REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control
Tucupita, 19 de Enero de 2015
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : YP01-P-2014-006325
ASUNTO : YP01-P-2014-006325
RESOLUCION NRO.17-2015.
IDENTIFICACION DEL TRIBUNAL
JUEZ: ABOG. LIZGREANA JOASELIN PALMA NUÑEZ, Juez Tercero del Tribunal de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial del Estado Delta Amacuro concede en la ciudad de Tucupita.
SECRETARIA: ABOG. BRIZEIDIS OLIVEROS.
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
FISCAL. DR. EUGENIA FIORE, Fiscal Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro.
VICTIMA: CARLOS ANTONIO GARCÍA CARRASQUERO, RONNY DEL JESUS MEDRANO FARRERA y JOSE AURELIO VIVAS VILLANUEVA (Occiso).
IMPUTADO: LUIS JOSE CEDEÑO RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº 24.580.076, venezolano, nacido en fecha 05-06-1992, de 22 años de edad, estado civil soltero de profesión u oficio obrero, residenciado en el sector de Villa Rosa, calle numero 08, casa sin numero de color verde. Municipio Tucupita Estado Delta Amacuro, RONNIE RAUL BRITO GUZMAN, venezolano, nacido en fecha 23-04-1995, de 19 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 23.605.117, de profesión u oficio obrero, residenciado en Villa Rosa, calle 06, de color verde con blanco, hijo Eucaris Josefina (v) y Ronnie Brito (V), JOSUE DEL JESUS JIMENEZ GARCIA, venezolano, nacido en Ciudad Bolívar, en fecha 02-12-1986, de 28 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 19.140.907, de profesión u oficio barbería, grado de instrucción bachiller, residenciado en el Jobo, calle Nº 02, casa Nº 03, hijo Daysi Méndez (v) y José García (V), teléfono de contacto 0426-4911367.
DEFENSOR PÚBLICA: ABG. CLARENSE RUSSIAN PEREZ.
DEFENSA PRIVADA: ABG. HERNÁN TRUJILLO Y ABG. JHOSELIN ZAPATA.
DELITOS: HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, de conformidad con el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de CARLOS ANTONIO GARCÍA CARRASQUERO y RONNY DEL JESUS MEDRANO FARRERA y a RONNIEL RAUL BRITO GUZMAN por la presunta comisión del Delito de: HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 01 del Código Penal Venezolano en perjuicio del Ciudadano: JOSÉ AURELIO VIVAS VILLANUEVA.

AUTO DE APERTURA A JUICIO
Realizada como fuere la audiencia preliminar en la presente causa seguida a los ciudadanos LUIS JOSE CEDEÑO RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº 24.580.076, venezolano, nacido en fecha 05-06-1992, de 22 años de edad, estado civil soltero de profesión u oficio obrero, residenciado en el sector de Villa Rosa, calle numero 08, casa sin numero de color verde. Municipio Tucupita Estado Delta Amacuro, RONNIE RAUL BRITO GUZMAN, venezolano, nacido en fecha 23-04-1995, de 19 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 23.605.117, de profesión u oficio obrero, residenciado en Villa Rosa, calle 06, de color verde con blanco, hijo Eucaris Josefina (v) y Ronnie Brito (V), JOSUE DEL JESUS JIMENEZ GARCIA, venezolano, nacido en Ciudad Bolívar, en fecha 02-12-1986, de 28 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 19.140.907, de profesión u oficio barbería, grado de instrucción bachiller, residenciado en el Jobo, calle Nº 02, casa Nº 03, hijo Daysi Méndez (v) y José García (V), teléfono de contacto 0426-4911367, en la cual se admitió en su totalidad las acusaciones presentada por la DR. EUGENIA FIORE, Fiscal Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, de conformidad con el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de CARLOS ANTONIO GARCÍA CARRASQUERO y RONNY DEL JESUS MEDRANO FARRERA, y a RONNIEL RAUL BRITO GUZMAN por la presunta comisión del Delito de: HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 01 del Código Penal Venezolano en perjuicio del Ciudadano: JOSÉ AURELIO VIVAS VILLANUEVA, de igual manera se admitieron las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, por la defensa Pública y privada, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que conforme al artículo 314 ejusdem, se procede a realizar el auto de apertura a juicio, en los siguientes términos:
IDENTIFICACION DE LA PERSONA ACUSADA:

LUIS JOSE CEDEÑO RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº 24.580.076, venezolano, nacido en fecha 05-06-1992, de 22 años de edad, estado civil soltero de profesión u oficio obrero, residenciado en el sector de Villa Rosa, calle numero 08, casa sin numero de color verde. Municipio Tucupita Estado Delta Amacuro.
