REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro
Tucupita, diez de marzo de dos mil catorce
203º y 155º
ASUNTO : YP21-L-2013-000033
SENTENCIA
AUDIENCIA DE PROLONGACION DE
AUDIENCIA PRELIMINAR
ACTA DE DESISTIMIENTO
Nº DE EXPEDIENTE: YP21-L-2013-000033
PARTE ACTORA: LUIS ALEXANDER IDROGO, JUAN MORENO, JESUS MORENO, ROSABETT LUCRECIA RAMOS MENDOZA, NICANOR LOPEZ, PEDRO RAFAEL IDROGO, EULINYS MARGARITA GOMEZ GONZALEZ, CARLOS ANTONIO BERMUDEZ ALVARADO, LEONORYS DEL CARMEN CAMEJO GONZALEZ, PEDRO RAFAEL IDROGO IDROGO, JOSE GREGORIO MENDOZA, YOIMER JOSE DANGLA, DELNIO JESUS BERMUDEZ ALVARADO, NANCI JOSEFINA GONZALEZ y LORENZO QUIROZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nº 14.223.739, 22.792.134, 22.790.363, 9.681.896, 22.790.164, 8.927.535, 17.053.399, 23.256.816, 18.385.077, 21.675.653, 11.207.513, 14.488.913, 12.547.382, 9.948.706 y 22.790.317 respectivamente,
APODERADO JUDICIAL CARLOS AGERVIS ZAMBRANO Y JOSÉ GREGORIO CIEGLER, inscrito en los Inpreabogados bajo los Nros 52.582 y 98.087respectivamente.
PARTE DEMANDADA: EMPRESA MERCANTIL MANACA ORINOCO, C.A.;
REPRESENTANTE DE LA PARTE DEMANDA: ciudadanos AHMAD MANSOUR y HUSEIN MANSOUR cedulas de identidad Nros. 9.423.653 y 12.647.821 respectivamente.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA Abogado WUINFRE RAFAEL CEDEÑO VILLEGAS, inscrito en el inpreabogado bajo el número 77.615.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Siendo las once de la mañana (11:00a.m.) del día de hoy diez (10) de marzo de 2014, comparecen ante este despacho, el abogado WUINFRE RAFAEL CEDEÑO VILLEGAS, inscrito en el inpreabogado bajo el número 77.615.; quien es el apoderado judicial de la parte demandada EMPRESA MERCANTIL MANACA ORINOCO, C.A.; asimismo se deja expresa constancia de la no comparecencia de la parte actora ciudadanos LUIS ALEXANDER IDROGO, JUAN MORENO, JESUS MORENO, ROSABETT LUCRECIA RAMOS MENDOZA, NICANOR LOPEZ, PEDRO RAFAEL IDROGO, EULINYS MARGARITA GOMEZ GONZALEZ, CARLOS ANTONIO BERMUDEZ ALVARADO, LEONORYS DEL CARMEN CAMEJO GONZALEZ, PEDRO RAFAEL IDROGO IDROGO, JOSE GREGORIO MENDOZA, YOIMER JOSE DANGLA, DELNIO JESUS BERMUDEZ ALVARADO, NANCI JOSEFINA GONZALEZ y LORENZO QUIROZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nº 14.223.739, 22.792.134, 22.790.363, 9.681.896, 22.790.164, 8.927.535, 17.053.399, 23.256.816, 18.385.077, 21.675.653, 11.207.513, 14.488.913, 12.547.382, 9.948.706 y 22.790.317 respectivamente, ni por si ni por apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 203 ° y 155 °. Se entrega en este acto copia de la presente acta a la parte demandada. Es todo.
LA JUEZA PROVISORIA
Abg. YULIBEL PAREJO
Apoderada Judicial de la Parte Demanda
Hora de Emisión: 11:22 AM
Asistente que realizo la actuación: YEPM
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