REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN DE L.O.P.N.A

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro
Tucupita, 7 de febrero de 2013
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : YP01-D-2009-000043
ASUNTO : YP01-D-2009-000043


RESOLUCIÓN 1EL-016-2013

JUEZA UNICA DE EJECUCION: SAMANDA MARIA YÉMES GONZÁLEZ

IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
FISCALA QUINTA DEL MINISTERIO PÚBLICO: VILMA VALERO
DEFENSORA PÚBLICA: LEDA MEJIAS NUÑEZ
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
DELITO: VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre los Derechos de la Mujer a una vida libre de violencia.
VICTIMA: El Estado Venezolano.


Antecedentes:

Designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia bajo Oficio Nº 11-0248 de fecha 02/02/2011 como Juez de Primera Instancia para la Responsabilidad Penal de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro y asumido como ha sido el cargo de Jueza de Primera Instancia en función de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, ME ABOCO al conocimiento de la presente causa.

Y revisadas las actas que conforman la presente causa, sobre la base del artículo 646 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con la función de controlar el cumplimiento de las medidas impuestas y resolver cuestiones que se susciten en el cumplimiento de la sanción, se observa que en fecha 7 de Junio de 2012, se le impuso de la sanción al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, sancionado por la comisión del delito VIOLENCIA FISICA, en perjuicio de IDENTIDAD OMITIDA, imponiéndosele la medida de REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA por espacio de UN (01) AÑO y SERVICIO COMUNITARIO por espacio de SEIS (6) MESES todas de cumplimiento simultáneo, debiendo el mismo cumplir dichas medidas en el IDENA, CENTRO DE FORMACION SOCIO EDUCATIVO DEL ESTADO DELTA AMACURO, observándose que el último oficio dirigido a este Tribunal por parte del IDENA, informando sobre el cumplimiento de la sanción del joven IDENTIDAD OMITIDA habiendo transcurrido hasta la presente fecha 07/02/2013 un lapso de SEIS (6) MESES y VEINTIOCHO (28) DIAS, sin que se tenga información al respecto. Este Tribunal Único de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, considera que lo más prudente y ajustado a derecho es enviar comunicación a la ciudadana YADIRA MEDINA en su condición de Coordinadora del Centro de Formación Socio Educativa del Estado Delta Amacuro, con la finalidad que remita a la brevedad posible informe a este Tribunal sobre el cumplimiento de la sanción del joven IDENTIDAD OMITIDA. Líbrese lo conducente. CUMPLASE.-
La Jueza Única de Ejecución

SAMANDA MARIA YEMES GONZALEZ

El Secretario,


JAVIER ALVAREZ OLIVO