REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro
Jueza Provisorio del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del
Estado Delta Amacuro.
Tucupita, diecinueve de junio de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: YP11-V-2013-000028
Visto que en la oportunidad para la celebración del el INICIO DE LA FASE DE SUSTANCIACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, con motivo de la Preparación de Pruebas en el Asunto YP11-V-2013-000028, contentivo del procedimiento de Ofrecimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, interpuesto por el Ciudadano SAYED BAYEH, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.744.293, domiciliado en la Comunidad de Clavellina, Casa S/N, cerca de la Bomba de Agua, de esta ciudad de Tucupita Estado Delta Amacuro; en contra del Ciudadano SAYED BAYEH, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.744.293, residenciado en Calle Manamo, Nro. 10, de esta Ciudad de Tucupita, Estado Delta Amacuro, en contra de la Ciudadana ERIKA GABRIELA DEL CORRAL DE BAYEH, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.337.775, residenciada en la siguiente dirección: Calle Pativilca, Nro. 79, de esta Ciudad de Tucupita, Estado Delta Amacuro, en beneficio de los Adolescentes y la niña (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) y (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de 13, 12 y 05 años de edad respectivamente. Vista la incomparecencia de los Ciudadanos SAYED BAYEH, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.744.293, residenciado en Calle Manamo, Nro. 10, de esta Ciudad de Tucupita, Estado Delta Amacuro, parte demandante y la ciudadana ERIKA GABRIELA DEL CORRAL DE BAYEH, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.337.775, residenciada en la siguiente dirección: Calle Pativilca, Nro. 79, de esta Ciudad de Tucupita, Estado Delta Amacuro, parte demandada no comparecieron al inicio de la Fase de Sustanciación de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado Judicial, es por lo que de conformidad a lo establecido al artículo 477 último aparte de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, resuelve dar por DESISTIDO el presente asunto por incomparecencia de las partes; igualmente se le advierte al demandante que no podrá presentar nuevamente su solicitud antes de que transcurra un mes a contar de la presente fecha, se acuerda la devolución de las originales a la parte demandante, dejando en su lugar copia debidamente certificada por Secretaría y por cuanto no hay controversia alguna que dirimir se acuerda el cierre del presente asunto y su posterior remisión al archivo regional inactivo. Cúmplase.
La Jueza Provisoria,


Abg. Vilma Martorelli
El Secretario Judicial



Hora de Emisión: 11:21 AM
Asistente que realizo la actuación: V.M.
YP11-V-2013-000028