REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del
Estado Delta Amacuro.
Tucupita, diecinueve (19) de mayo de dos mil catorce (2014)
204º y 155º
ASUNTO: YP11-J-2014-000118
Visto que en la Audiencia Única Conciliatoria, del presente asunto signado con el Nro. YP11-J-2014-000118, contentivo del procedimiento de DIVORCIO 185-A, interpuesto por los Ciudadanos JOSE ANTONIO GONZALEZ MARRON y MIGDALIA DEL CARMEN SARABIA RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 8.309.990 y V- 14.115.679, respectivamente, Ambos de este domicilio, visto que los Ciudadanos precitados no comparecieron a la Audiencia Única Conciliatoria, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara: DESISTIDO el presente asunto de DIVORCIO 185-A; igualmente se le advierte las partes solicitantes ciudadanos JOSE ANTONIO GONZALEZ MARRON y MIGDALIA DEL CARMEN SARABIA RODRIGUEZ, que no podrán presentar nuevamente la presente solicitud antes de que transcurra un mes a contar de la presente fecha, se acuerda el cierre del presente asunto y su posterior remisión al archivo regional inactivo. Cúmplase.
El Juez Temporal,
Abg. Danny Alejandro Malavè Ramos
El Secretario
Hora de Emisión: 2:01 PM
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