RONNIE RAUL BRITO GUZMAN, venezolano, nacido en fecha 23-04-1995, de 19 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 23.605.117, de profesión u oficio obrero, residenciado en Villa Rosa, calle 06, de color verde con blanco, hijo Eucaris Josefina (v) y Ronnie Brito (V).
JOSUE DEL JESUS JIMENEZ GARCIA, venezolano, nacido en Ciudad Bolívar, en fecha 02-12-1986, de 28 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 19.140.907, de profesión u oficio barbería, grado de instrucción bachiller, residenciado en el Jobo, calle Nº 02, casa Nº 03, hijo Daysi Méndez (v) y José García (V), teléfono de contacto 0426-4911367.

DE LOS HECHOS Y DE LA CALIFICACION JURIDICA

En fecha 06-07-2014, en la AVENIDA LA RIVERA, ESPECIFICAMENTE FRENTE HOTEL, TASCA, REST LA RIVERA C.A; MUNICIPIO TUCUPITA, ESTADO DELTA AMACURO, se encontraban los ciudadanos: GARCIA CARRASQUERO CARLOS ANTONIO Y FARRERA RONNY DEL JESUS, quienes habían compartido en la mencionada tasca y disponían a dirigirse a su residencia, afuera en la calle la rivera los esperaban a bordo de un vehículo: Marca: MITSUBISHI, modelo LANCER, color BLANCO, placas AA016SN, serial de carrocería 8X15RCS6A6Y300078,serial del motor: QQ6212; descendiendo del vehículo los ciudadanos: LUIS JOSE CEDEÑO RODRIGUEZ (LUISITO), RONNIE RAUL BRITO GUZMAN(RAUL), JOSUE DEL JESUS JIMENEZ GARCIA(GABO), quienes accionaron varias veces sus arma de fuego contra las personas de: GARCIA CARRASQUERO CARLOS ANTONIO Y FARRERA RONNY DEL JESUS, impactando en varias partes de su cuerpo causándole la muerte, siendo observados por los testigos 01, 02, 03, quienes estaban afuera del local comercial y vieron cuando los imputados accionaron varias veces sus armas de fuego, para después huir del sitio del suceso, dejando el vehículo abandonado en la comunidad de Deltaven, Calle Principal; En fecha 24-07-2014, los funcionarios: PTTE. JEAN DE LA ROSA, SM/3RA.RICHARD ESCALONA, SM/3RA. JESUS HERNANDEZ, S/1RO. FREDERICK BARRETO, ADSCRITO A LA ESTACIÓN DE VIGILANCIA FLUVIAL PEDERNALES DEL DESTACAMENTO DE VIGILANCIA FLUVIAL NRO.911 DEL COMANDO DE VIGILANCIA COSTERA DE LA GUARDIA NACIONAL, SUPERVISOR AGREGADO SUBERO OSCAR, OFICIAL BARRETO FIDEL, OFICIAL MIERES EDIXON, FUNCIONARIOS DE LA POLICÍA DEL ESTADO DELT AMACURO, a las 11:50 de la noche, encontrándose de patrullaje pedestre mixto en función de los servicios institucionales, en la calle la Mariana, específicamente por el malecón al lado del Mercado Municipal, de la Comunidad de Pedernales, Municipio Pedernales Estado Delta Amacuro, observaron a cuatro (04) personas de sexo masculinos, dándole la voz de alto lo que hicieron caso omiso y sacaron a relucir sus armas contra la comisión policial, repeliendo el ataque y neutralizando a los ciudadanos, donde se le encontró varias arma de fuegos: Un (01) arma de fuego tipo revolver, calibre 38 mm, marca Taurus, serial TA98784, de fabricado Brasil, de color negro con la empuñadura elaborada en goma de color negro, con cinco (05) cartuchos sin percutir de color bronce con el siguiente rotulado en su colote CAVIM 38 SPL y unos cartuchos con el siguientes rotulado en su culote 1987 WCC, Un (01) arma de fuego, tipo pistola, de fabricación U.S.A, de metal, color Plateado con la empuñadura elaborada en madera, marca Colts Convermment, calibre 45 mm serial devastado se le encontraron al ciudadano: LUIS JOSE CEDEÑO RODRIGUEZ, practicándose Reconocimiento Técnico y Comparación Balística, Nro. 9700-128-B-0558-14, de fecha 01-09-2014, suscrita por los funcionarios: KEYLA A.CASANOVA, Funcionaria adscrita al Departamento de Criminalística de este Cuerpo Policial, designada para practicar Experticia de Reconocimiento Técnico y Comparación Balística, a las siguientes evidencias: TRES (03) ARMAS DE FUEGO, UN (01) CARGADOR, TRECE (13) PALAS, según pedimento formulado en el Memorándum N°3435, DE FECHA 25-07-2014 Y RECIBIDO EN ESTE DESPACHO EN FECHA 06-08-2014, CASO RELACIONADO CON EL EXPEDIENTE N°K-14-0259-01477, dando como resultado CONCLUSION: 1.