REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del
Estado Delta Amacuro.
Tucupita, cinco (05) de noviembre de dos mil trece (2013)
203º y 154º
ASUNTO: YP11-J-2013-000214
Vista las anteriores actuaciones solicitadas por interpuesto por los ciudadanos: NERSIMAR DEL VALLE IDROGO BERRA, CELINER VERONICA IDROGO BERRA, YENNY GREGORIA YDROGO BERRA, y NELSON JOSE IDROGO CARRASCO, quien actúa en representación de las Adolescentes (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) y (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de 15 y 14 años de edad respectivamente; venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros.V-17.526.449; V-19.858.078; V-19.858.079; V-9.859.933; V-25.926.995 y V-27.802.385, de quince (15) y trece (13) años de edad respectivamente las dos últimas, promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de los testigos, Ciudadanos ISMARILY JOSEFINA GONZALEZ ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad NºV-11.209.977, domiciliada en la Urbanización Delfín Mendoza, Sector Las Pumalacas, Transversal 2, Casa S/N, de esta ciudad de Tucupita Estado Delta Amacuro y VICTOR ALFONZO TRINITARIO FIGUEREDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.803.692, domiciliado en la Urbanización Delfín Mendoza, Sector Las Pumalacas, Transversal 2, Casa S/N, de esta ciudad de Tucupita Estado Delta Amacuro, en su orden, y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, de conformidad con lo establecido en los artículos 177, parágrafo segundo, literal “k” y 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y los artículos 937 del Código de Procedimiento Civil conformidad con el artículo y los artículos 822 y 823 del Código Civil, salvo derechos de terceros, Resuelve: Declarar Bastantes las probanzas evacuadas, para acreditar a favor del ciudadano: NELSON JOSE IDROGO CARRASCO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°V-9.859.933, en su condición de cónyuge; las ciudadanas y las Adolescentes: NERSIMAR DEL VALLE IDROGO BERRA, CELINER VERONICA IDROGO BERRA, YENNY GREGORIA YDROGO BERRA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-17.526.449, V-19.858.078 y V- 19.858.079 y las Adolescentes: (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) y (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de quince (15) y trece (13) años de edad respectivamente titulares de las cédulas de identidad Nros. V-25.926.995 y V-27.802.385, en sus condiciones de hijas, la cualidad que tienen de Únicos y Universales Herederos, de quien en vida respondiera al nombre de: GREGORIA DEL VALLE BERRA, venezolana, casada, quien fuese en vida titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.858.375, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales con sus resultas dejando copia debidamente certificada en el archivo de este Tribunal. Cúmplase.
La Jueza Provisoria,
Abg. Vilma Martorelli
El Secretario Judicial
Hora de Emisión: 9:46 AM
Asistente que realizo la actuación: V.M.
YP11-J-2013-000214