REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de Tucupita Estado Delta Amacuro.
Tucupita, veinticuatro (24) de abril de dos mil quince (2015)
205º y 156º
ASUNTO: YP11-V-2014-000231
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, y visto que de la revisión del escrito se desprende la solicitud de medidas provisionales de la parte demandante MARIELYS DEL VALLE GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-16.216.184, debidamente asistida por la Defensora Publica Segunda para el Sistema de de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Delta Amacuro, y por cuanto es de estricto cumplimiento para este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, pronunciarse sobre la solicitud de MEDIDAS PREVENTIVAS, en el presente asunto de OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, tal como así lo ordenan los artículos 465 y 466 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia de ello, esta Juzgadora en uso de las facultades que le otorga la Ley, y a los fines de garantizar el interés superior de su hijo (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), quien cuenta con trece (13) años de edad, se pronuncia en los siguientes términos:
PRIMERO: Conforme a lo dispuesto en los artículos 465, 466 y 466-B, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se fija preventivamente la siguiente medida Por concepto de: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN MENSUAL en beneficio de su hijo (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), el equivalente al veinte por ciento (20 %), del monto correspondiente por concepto de salario integral mensual, Así como también el equivalente al veinte por ciento (20 %), de aguinaldos, bono vacacional, fideicomiso y otros beneficios, que perciba, los cuales serán descontados del salario que devenga el obligado JESUS JEDIAEL ARENAS SUCRE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula identidad Nº V-13.744.198, por la ante la Zona Educativa Nº 23, del Estado Delta Amacuro, donde se desempeña como Profesor.
SEGUNDO: de conformidad con el articulo 466-B literal c), se ordena el descuento de seis (06) cuotas de manutención, por concepto de prestaciones sociales en caso de retiro o despido, al Ciudadano JESUS JEDIAEL ARENAS SUCRE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula identidad Nº V-13.744.198, por la ante la Zona Educativa Nº 23, del Estado Delta Amacuro.
TERCERO: se ordena al Ministerio del Poder Popular para la Salud, (materno Infantil Dr. Oswaldo Ismael Brito) del Estado Delta Amacuro, en aras de la garantía y goce de los beneficios del precitado niño, realizar el trámite respectivo para el descuento de todas las cantidades decretadas preventivamente al Ciudadano Obligado JESUS JEDIAEL ARENAS SUCRE, plenamente identificado, quien presta servicios ante el referido ente, dichas cantidades serán depositadas en la cuenta corriente de la Entidad Bancaria Banco de Venezuela numero 0102-0629-41-0000112558, a nombre de la Ciudadana MARIELYS DEL VALLE GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-16.216.184, en beneficio del niño precitado, por concepto de OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, razón por la cual deberán notificar a este Despacho Judicial la ejecución de los descuentos ordenados. Líbrese el oficio correspondiente. Cúmplase.
La Jueza Temporal,
Abg. Gledys Henríquez
El Secretario
Hora de Emisión: 2:15 PM
Jueza que realizo la actuación: Gledys Henriquez
YP11-V-2014-000231