-Aplicado el método de Activación de caracteres Borrados en metal, en la zona ante mencionada, dio como resultado NEGATIVO, es decir tal fue la presión ejercida en dicha zonas de sobrepaso los limites de esfuerzo, 2.-Las (Cinco (05) CONCHAS del calibre 45 auto), objeto de la experticia Balística B-0558-14, FUERON PERCUTIDAS, por el Arma de Fuego del Tipo Pistola Marca COLTS, Descrita con la letra “A” en el texto de este informe; 3.-Cuatro (04) de las suministradas como incriminadas descritas en el texto de este informe fueron utilizadas en los disparos de prueba, los restantes quedan depositados en este despacho para el mismo fin, 4.-Las armas de fuego del tipo Pistola con su cargador, y los revólveres suministrados como incriminados y descritos en el texto de este informe, se envían previo traslado de comisión de ese Despacho.- La presente acta suministra convicción al suscrito, en cuanto a la balas encontradas en la escena del crimen fueron percutidas por el arma de fuego que le fuera encontrada al ciudadano: LUIS JOSE CEDEÑO RODRIGUEZ, que fuera sometida comparación con los proyectiles del hecho de sangre donde perdieran la vida los ciudadanos: 01.- GARCIA CARRASQUERO CARLOS ANTONIO, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad numero: V.-20.854.396; 02.-MEDRANO FARRERA RONNY DEL JESUS, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad numero: V-19.139.869 y en caso en relación al homicidio JOSE AURELIO VIVAS VILLANUEVA (Occiso), en fecha En fecha: 30-07-2014, siendo las 06:30 horas, se desplazaban los ciudadanos: RODRIGUEZ TABLANTE ELIAS GEOVA, JUNIOR ELIAS, ELIAS MIGUEL, JOSE AURELIO VIVAS VILLANUEVA a bordo de un vehículo Marca Ford, Modelo Laser, Color: Plata, hacia la esperanza donde se dirigían a llevar a su cuñado JOSE AURELIO VIVAS VILLANUEVA, cuando avistaron a una motocicleta, que se desplazaba a alta velocidad conducida por ALFREDO EDWARD CEDEÑO ROJAS y el parrillero RONNIEL RAUL BRITO GUZMAN, quien accionara varias veces el arma de fuego contra el vehículo logrando impactar en varias partes de su cuerpo a JOSE AURELIO VIVAS VILLANUEVA, causándole la muerte de manera instantánea, para luego huir a veloz carrera en el Vehículo Motocicleta, practicándole presenciales del hechos, logrando ubicar al ciudadano: RONNIEL RAUL BRITO GUZMAN, a quien le practican prueba de ANALISIS DE TRAZA DE DISPAROS(A.T.D) Nº 9700-035-AME-MR-1164-14, de fecha 09-08-2014, suscrita por la funcionaria: ZAPATA JULIMAR, LIC EN CRIMINALISTICAS, adscritas al Área de Microscópica Electrónica del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, practicado a:CONCLUSIONES: En base a las observaciones y análisis practicado, a las muestras recibidas, se concluye: En la muestra colectadas en las regiones dorsales de ambas manos del Ciudadano: BRITO GUZMAN RAUL RONNIE. Sedetectola presencia de: Antimonio (sb) Bario (Ba) y Plomo(pb), quedando con esto demostrado la participación directa del ciudadano: RONNIEL RAUL BRITO GUZMAN. El hecho punible objeto del proceso, cuyo sujetos activos los ciudadanos LUIS JOSE CEDEÑO RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº 24.580.076, venezolano, nacido en fecha 05-06-1992, de 22 años de edad, estado civil soltero de profesión u oficio obrero, residenciado en el sector de Villa Rosa, calle numero 08, casa sin numero de color verde. Municipio Tucupita Estado Delta Amacuro, RONNIE