REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones con Competencia Múltiple, en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario, Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y Constitucional del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro
Tucupita, 29 de Agosto de 2014
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : YP01-P-2013-007617
ASUNTO : YP01-R-2014-000177
JUEZ SUPERIOR PONENTE: RUBEN DARIO GUTIERREZ ROJAS.
RECURRENTE: ABG. HERNAN TRUJILLO BOADA, Y LUIS J. GONZALEZ C. DEFENSORES PRIVADOS.
CONTRARECURRENTE: ABG. VILMA VALERO, FISCAL QUINTA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO DELTA AMACURO.
IMPUTADO: ROBERT RAMON MORENO MORA.
VICTIMA: OMITIDO POR SER ADOLESCENTE, de conformidad con lo establecido en los artículos 65 y 545 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
DELITO: ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, previsto y sancionado en el artículo 44 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia.
MOTIVO: RECURSO DE APELACION DE SENTENCIA
RECURRIDA: DECISIÓN DICTADA EN FECHA VEINTIOCHO (28) DE JULIO DE 2014, PROCEDENTE DEL TRIBUNAL ITINERANTE EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 1, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO.






ANTECEDENTES
En fecha 27 de agosto de 2014 se recibió comunicación signada con el Nº 802-2014 de fecha 20 de Agosto de 2014, procedente del TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO ITINERANTE Nro. 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, a través de la cual remite a esta Alzada, Recurso de Apelación de Sentencias, Con Detenido, interpuesto por los Abg. HERNAN TRUJILLO Y LUIS J., GONZALEZ, DEFENSORES PRIVADOR, en contra de la Decisión del día 28 de Julio de 2014 y debidamente publicada en fecha 08 de Agosto de 2014, emitida por el referido TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO ITINERANTE Nro. 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, en el Asunto Signado con el Nro. YP01-P-2013-007617, en la cual aparece como acusado el ciudadano ADELAIDA DEL VALLE CABRERA PIAMO. En consecuencia este Tribunal Colegiado ACUERDA: Darle entrada al mencionado recurso, registrarlo en los Libros correspondientes. Previa distribución informática efectuada por el Sistema de Gestión, Decisión y Documentación Juris2000, se designa como Ponente para el conocimiento y decisión del presente recurso al Juez Superior Titular RUBEN DARIO GUTIERREZ ROJAS

DE LA DECISIÓN RECURRIDA.

El TRIBUNAL ITINERANTE EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 1, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO. Dictó la siguiente decisión en fecha 28 de Julio de 2014, en los siguientes términos:
(Sic) “…este Tribunal de Juicio Itinerante Nº 01 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y conforme a lo previsto en el artículo 347 y 348 del código orgánico procesal penal, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CULPABLE al ciudadano: HECTOR JOSE MORENO MARCANO, de la comisión del delito de ACTO CARNAL previsto y sancionado en el artículo 378 del código penal venezolano y como consecuencia de ello SE CONDENA A CUMPLIR LA PENA DE 01 AÑO DE PRISION, se declara el cese de la medida privativa de libertad, quedando en libertad desde la sala de audiencias, al ser condenado a una pena inferior a los 05 años. SEGUNDO: En relación a la ciudadana: ADELAIDA DEL VALLE CABRERA, SE DECLARA CULPABLE, del delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, en grado de COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el articulo 44 numerales 1 y 2 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de la Mujer a Una Vida Libre de Violencia, en consecuencia se condena a cumplir la pena de 08 años de prisión mas las penas accesorias de ley, se declara el cese inmediato de la medida de arresto domiciliario. Líbrese boleta de encarcelación al comandante de la policía del Estado Delta Amacuro. TERCERO: En cuanto al ciudadano: ROBERT MORENO, titular de la cedula de identidad Nº V- 14.115.446, este tribunal lo declara CULPABLE de la comisión del delito de: ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE previsto y sancionado en el articulo 44 numerales 1 y 2 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de la Mujer a Una Vida Libre de Violencia. En consecuencia lo condena a cumplir la pena de 17 AÑOS 06 meses de prisión más las penas accesorias de ley. Líbrese boleta de encarcelación. Ofíciese lo conducente. CUARTO Se Ordena la remisión de la presente causa, al tribunal de ejecución. QUINTO: Se acuerdan las copias solicitadas por las partes. SEXTO: Quedan las partes presentes debidamente notificadas de la presente decisión. SEPTIMO: se exonera a las partes al pago de las costas procesales. Es todo, terminó, se leyó y estando conformes firman.


ADMISION DEL RECURSO DE APELACION.

Los abogados. Abg. HERNAN TRUJILLO Y LUIS J., GONZALEZ, DEFENSORES PRIVADOS DE ESTE ESTADO Ejerció recurso de apelación, contra la decisión dictada en fecha veintiocho (28) de julio de 2014, procedente del TRIBUNAL ITINERANTE EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 1, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO. Ahora bien, revisadas las actuaciones que nos ocupan, la Sala observa que, a tenor de lo dispuesto en el artículo 108 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el cual establece lo siguiente:
:”Contra la decisión dictada en la audiencia oral se interpondrá recurso de apelación ante el tribunal que la dicto y podrá ser ejercido dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de la publicación del texto integro del fallo…
Se observa del acta de la revisión de los cómputos y se extrae lo siguiente:
Fecha de Culminación del Juicio Oral y Público: 28-07-2014
Fecha de la Publicación de la Sentencia o Texto Integro: 08-08-2014
Fecha de la Imposición de la Sentencia: 08-08-2014
Julio 2014: (Días: 29, 30 y 31)
Sub. Total, 03 días.
Agosto 2014 (Días: 01 y 04)
Sub. Total: 02 Días.
Total: 05 días.
Fecha de la Publicación de la Sentencia o Texto Integro: 08-08-2014
(Días para interponer Recurso de Apelación de Sentencia Definitiva
Art. 108 la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida
Libre de Violencia: 03 días hábiles.
Agosto 2014 (Días: 11, 12 y 13)
Fecha de Interposición del Recurso de Apelación de Sentencia Definitiva por parte de la Defensa Privada Abgs. HERNAN TRUJILLO BOADA y LUIS J. GONZALEZ C.: 15/08/2014 (subrayado de esta corte).
Tomando en consideración los cómputos realizados por el tribunal y verificado como han sido los lapsos establecidos por el ordenamiento jurídico, observa la Sala que el recurso de apelación interpuesto por los defensores privados HERNAN TRUJILLO BOADA y LUIS J. GONZALEZ C., fue consignado una vez agotado el lapso previsto en el procedimiento especial dispuesto en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, como consecuencia de ello, la Sala debe declarar inadmisible por extemporáneo dicho recurso, y así se declara.





DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Delta Amacuro con Competencia Múltiple, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley Declara INADMISIBLE el Recurso de Apelación, ejercido por los Abg. HERNAN TRUJILLO Y LUIS J., GONZALEZ DEFENSORES PRIVADOS DE ESTE ESTADO contra la decisión dictada en fecha veintiocho (28) de julio de 2014, procedente del TRIBUNAL ITINERANTE EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 1, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO.
Regístrese. Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Delta Amacuro, a los veintinueve (29) días del mes de Agosto de Dos mil catorce (2014). AÑOS: 204° de la Independencia y 155° de la Federación.

El Juez Presidente (Ponente),

RUBEN DARIO GUTIERREZ ROJAS
La Jueza Superior,

NORISOL MORENO ROMERO

El Juez Superior,

ALEXIS ENRIQUE DIAZ LEON
La Secretaria,

NEDDA RODRIGUEZ NAVAS

RECURSO Nº YP01-R-2014-000177