REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro
Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del
Estado Delta Amacuro.
Tucupita, cinco de noviembre de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: YP11-J-2014-000312
Visto que en la oportunidad para la celebración de la Audiencia Preliminar de Mediación, del presente asunto signado con el Nro. YP11-J-2014-000312, contentivo del procedimiento de DIVORCIO 185-A, interpuesto por los ciudadanos: NANCY JOSEFINA DIAZ y PABLO ISMAEL PITRE MARCANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros.V-9.861.264 y V-8.546.411 respectivamente, residenciados en Carapal de Guara, Casa S/N, frente a la Cancha Deportiva, Casa de color azul con rejas blancas, de esta ciudad de Tucupita Estado Delta Amacuro, visto que los Ciudadanos precitados no comparecieron a la Audiencia Única Conciliatoria, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara: DESISTIDO el presente asunto de DIVORCIO 185-A; igualmente se le advierte las partes solicitantes ciudadanos NANCY JOSEFINA DIAZ y PABLO ISMAEL PITRE MARCANO, que no podrán presentar nuevamente la presente solicitud antes de que transcurra un mes a contar de la presente fecha, se acuerda el cierre del presente asunto y su posterior remisión al archivo regional inactivo. Cúmplase.
La Jueza Provisoria,


Abg. Vilma Martorelli
El Secretario


Hora de Emisión: 10:35 AM
Asistente que realizo la actuación: V.M.
YP11-J-2014-000312