RAUL BRITO GUZMAN, venezolano, nacido en fecha 23-04-1995, de 19 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 23.605.117, de profesión u oficio obrero, residenciado en Villa Rosa, calle 06, de color verde con blanco, hijo Eucaris Josefina (v) y Ronnie Brito (V), JOSUE DEL JESUS JIMENEZ GARCIA, venezolano, nacido en Ciudad Bolívar, en fecha 02-12-1986, de 28 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 19.140.907, de profesión u oficio barbería, grado de instrucción bachiller, residenciado en el Jobo, calle Nº 02, casa Nº 03, hijo Daysi Méndez (v) y José García (V), teléfono de contacto 0426-4911367, por considerarlo responsable como autores en la Comisión de los delitos HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, de conformidad con el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, el cual contempla una pena de Quince años (15) a Veintidós (22) años de prisión.

En el caso objeto de investigación señala el Fiscal del Ministerio Público, se recabaron los diferentes elementos de convicción que hacen presumir al representante del Ministerio Público, que los ciudadanos LUIS JOSE CEDEÑO RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº 24.580.076, venezolano, nacido en fecha 05-06-1992, de 22 años de edad, estado civil soltero de profesión u oficio obrero, residenciado en el sector de Villa Rosa, calle numero 08, casa sin numero de color verde. Municipio Tucupita Estado Delta Amacuro, RONNIE RAUL BRITO GUZMAN, venezolano, nacido en fecha 23-04-1995, de 19 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 23.605.117, de profesión u oficio obrero, residenciado en Villa Rosa, calle 06, de color verde con blanco, hijo Eucaris Josefina (v) y Ronnie Brito (V), JOSUE DEL JESUS JIMENEZ GARCIA, venezolano, nacido en Ciudad Bolívar, en fecha 02-12-1986, de 28 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 19.140.907, de profesión u oficio barbería, grado de instrucción bachiller, residenciado en el Jobo, calle Nº 02, casa Nº 03, hijo Daysi Méndez (v) y José García (V), teléfono de contacto 0426-4911367, pudiese ser el autores o presuntos responsables de la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, de conformidad con el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de CARLOS ANTONIO GARCÍA CARRASQUERO, RONNY DEL JESUS MEDRANO FARRERA y a RONNIEL RAUL BRITO GUZMAN por la presunta comisión del Delito de: HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 01 del Código Penal Venezolano en perjuicio del Ciudadano: JOSÉ AURELIO VIVAS VILLANUEVA, siendo las siguientes:

En relación al HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, de conformidad con el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de CARLOS ANTONIO GARCÍA CARRASQUERO y RONNY DEL JESUS MEDRANO FARRERA, los elementos convicciones son:

1. TRANSCRIPCIÓN DE NOVEDAD, 06-07-2014, en el lapso de tiempo comprendido entre las 07:30 horas de la mañana del día de hoy 05-07-2014 hasta las 07:30 horas de la mañana del día de mañana 06-07-2014, se encuentra una novedad que copiada textualmente dice así: numeral: 26, hora: 02:00 hrs; RECEPCION DE LLAMADA TELEFONICA/INICIO DE AVERIGUACIONES/EXPEDIENTE K-14-0259-01329/CONTRA LAS PERSONAS(HOMICIDIO Y LESIONES): Se recibe la misma por parte del centralista de Guardia del Servicio de Emergencia 171, Frank Méndez, informando que al frente del Hotel las Riveras, se encuentran los cuerpos sin vida de dos personas de sexo masculino, a quienes le propinaron múltiples disparos ocasionándole la muerte de forma instantánea, desconociendo mas detalles al respecto, por lo que se requiere comisión de este Despacho, a fin de verificar dicha novedad, cesando la llamada.
2. ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, 06-07-2014, Suscrita por el Funcionario: DETECTIVE MOTA RAMON, adscrito al área de investigaciones de esta oficina, DELEGACIÓN ESTADAL DELTA AMACURO, SUB-DELEGACION DE TUCUPITA DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS PENALES Y CRIMINALISTICAS… (...)... Prosiguiendo con las diligencias relacionada a la causa penal número K-14-0259-01329-, instruida ante este despacho por uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS(HOMICIDIO), siendo las dos horas de la mañana se recibe llamada telefónica de parte del funcionario FRANK MENDEZ, adscrito al servicio de emergencia 171, de esta ciudad, informando que en la avenida la rivera específicamente en la Tasca Restauran la Rivera, de esta ciudad, se encontraban los cuerpos sin vida de dos personas de sexo masculino, presentando varias herida presuntamente producidas por el paso de proyectil disparado por arma de fuego, desconociendo mas detalles al respecto; una vez escuchada esta información me constituí en comisión en compañía de los funcionarios Detectives MENDOZA CARLOS Y TRINI OSWALDO(TECNICO), a bordo de la unidad furgoneta, placa 30257, hacia la dirección arriba mencionada con la verificar dicha información; una vez apersonadas en el sitio plenamente identificados como funcionarios activos de este Cuerpo de Investigaciones, fuimos atendidos por los funcionarios oficial ELINES SUAREZ Y BRITO ANDRI, adscrito a la Policial Municipal de Tucupita, quienes se encontraban resguardando el sitio del suceso, asimismo se pudo constatar que efectivamente frente la tasca la Rivera, se encontraba t6endido en el pavimento el cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino, en decúbito dorsal, presentando múltiples heridas presuntamente producidas por el paso de proyectil disparado por una arma de fuego, quien portaba la siguiente vestimenta una (01) chemise de color roja y una (01) Bermuda de color beige y las siguientes características fisionómicas piel morena, de contextura regular, cabello de color negro, tipo liso, de 1.70 aproximadamente, de igual forma a escasos centímetros se encontraba el cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino en posición sedente presentando múltiples heridas presuntamente producidas por el paso de proyectil disparado por arma de fuego, portando como vestimenta una (01) camisa manga larga, de color negro; Un (01) jeans de color azul, seguidamente procedió el funcionario Detective TRINI Oswaldo (Técnico) a realizar la respectiva Inspección Técnica y fijación Fotográfica, para su respectiva experticia de rigor; en el mismo orden de idea se procedió a la remoción de los cadáveres hacia la unidad furgoneta con la finalidad de ser trasladado hasta la morgue del Hospital Dr. Luis Razetti, de esta ciudad, seguidamente se apersono a la comisión un ciudadano quien dijo ser y llamarse como queda escrito: ARTURO MEDRANO DEL JESUS, de Nacionalidad Venezolana, Natural De Tucupita, Estado Delta Amacuro, de 58 años de edad, fecha de nacimiento 03-07-1957, estado civil soltero, profesión u oficio Obrero, residenciado en el Sector Delfín Mendoza, calle principal, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, teléfono de ubicación 0416-3931389,titular de la cédula de identidad V.-9.861.651, quien manifestó ser el padre del primer occiso y suegro del Segundo quien expreso que desconocía la ciudad por la cual le habían quitado la vida a su hijo y a su yerno; de igual forma nos aporto los datos de su hijo hoy occiso quedando identificado en la siguiente manera: RONNY DEL JESUS MEDRANO FERRERA, de nacionalidad Venezolana, natural de Tucupita Estado Delta Amacuro, de 24 años de edad, fecha de nacimiento 08-07-1989, estado civil soltero, profesión u oficio Obrero, residenciado en el Sector Delfín Mendoza, vereda caño Tucupita, casa sin número, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 19.139.689 y de su yerno hoy occiso a cual identifico de la siguiente manera: CARLOS ANTONIO GARCIA CARRASQUERO, de nacionalidad Venezolana, natural de Tucupita, Estado Delta Amacuro, de 23 años de edad, fecha de nacimiento 16-08-1992, estado civil soltero, profesión u oficio obrero, residenciado en Sector Delfín Mendoza, vereda caño, Tucupita, casa sin número, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, titular de la cédula de identidad Nro.V.