al ciudadano ENDHER RODRIGUEZ hoy occiso? CONTESTO:"si lo conocía desde niño" CUARTA PREGUNTA:¿diga usted, al momento de que los sujetos apodados CHICHU, EL GORDO, RINGA que se llama ELVIS y el indio que se llama NORBERTO, abordaran al ciudadano ENDHER RODRIGUEZ llegaron a realizar algún comentario" .CONTESTO: "no, si le dijeron algo no escuche". QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento del motivo por el cuales tales sujetos les dispararon al ciudadano de nombre ENDHER RODRIGUEZ? CONTESTO:' '''No se la gente del sector dice que él tuvo un problemas horas antes con ellos": SEXTA PREGUNTA:¿Diga usted, datos filiatorios de los ciudadanos sujetos CHCHU, EL GORDO, RINGA que se llama EL VIS y el indio que se llama NORBER CONTESTO: "solo los conozco por esos apodos". SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, aporte características físicas y vestimenta que portaban al momento de suscitarse el hecho los sujetos apodados CHICHU, EL GORDO, RINGA que se llama EL VIS y el indio que se llama NORBERTO? CONTESTO:"CHUCHU es de tez: moreno, contextura fuerte, de unos 1,70 metros de estatura, de cabello corto, tipo crespo, color negro, de aproximadamente 19 años de edad, ese día tenia puesto como vestimenta un short, no recuerdo el color y andaba en cholas y guarda camisa blanca, el GORDO es de tez moreno, de cabello corto, tipo crespo, color negro, contextura gruesa, de unos 1-,75'metros de estatura aproximadamente, de unos 21 años de edad, vestía ese día con un jean de color, azul, no recuerdo su camisa, RINGA que se llama ELVIS, de tez blanca, cabello; corto tipo liso, color negro, contextura delgada, de estatura baja, de aproximadamente 21 años de edad y el INDIO NORBERTO es de tez moreno, contextura gruesa, cabello, liso, color negro, características de indio, de unos 1,76 metros de estatura aproximadamente, de unos 20 años de edad aproximadamente, el tenia puesto un jean de color azul y una guarda camisa negra". OCTAVA PREGUNTA:¿Diga usted, quien de los sujetos antes descrita efectuó los disparos al ciudadano de nombre ENDHER ~ RODRIGUEZ" CONTESTO: "CHUCHU". NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, ~ cuantos disparos efectuó dicho ciudadano? CONTESTO:"yo escuche dos disparos". DECIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, características del arma utilizada por dichos sujetos para dar muerte al ciudadano de nombre ENDHER RODRIGUEZ, hoy occiso? CONTESTO: "era una pistola negra" DECIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, donde pueden ser ubicados los sujetos CHICHU, EL GORDO, RINGA que se llama ELVIS y el indio que se llama NORBERTO? CONTESTO:"solo sé que viven en el barrio Alexis Marcano, de esta ciudad" DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, ha recibido algún tipo de amenaza de parte de dichos sujetos? CONTESTO:"por los momentos no", DE CIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene• conocimiento de cuál fue el problema que sostuvo el ciudadano ENDHER RODRIGUEZ, hoy occiso, con los sujetos CHICHU, EL GORDO, RINGA que se llama EL VIS Y el indio que se llama NORBERTO? CONTESTO: "supuestamente porque él les había llevado a la Guardia Nacional, eso fue lo que se escucho" DECIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, alguna otra persona en particular se percató de los hechos narrados? CONTESTO: "no" DECIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, medio utilizados por los sujetos CHICHU, EL GORDO, RINGA que se llama EL VIS Y el indio que se llama NORBERTO, para huir del lugar? CONTESTO: "salieron corriendo" DECIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, desde el día que ocurrieron los hechos hasta la presente fecha ha visto a los sujetos CHICHU, EL GORDO, RINGA que se:' llama ELVIS y el indio que se llama NORBERTO? CONTESTO: "no" DECIMA SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista CONTESTO: No es todo; 14.