REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Edo Delta Amacuro.
Tucupita, 10 de diciembre de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : YP01-P-2014-004622
ASUNTO YP01-P-2014-004622
RESOLUCION No. 437.-
IDENTIFICACION DEL TRIBUNAL
JUEZ: ABG. ALEXIS DIAZ LEON
LA SECRETARIA: ABOG. MARIA RAMIREZ
IDENTIFICACION DE LAS PARTES
FISCALIA: Abg. YUNIRAY LUGO, Fiscal Séptimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, con competencia en ejecución de sentencias y ejecución.
Abg. LAURIE ALSINA Defensora Pública Penal adscrita a la Defensa Pública del estado Delta Amacuro.
PENADOS: PEDRO SIMON PIÑERO PACHECO, TONI ALEJANDRO BASTARDO, WILFREDO GERMAN BERIA, NOEL JOSE COTUA,ABNER JOSE CEDEÑO PAEZ, JESUS RAFALE CEDEÑO ZARAGOZA, HERMOIGINES PIÑERO VASQUEZ y FRANCISCO ANTONIO QUIJADA PAEZ.
DELITO: CONTRABANDO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 20 numeral 1 y 8 de la Ley contra el delito de Contrabando, y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto en el artículo 37 de la Ley Orgánica sobre la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
VICTIMA: La Colectividad.
PENA: CUATRO (04) AÑOS Y SEIS (06) MESE DE PRISION.
Vista la solicitud presentada por el abg. RODRIGO ELIZONDO, en su carcter de defensor publico de los penados: PEDRO SIMON PACHECO PIÑERO, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.132.844, natural de esta Ciudad, fecha de nacimiento 24/07/1977, grado de instrucción bachiller en ciencias, oficio Técnico Refractario, residenciado La Isla de Tórtola, cerca de la Escuela, Municipio Casacoima – Estado Delta Amacuro; TONI ALEJANDRO BASTARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.905.870, natural de Tucupita, fecha de nacimiento 11/12/1976, grado de instrucción seco grado, de oficio Pescador, residenciado en la isla de Tórtola, arriba de Escuela y la Iglesia Evangélica que está allí, Municipio Casacoima – Estado Delta Amacuro; WILFREDO GERMAN BERIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-25.353.679, natural de Nayara, Municipio Antonio Díaz – Estado Delta Amacuro, fecha de nacimiento 01/02/1992, grado de instrucción 2do grado, oficio pescador, residenciado en Isla de Tórtola, más arriba de la Escuela, Municipio Casacoima – Estado Delta Amacuro; NOEL JOSÉ COTUA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de 18.386.442, natural de Tucupita, fecha de nacimiento 07/03/1985, , grado de instrucción primer año de bachillerato, de ocupación pescador y agricultor, residenciado en Isla de Tórtola, más arriba de una Iglesia Evangélica, Municipio Casacoima – Estado Delta Amacuro; ABNER JOSE CEDEÑO PAEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.068.167, natural de San Félix – Estado Bolívar, fecha de nacimiento 13/12/1984, grado de instrucción Bachiller en Ciencias, ocupación Agricultura, Pescador y Mecánica Automotriz, residenciado en la isla de Tórtola, más abajo de la Iglesia Cristiana, Municipio Casacoima – Estado Delta Amacuro; JESUS RAFAEL CEDEÑO ZARAGOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-26.099.639, fecha de nacimiento 03/05/1994, grado de instrucción 4to año de bachillerato, ocupación pescador, agricultor, residenciado en Tórtola, al lado de la Iglesia, Municipio Casacoima – Estado Delta Amacuro; HERMOIGENES PIÑERO VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.209.788, fecha de nacimiento 30/11/1969, grado de instrucción 4to grado, ocupación Pescador, residenciado Tórtola, por la casa comunal, Municipio Casacoima Estado Delta Amacuro y FRANCISCO ANTONIO QUIJADA PAEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-17.431.588, natural de San Félix, Estado Bolívar, grado de instrucción TSU Metalúrgica, de ocupación pescador, residenciado en Tórtola Abajo la última casa, Municipio Casacoima, Estado Delta Amacuro; en el sentido de que se le extienda las presentaciones de 08 a 30 días, al respecto se observa:
Los referidos ciudadanos fueron condenados por el Tribunal Itinerante de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, en fecha 6 de octubre de 2014, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y SEIS (06) MESE DE PRISION, más las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal Venezolano, esto es, la inhabilitación política mientras dure la misma y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, desde que ésta termine; por ser autores de los delitos de CONTRABANDO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 20 numeral 1 y 8 de la Ley contra el delito de Contrabando, y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto en el artículo 37 de la Ley Orgánica sobre la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
Ahora bien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se le decreto el beneficio de la suspensión de la ejecución de la pena, no obstante los penados han consignado constancia de trabajo y de residencia en lugares distantes a este circuito judicial penal, lo que resulta oneroso para cumplir con las presentaciones cada ocho días, en consecuencia lo procedente y ajustado a derecho es extenderle las presentaciones a cada 30 días, tomando en cuenta que los mismos han cumplido fielmente con el resto de las condiciones impuestas. Y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Único de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, la extensión de las presentaciones a los ciudadanos PEDRO SIMON PIÑERO PACHECO, TONI ALEJANDRO BASTARDO, WILFREDO GERMAN BERIA, NOEL JOSE COTUA,ABNER JOSE CEDEÑO PAEZ, JESUS RAFALE CEDEÑO ZARAGOZA, HERMOIGINES PIÑERO VASQUEZ y FRANCISCO ANTONIO QUIJADA PAEZ, arriba identificados, a cada 30 días, tomando en cuenta que los mismos han cumplido fielmente con el resto de las condiciones impuestas. Regístrese, publíquese, y déjese copias.
EL JUEZ,
ABG. ALEXIS ENRIQUE DIAZ LEON
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA RAMIREZ