-20.854.396; en el mismo orden logramos sostener coloquio con un ciudadano quien dijo ser y llamarse como queda escrito: FELIX JOSE VALENZUELA MORENO, de nacionalidad Venezolana, Natural de Barrancas del Orinoco, Estado Monagas , de 21 años de edad, fecha de nacimiento 17-03-1993, estado civil soltero, profesión u oficio Obrero, residenciado en el Sector San Rafael, calle principal, casa sin número, teléfono de ubicación 0424-959-74-81, titular de la cédula de identidad V.-23.516.591; quien manifestó ser el portero de la tasca la Rivera y que el día de hoy aproximadamente a las 01:50 horas de la mañana, se encontraba en la puerta de salida de la referida tasca cuando salieron dos muchachos que estaban dentro de la tasca, luego cerro la puerta de salida de la tasca, quedando dentro de la misma y al rato escucho varias detonaciones en la parte de afuera de la tasca por lo que salía corriendo para la parte interna de la Tasca, luego espero que llegara la Policía y la Guardia para comenzar a sacar la gente que se encontraba dentro de la tasca, luego escucho varios comentarios de que había una persona herida la cual había sido trasladada hasta el hospital de esta ciudad, una vez escuchada esta información se le notifico al ciudadano que debería acompañarnos hasta la sede de este despacho a fin de rendir declaración en relación de lo antes expuesto, manifestando no tener inconveniente alguno, finalizada esta diligencias optamos por retirarnos del lugar y trasladarnos hasta la morgue del hospital Dr. Luis Razetti de esta ciudad; Una vez en dicho nosocomio procedió el Funcionario Detective Oswaldo Trini(Técnico) a realizar la respectiva inspección técnica, necrodactilia de Ley y fijación fotográfica de los cadáveres, realizadas las diligencias en mención, nos trasladamos hacia la de emergencia de dicho hospital, donde una vez presente plenamente identificados como funcionarios activos de este cuerpo de investigaciones; sostuvimos entrevista con el médico de guardia, Dr. KARIANNYS ARENAS, a quien luego de exponerla el motivo de nuestra presencia, nos manifestó que efectivamente el día de hoy 06-07-2014, siendo las 02:30 horas de la madrugada aproximadamente, ingreso una persona de sexo masculino presentando una (01) una herida con entrada en la región del glúteo izquierdo, con salida en la región del ingle, producida por el paso de proyectil disparado por arma de fuego, de igual manera aportándonos los datos de identificación de dicho ciudadano siendo identificado de la siguiente manera: MUÑOZ MONTILLA LUIS EDUARDO, de nacionalidad venezolana, natural de Tucupita, Estado Delta Amacuro, de 21 años de edad, fecha de nacimiento 18-03-1993, estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el sector la Perimetral, calle principal casa sin número, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, teléfono de ubicación 0424-964-92-98, titular de la cédula de identidad V.-26.655.719; una vez obtenida esta información optamos por retirarnos del lugar y retornar hasta la oficina de este despacho, donde procedió a verifica los datos de las victimas ante el Sistema Integrado de Investigación e Información Policial (SIIPOL), dando como resultado que a los ciudadanos CARLOS ANTONIO GARCIA CARRASQUERO (occiso) y MUÑOZ MONTILLA LUIS EDUARDO, los datos le corresponden y no presenta registro ni solicitud alguna; en cuanto al ciudadano RONNY DEL JESUS MEDRANO FERRERA(occiso) presenta un registro según Expediente H-712.150, de fecha 23-08-2007, ante esta Sub-Delegación, por el delito de Droga, seguidamente se le informe a la superioridad.