- ACTA DE ENTREVISTA: de fecha viernes 11 de enero de 20l3, compareció por ante este Despacho el Funcionario Agente de Investigación POLANCO ADAN, adscrito al Área de Investigaciones de este Despacho, quien estando debidamente juramentado y de conformidad con el artículo 1120 del Código Orgánico Procesal Penal, 100 y 2r de la Ley del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, deja constancia de la siguiente diligencia policial realizada: "Continuando con las Investigaciones relacionadas a las actas Procesales signadas con la nomenclatura K-12- 259-01703, iniciadas por ante esta Sub Delegación, por uno de los Delitos CONTRALAS PERSONAS (HOMICIDIO), se presentó previa boleta de citación el ciudadano: BERMUDEZ VELASQUEZ LUIS FELIPE, Venezolano, natural de Tucupita, Estado Delta Amacuro, de 31 años de edad, nacido en fecha: 05/08/1981, estado civil: Soltero, profesión u oficio: educador, laborando actualmente liceo de la comunidad de la horqueta, de esta ciudad, residenciado en avenida Arismendi, casa número 89, con fachada de color blanco y azul, Tucupita Estado Delta Amacuro, teléfono de ubicación: 0416.599.55.31, portador de la cédula de identidad número V-15.335.638, quien manifestó estar dispuesto a rendir entrevista en relación al caso que se investiga y en consecuencia expone: "Bueno resulta ser que el día viernes 23/12/2012, a las 11:30 horas de la noche aproximadamente me encontraba en compañía de tres amigos de nombre ALEXIS, ENDHER y EDDY, tomando licor en la plaza Vargas de esta ciudad, pero como a las 01 :30 horas de la mañana aproximadamente veo que viene un sujeto apodado el INDIO NORBERTO y RINGA EL VIS, yo me pare y le dio un empujón a el INDIO NORBERTO porque yo sabía que venían a golpear a ENDHER porque ellos horas antes habían tenido un Problema cuando le doy el empujón a el INDIO NORBERTO, le dije a ENDHER que corriera, pero cuando él se iba le salieron otros dos sujetos apodados CHUCHU y GORDO y comenzaron a darle golpes luego yo vaya tratar de hablar con CHUCHU porque yo le daba clases de fútbol a él, pero en eso le dio dos disparos a ENQDHER y luego me apunto a mí, después el gordo dijo que si hablábamos nos mataban y se fueron corriendo del lugar. Es todo". SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO ENTREVISTA A LA ENTREVISTADA DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha en que ocurrieron los hechos? CONTESTO: "eso ocurrió el día sábado 24/12/2012, a las 01:30 horas de la mañana aproximadamente, en la adyacencias de la plaza Vargas de esta ciudad". SEGUNDA PREGUNTA:¿Diga usted, datos filiatorios del ciudadano mencionado en su relato como ENDHER" CONTESTO:"él se llamaba ENDHER JOSE RODRIGUEZ MAURERA". TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, conocía de vista trato o comunicación al ciudadano ENDHER RODRIGUEZ hoy occiso? CONTESTO: "si lo conocía desde niño CUARTA PREGUNTA:¿diga usted, al momento de que los sujetos apodados CHICHU, EL GORDO, RINGA que se llama ELVIS y el indio que se' llamo NORBERTO, abordaran al ciudadano ENDHER RODRIGUEZ llegaron a realizara algún comentario" .CONTESTO: "no, porque yo le dije corre y él se fue que pasa es que lo paso CHUCHU". QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted tiene conocimiento del motivo por el cuales tales sujetos le dispararon al ciudadano de nombre ENDHER RODRIGUEZ? CONTESTO: "porque ENDHER parece que los mando a meter presos con unos Guardias Nacionales". SEXTA PREGUNTA:¿Diga usted, datos filiatorios de los ciudadanos sujetos CHICHU, EL GORDO, RINGA que se llama EL VIS Y el indio que se llama NORBERTO CONTESTO: "solo los conozco por esos apodos". SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, aporte características físicas y vestimenta que portaban al momento de suscitarse el hecho los sujetos apodados CHICHU, EL GORDO, RINGA que se llama ELVIS y el indio que se llama NORBERTO? CONTESTO:"CHUCHU es de tez: moreno, contextura fuerte; de unos - 1,70 metros de estatura, de cabello corto, tipo crespo, color negro, de aproximadamente. 