REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de Tucupita Estado Delta Amacuro.
Tucupita, cinco de febrero de dos mil catorce
203º y 154º
ASUNTO: YP11-J-2014-000021
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, contentivo de CONVENIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, suscrito por los Ciudadanos MARCOS JOSUE RIVERA PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 18.657.130, residenciado en la Urbanización Hacienda del Medio, vereda No. 31, casa numero 12, de esta ciudad, teléfono: 0424-9599489 y YELISMAR DEL CARMEN MATHEUS SANCHEZ, quien es Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.082.611, residenciada en la Urbanización Hacienda del Medio, calle numero 02, casa numero 10, de esta ciudad, teléfono: 0424-9407488, convenimiento éste suscrito por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público del Estado Delta Amacuro, en fecha 27 de Enero de 2014, en beneficio de su hijo (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de tres (03) años de edad. El referido convenimiento, fue suscrito por los ciudadanos antes identificados en los siguientes términos: “El padre se compromete a suministrar a su hijo, las siguientes cantidades de dinero:
PRIMERO: El padre Ciudadano MARCOS JOSUE RIVERA PARRA, se compromete a sufragar por concepto de Obligación de Manutención la suma de NOVECIENTOS BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 900,00), mensuales, los cuales serán depositados a la madre, en la cuenta de ahorro del Banco de Venezuela, Nro. 01020629430000019321, a partir del 31 de enero 2014.
SEGUNDO: El padre, se compromete para el 15 de diciembre de cada año entregar la cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 4.000,00) destinados a la compra de ropas, calzados y juguetes.
TERCERO: El padre se compromete a pagar el Cincuenta por Ciento (50%) de los gastos que se generen por conceptos de compras de medicina y pago de honorarios médicos, previa presentación de facturas.
CUARTO: El padre se compromete a pagar el Cincuenta por Ciento (50%) de los útiles y uniformes escolares, para el 15 de septiembre de cada año
QUINTO: el padre se compromete a aumentar la obligación de manutención en un veinte por ciento (20%) anual.
Ahora bien, visto que el acuerdo suscrito por los padres respecto a su hijo, no es contrario a derecho ni lesionan sus intereses legítimos, al contrario satisface el derecho que les asisten a un nivel de vida adecuada dentro de las posibilidades de sus progenitores, previsto en el artículo 30 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8, 30, 365, 366 encabezamiento y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACIÓN correspondiente, adquiriendo efectos de sentencia definitivamente firme y ejecutoriada. A tal efecto, expídanse las copias certificadas que las partes soliciten una vez que sean consignadas las respectivas copias, guardando el original del presente convenimiento en el Archivo Sede de este Tribunal. De igual manera, devuélvase acta de convenimiento, debidamente certificada al Fiscal Cuarto del Ministerio Público de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con inserción de la presente Resolución Homologatoria.
La Jueza Provisoria,
Abg. Vilma Martorelli
El Secretario
Hora de Emisión: 11:56 AM
Asistente que realizo la actuación:
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