3. ACTA DE INSPECCION TECNICA, N°1055, 06-07-2014, suscrita y realizada por los funcionarios: DETECTIVES OSWALDO TRII (TECNICO ) Y MARON MOTA( INVESTIGADOR), adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Tucupita del Estado Delta Amacuro, ordenada practicar en: AVENIDA LA RIVERA, ESPECIFICAMENTE FRENTE HOTEL, TASCA, REST LA RIVERA C.A.; MUNICIPIO TUCUPITA, ESTADO DELTA AMACURO: “…(Omissis)…Trátese de un SITIO DE SUCESO ABIERTO, ubicado en la dirección arriba mencionada, apreciándose iluminación artificial de mediana intensidad, temperatura ambiental fresca, como medio de acceso, se ubica una calle elaborada en asfalto, la misma permite el paso de vehículos automotores y peatonales en ambos sentidos , provista de aceras y brocales, a los lados de la vía postes que sostienen el tendido eléctrico, de igual forma se visualiza en ambos lados de la vía locales comerciales y viviendas unifamiliares, de diferentes estructuras y colores, orientados sus fachadas principales hacia el frente de la vía, visualizando una construcción, la cual presenta su fachada principal, elaborada en bloques de cemento, frisados y pintados de color blanco, el cual se visualiza una cartel donde se lee “HOTEL, TASCA, REST LA RIVERA C.A” observándose frete a la misma, un poste de alumbrado público, pintado de color gris, a diez centímetros del mismo se haya el cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino, en posición de cubito dorsal, con las siguientes características, tez moreno, contextura regular, cabello corto, portando como vestimenta una chemise de color roja, una bermuda color beige, apreciándose varios impacto de balas en la región superior del cuerpo, seguidamente se visualiza al lado del mismo el cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino, en posición sedente, con las siguientes características, tez moreno, contextura regular, cabello corto, portando como vestimenta una camisa manga larga, de color negra, un jean color azul, apreciándose varios impacto de balas en la región superior del cuerpo, al lado del mismo diez centímetros de distancia se hayan tres conchas, calibre 9mm, de color dorado, el posteriormente se realizo una minuciosa búsqueda de evidencias de interés criminalìsticos, por las adyacencias del lugar logrando colectar, a dos metro del lugar con relación al cadáver doce conchas calibre 9mm, seguidamente se puede apreciar a tres metros por la parte posterior cinco conchas color dorado, calibre 45 mm, dichas evidencias fueron fijadas, colectadas, y embaladas para su respectivas experticias de rigor.
4. ACTA DE INSPECCION TECNICA, N• 1056, 06-07-2014, suscrita y realizada por los funcionarios: OSWALDO TRINI (TECNICO) Y RAMON MOTA (INVESTIGADOR), adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Tucupita del Estado Delta Amacuro, ordenada practicar en: “…(Omissis)… EN LA AVENIDAD PERIMETRAL CON CALLE BOLIVAR, DEPARTAMENTO DE PATOLOGIA FORENSE DEL HOSPITAL “DOCTOR LUIS RAZZETTI” TUCUPITA ESTADO DELTA AMACURO; lugar donde se acordó efectuar Inspección Técnica Criminalística…(...)…Trátese de un sitio de suceso CERRADO, ubicado en la dirección arriba mencionada, se aprecia para el momento de la presente inspección amplia visibilidad física producida por el alumbrado eléctrico, temperatura ambiental fresca, se observa un portón corredizo, el cual permite el acceso al interior de la morgue, al transponer el mismo se observa una cava cuarto del lado derecho con relación…(...)…EXAMEN MACROSCOPICO DEL CADAVER…(...)…GARCIA CARRASQUERO CARLOS ANTONIO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NUMERO V.-20.584.396...(...)...EXAMEN MACROSCOPICO DEL CADAVER, quedando identificado por su cédula de identidad como: MEDRANO FARRERA RONNY DEL JESUS, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NUMERO V.-19.139.869".