19 año de edad, ese día tenia puesto como vestimenta un short, no recuerdo el color y andaba en cholas y guarda camisa blanca, el GORDO es de tez moreno, de cabello corto tipo crespo, color negro, contextura gruesa, de unos 1,75 metros de estatura aproximadamente, de unos 21 años de edad, vestía ese día con un jean de color azul, no recuerdo su camisa, RINGA que se llama EL VIS, de tez blanca, cabello, corto tipo liso, color negro, contextura delgada, de estatura baja, de aproximadamente 21 años de edad y el INDIO NORBERTO es de tez moreno, contextura gruesa, cabello, liso, color negro, características de indio, de unos 1,76 metros de estatura aproximadamente, de unos 20 años de edad aproximadamente, el tenia puesto un jean de color azul y una guarda camisa negra". OCTAVA PREGUNTA:¿Diga usted, quien de los sujetos antes descrita efectuó los disparos al ciudadano de nombre ENDHER RODRIGUEZ" CONTESTO:"CHUCHU". NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, cuantos disparos efectuó dicho ciudadano? CONTESTO:"yo escuche dos disparos". DECIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, características del arma utilizada por dichos sujetos para dar muerte al ciudadano de nombre ENDHER RODRIGUEZ, hoy occiso? CONTESTO: "era una pistola negra DECIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, donde pueden ser ubicados los sujetos CHICHU, EL GORDO, RINGA que se llama ELVIS y el indio que se llama NORBERTO? CONTESTO:"solo sé que viven en el barrio Alexis Marcano, de esta ciudad, la mama de Elvis le dicen la CHICHA, EL GORDO Y CHUCHU son hermanos la mama se llama BETTY, la casa es de color amarillo, en la segunda entrada del sector Alexis Marcano" DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, ha recibido algún tipo de amenaza de parte de dichos sujetos? CONTESTO: "nada más el día que mataron ENDHER que me dijeron que se hablábamos nos mataban", DECIMA TERCERA PREGUNTA:¿Diga usted, medio utilizados por los sujetos CHICHU, EL GORDO, RINGA que se llama EL VIS Y el indio que se llama NORBERTO, para huir del lugar? CONTESTO:"a pie" DE CIMA CUARTA PREGUNTA:¿Diga usted, desde el día que ocurrieron los hechos hasta la presente fecha ha visto a los sujetos CHICHU, EL GORDO, RINGA que se llama ELVIS y el indio que se llama NORBERTO? CONTESTO No DECIMA SEXTA PREGUNTA ¿Diga usted, desea Agregar algo más a la presente entrevista. CONTESTO: No es todo; 15.-ACTA DE INVESTIGACION PENAL: de fecha 14 de Enero del 2013 En esta misma fecha, siendo las (02:00) horas de la TARDE, compareció por ante este Despacho el Funcionario Agente de Investigación POLANCO ADAN, credencial 34530, adscrito al Área de Investigaciones de esta Sub Delegación, quien estando debidamente juramentado y de conformidad con el artículos 110, 111, 1120del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 34, 48, 49 Y 50 numeral Primero, del Decreto Rango, Valor y Fuerza de la Ley de la Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigaciones, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, y del Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forense, deja constancia de la siguiente diligencia policial realizada y en consecuencia expone: "Continuando con las investigaciones relacionadas a las actas procesales signadas con la nomenclatura K-12-0259-01703, iniciad"; por ante este Despacho, en fecha 24/11/2012, por uno de los Delitos CONTRA LAS \ PERSQNAS (HOMICIDIO) y remitido a la Fiscalía Superior del Ministerio Público de esta ciudad, en la misma fecha según oficio número 5808, donde figura como víctima el ciudadano quien en vida respondiera al nombre de: ENDHER JOSE RODRIGUEZ MAURERA, de 30 años de edad, cedula de identidad número V-15.335.991, plenamente identificado en actas anteriores y como investigados sujetos apodados EL INDIO NORBERTO, EL RINGA EL VIS, EL GORDO Y CHUCHU, sujetos de reconocida conducta delictual, azotes del sector Alexis Marcano de esta ciudad; una vez vista y leída entrevista a testigos presenciales y referenciales del hecho que nos ocupa, me traslade al área de sustentación de esta oficina, a fin de realizar una minuciosa búsqueda por ante el libro de causas y archivos llevados en dicha área, las posibles averiguaciones iniciadas donde figuren como investigados sujetos EL INDIO NORBERTO, EL RINGA EL VIS, EL GORDO Y CHUCHU, una vez en dicha área sostuve entrevista con la funcionario experto técnico ARACEL YS DOMINGUEZ, a quien imponerle el motivo de mi presencia en dicha área y luego de que la misma realzara una búsqueda por libros y archivos llevados en la referida oficina, manifestó que por ante este oficina se le dio inicio a las siguientes averiguaciones: 01.- Expediente: K-12-0259-00559, de fecha 24/04/2012, delito fuga de detenido, 02.- Expediente: k-12-0259-00521, de fecha 22/04/2012, delito fuga de detenidos, 03.- k-12-0259-0259-00124; défecha 30/0112012, delito fuga de detenidos, 04.- expediente: k-ll-0259-00803, de fecha 29712/,20H; delito porte ilícito de arma de fuego y k-11-0259-00757, de fecha 22/12/2011, delito fuga de detenidos, figura como investigado un adolescente apodado "CHUCHU", identificado de la SIGUIENTE IDENTIDAD OMITIDA;de igual manera manifestó que por ante esta oficina se le dio inicio a la averiguación signada con la nomenclatura: 1-089923, de fecha 25/03/2010, iniciada por uno de los delitos previstos y sancionados en la LEY ORGÁNICA DE DROGAS, figura como investigado un ciudadano apodado "EL GORDO" identificado de la siguiente manera: RAMIREZ YANEZ JOSE LUIS, venezolano, natural de Tucupita, de 21 años de edad, nacido en fecha 12/07/1991, de estado civil soltero, de profesión u oficio no definida, residenciado en el sector Alexis Marcano, calle 02, casa sin número, de esta ciudad, titular de la cedula de identidad numero V-23.016.980; es de hacer constar que el adolescente de nombre IDENTIDAD OMITIDA y el ciudadano de nombre: JOSE LUIS RAMIREZ YANEZ, apodado el gordo son hermanos, de reconocida conducta delictual, azotes el sector donde residen de igual manera la referida funcionaria informo que en la averiguación signada con la nomenclatura K-13-0259-00001, iniciada por ante esta sub delegación en fecha 0110112013, por uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS (HOMICIDIO) Y remitida en a la Fiscalía Superior del Ministerio Publico de esta ciudad en la misma fecha según oficio número 0020, donde figura como víctima el ciudadano quien en vida respondiera al nombre de JOSE GABRIEL CEDEÑO, de 26 años de edad, cedula de identidad V-17.524.540; figura como investigado un ciudadano apodado ''EL INDIO NORBERTO", identificado de la siguiente manera: RODRIGUEZ ROJAS NORBERTO JOSE, Venezolano, natural de esta ciudad, de 18 años de edad, nacido en fecha 28/03/1994, soltero, de profesión u oficio no definida, residenciado en el sector Alexis Marcano, calle principal, específicamente frente al puente de hierro del sector, casa sin número, con fachada de color azul, de esta ciudad, cedula de identidad número V-21.676.150;ciudadano que el pasado primero de enero de del año en curso, diera muerte al ciudadano antes JOSE GABRIEL CEDEÑO, con la ayuda de un arma blanca tipo cuchillo. Hecho ocurrido en el sector Alexis Marcano, específicamente detrás del auditorio AORIWAKANOCO, de esta ciudad, el día martes 0110112013, en horas de la madrugada, es hacer constar que el adolecente y dos ciudadanos antes identificados, en compañía de otro sujeto apoda ringa, de nombre ELVIS JOSE RAMIREZ, el paso viernes 23/12/2012, a las 01:30 horas dé la mañana aproximadamente según testimonio de testigos presenciales del hecho, emboscaron y golpearon al ciudadano de nombre ENDHER JOSE RODRIGUEZ MAURERA, de 30 años de edad, cedula de identidad número V-15.335.991, victima en la presente causa, para que posteriormente el adolecente apodado CHUCHU de nombre IDENTIDAD OMITIDA, le efectuara dos disparos causándole la muerte a dicho ciudadano. Hecho ocurrido en la plaza Vargas de esta ciudad el día viernes 23/12/2012, a las 01 :30 horas de la mañana aproximadamente, acto seguido me traslade hasta el área técnica de esta sub delegación a fin de verificar los datos del adolescente y ciudadanos antes mencionados, así como los posibles registros u solicitudes que pudieran presentar por ante nuestro Sistema Integrado de Información Policial (S.I.I.P.O.L), donde luego de ingresar los datos en el computador, este arrojo como resultado que los datos si les corresponden y su vez que solo el adolescente: JESUS MIGUEL RAMIREZ YANEZ y su hermano de nombre: JOSE LUIS RAMIREZ YANEZ, presentan los siguientes registros policiales: IDENTIDAD OMITIDA: 01.- Expediente: K-12-0259-00559, de fecha 24/04/2012, delito FUGA DE DETENIDOS, 02.- Expediente: K-12-0259-00521, de fecha 22/04/2012, delito FUGA DE DETENIDOS, 03.- K-12-0259-0259-00124, de fecha 30/0112.012, delito FUGA DE DETENIDOS, 04.- Expediente: K-I1-0259-00803, de fecha 29/12/2011, delito PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO Y K-11-0259-00757, de fecha 22/12/2011, delito FUGA DE DETENIDOS, de igual manera el referido adolescente se encuentra SOLICITADO, según oficio 1313-2012, de fecha 18/09/2012, emanado del Tribunal de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal y el ciudadano: JOSE LUIS RAMIREZ YANEZS: Expediente: 1-089923, de fecha 25/03/2010, iniciada por ante esta sub delegación por uno de los delitos previstos y sancionados en la LEY ORGÁNICA DE DROGAS, de igual manera que el ciudadano: RODRIGUEZ ROJAS NORBERTO JOSE, de 18 años de edad, cedula de identidad número V -21.676.150, no presenta registro ni solicitud alguna, no obstante, figura como investigado en las actas procesales signadas con la nomenclatura K-13-0259-0001, de fecha 01/01/2013 iniciadas por antes está sub delegación por uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS (HOMICIDIO) de igual forma se deja constancia de haber verificado al ciudadano ELVIS JPOSE RAMIREZ apodado EL RINGA por sus nombres y apellido por ante dicho sistema arrojando como resultado que dichos datos no registran ante el mismo una vez culminadas dichas diligencias se le informo a la superioridad procediendo a plasmar las misma en la presente acta de investigación es todo.-
La Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes, consagra el derecho que tiene el adolescente de presumirse inocente de conformidad con el artículo 540, así como responderá del hecho en la medida de su culpabilidad como lo dispone el Artículo 528 ejusdem, así mismo en concordancia con lo establecido en el artículo 37 de la Convención de los Derechos del Niño que estatuye lo siguiente: “…La detención, encarcelamiento o la prisión de un niño se llevará a cabo de conformidad con la ley y se utilizará tan solo como medida de último recurso y durante el periodo más breve que proceda…” (subrayado nuestro); además el delito imputado es de los que ameritan medida privativa de libertad de conformidad a lo establecido en el artículo 628 parágrafo segundo, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes, y existe orden de aprehensión emitida en contra de el adolescente, de conformidad a lo establecido en el artículo 236 ordinales 1°, 2°, 3°; en relación con los artículos 237 ordinales 2, 3, 4 y 5, Y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, por expresa remisión de lo establecido en el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, considera este Tribunal acordar la Medida de detención para asegurar la comparecencia a la Audiencia preliminar, de conformidad con lo establecido en el Articulo 559, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. El sitio de reclusión será la sede de la Policía del Estado Delta Amacuro.
La Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes, consagra el derecho que tiene el adolescente de presumirse inocente de conformidad con el artículo 540, así como responderá del hecho en la medida de su culpabilidad como lo dispone el Artículo 528 ejusdem, es por ello que por cuanto faltan actuaciones que esclarezcan el hecho se sustancie el presente asunto por vía del Procedimiento Ordinario.
Así mismo procede la realización de estudios por parte del equipo multidisciplinario.
Considera este Juzgador la necesidad de acumular física y sistemáticamente el Asunto YP01-D-2013-000015 en el Asunto YP01-D-2013-000013, por guardar relación y tratarse del mismo imputado, y guardar relación con las investigaciones de la nomenclatura K-12-0259-01703, quedando como Asunto Principal el YP01-D-2013-000013.
Por todos los razonamientos antes expresados, este Tribunal Primero de Control de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley pasa a decidir de la siguiente manera: PRIMERO: Por cuanto se observa que aún faltan diligencias por practicar de interés criminalístico, se acuerda proseguir la Causa por la vía del Procedimiento Ordinario. SEGUNDO: Se decreta a favor del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE COSA PROVENIENTE DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal Venezolano Vigente y Ocultamiento de Armas y Explosivos, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Penal y HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el Articulo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano: ENDHER JOSE RODRIGUEZ MAURERA (OCCISO), Medida de detención para asegurar la comparecencia a la Audiencia preliminar, de conformidad con lo establecido en el Articulo 559, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. El sitio de reclusión será la sede de la Policía del Estado Delta Amacuro. TERCERO: Remítase el Presente Asunto al Ministerio Público, en el lapso legal correspondiente a los fines de que continué con las investigaciones del caso. CUARTO: Ofíciese a la trabajadora social para que el adolescente sea evaluado por el equipo multidisciplinario. QUINTO: Acumular física y sistemáticamente el Asunto YP01-D-2013-000015 en el Asunto YP01-D-2013-000013, por guardar relación y tratarse del mismo imputado, y guardar relación con las investigaciones de la nomenclatura K-12-0259-01703, quedando como Asunto Principal el YP01-D-2013-000013. SEXTO: Ofíciese a la Dirección de la Entidad de Atención Varones Tucupita a objeto de informar sobre la presente decisión, asimismo en el sentido de hacer efectivo el traslado del Adolescente hasta su sitio de reclusión, la sede de la Policía del Estado Delta Amacuro. Ofíciese a la Comandancia de la Policía. SEPTIMO: De acuerdo al principio de conexidad, remitir copias certificadas de la presente Acta al Tribunal de Control Nº 3 Ordinario, así mismo solicitar al mencionado Tribunal que remita Copia Certificada de la Audiencia de Presentación de Imputados. OCTAVO: Por cuanto en las actuaciones del presente asunto el adolescente aparece en el Sistema computarizado SIIPOL como SOLICITADO por el Tribunal de Ejecución Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Expediente YP01-D-2010-000076, de fecha 18/08/2012, notifíquese al Tribunal de Ejecución de la detención del adolescente. Expídanse las copias solicitadas por las partes. Es todo.” Siendo las 10:40 AM, horas de la mañana, se dio por terminada la presente Audiencia. Terminó, se leyó y conformes firman.
Regístrese, publíquese y déjese copia.
LA JUEZA SUPLENTE ESPECIAL

ABG. MAYURI SALAZAR ROMERO
EL SECRETARIO,

ABG. JESUS GUERRA