5. ACTA DE REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FISICAS, N°DE CASO: K-14-0259-01329, FECHA: 06-07-2014, EVIDENCIAS COLECTADAS, suscritas por el funcionario OSWALDO TRINI, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Tucupita del Estado Delta Amacuro, donde se deja constancia de lo siguiente: EVIDENCIAS FISICAS COLECTADAS: 01.-CINCO (05) CONCHAS, PARA ARMA DE FUEGO, CLAIBRE (45MM), PERCUTIDAS, LA CUAL PRESENTA INSCRIPCION EN SU CULOTE, DONDE SE LEE EN EEL CULOTE:”45AUTO CBC”, ELABORADA EN METAL DE FORMA CILINDRICA DE COLOR AMARILLO, 02.-DIEZ (10) CONCHAS, PARA ARMA DE FUEGO, CALIBRE (9MM), PERCUTIDAS, LA CUAL PRESENTA INSCRIPCION EN SU CULOTE, DONDE SE LE EN SU CULOTE: “9MM LUGER CBC, ELABORADA EN METAL DE FORMA CILINDRICA DE COLOR AMARILLO, 03.-CUADRO (04) CONCHAS,. PARA ARMA DE FUEGO, CLAIBRE (9MM) PERCUTIDAS, LA CUAL PRESENTA INSCRIPCION EN SU CULOTE “H”, ELABORADA EN METAL DE FORMA CILINDRICA DE COLOR AMARILLO, 04.-UNA (01) CONCHA, PARA ARMA DE FUEGO, CALIBRE (9MM), PERCUTIDA, LA CUAL PRESENTA INSCRIPCION EN SU CULÑOTE, DONDE SE LEE EN SU CULOTE: “CAVIM. La presente aporta convicción para el que suscribe sobre las evidencias físicas que fueron encontradas en el lugar del suceso que serán sometidas a experticias posteriores.-
6. RECONOCIMIENTO LEGAL, NRO.149, de fecha 06-07-2014, suscrita por los funcionarios: DETECTIVE OSWALDO TRINI, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Tucupita,…(Omissis)… Exposición: La evidencias recibidas resultaron ser: 01.-CINCO (05) CONCHAS, PARA ARMA DE FUEGO, CLAIBRE (45MM), PERCUTIDAS, LA CUAL PRESENTA INSCRIPCION EN SU CULOTE, DONDE SE LEE EN EEL CULOTE:”45AUTO CBC”, ELABORADA EN METAL DE FORMA CILINDRICA DE COLOR AMARILLO, 02.-DIEZ (10) CONCHAS, PARA ARMA DE FUEGO, CALIBRE (9MM), PERCUTIDAS, LA CUAL PRESENTA INSCRIPCION EN SU CULOTE, DONDE SE LE EN SU CULOTE: “9MM LUGER CBC, ELABORADA EN METAL DE FORMA CILINDRICA DE COLOR AMARILLO, 03.-CUADRO (04) CONCHAS,. PARA ARMA DE FUEGO, CLAIBRE (9MM) PERCUTIDAS, LA CUAL PRESENTA INSCRIPCION EN SU CULOTE “H”, ELABORADA EN METAL DE FORMA CILINDRICA DE COLOR AMARILLO, 04.-UNA (01) CONCHA, PARA ARMA DE FUEGO, CALIBRE (9MM), PERCUTIDA, LA CUAL PRESENTA INSCRIPCION EN SU CULÑOTE, DONDE SE LEE EN SU CULOTE: “CAVIM 06”..- La presente acta suministra convicción al suscrito, en cuanto a las balas encontradas en la escena del crimen las que posteriormente van a ser sometidas a experticias.
7. ACTA DE REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FISICAS, N°DE CASO: K-14-0259-01329, Nro. Registro: 173, FECHA: 06-07-2014, EVIDENCIAS COLECTADAS, suscritas por el funcionario OSWALDO TRINI, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Tucupita del Estado Delta Amacuro, donde se deja constancia de lo siguiente: EVIDENCIAS FISICAS COLECTADAS: 01.-Una (01) prenda de vestir, d ellas denominadas (CHEMISE), confeccionada en fibras textiles, color roja con franjas blancas a en las mangas, se le pude leer en su parte posterior, HILFIGER, impregnada de una sustancia de color pardo rojizo de presunta naturaleza hematica, colectadas del cadáver de Medrano Farrera Ronny del Jesús, 02.-Una (01) prenda de vestir de las denominadas (camisa), confeccionada en fibras textiles, color negra con franjas grises, impregnadas de una sustancia de color pardo rojizo de presunta naturaleza hematica, colectadas del cadáver de García Carrasquero Carlos Antonio. La presente aporta convicción para el que suscribe sobre las prendas de vestir que portaban los occisos para el momento del suceso que serán sometidas a experticias posteriores.-
8. RECONOCIMIENTO LEGAL, NRO. 150, de fecha 06-07-2014, suscrita por los funcionarios: DETECTIVE OSWALDO TRINI, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Tucupita,…(Omissis)… Exposición: La evidencias recibidas resultaron ser: 01.-Una (01) prenda de vestir, d ellas denominadas (CHEMISE), confeccionada en fibras textiles, color roja con franjas blancas a en las mangas, se le pude leer en su parte posterior, HILFIGER, impregnada de una sustancia de color pardo rojizo de presunta naturaleza hematica, colectadas del cadáver de Medrano Farrera Ronny del Jesús, 02.-Una (01) prenda de vestir de las denominadas (camisa), confeccionada en fibras textiles, color negra con franjas grises, impregnadas de una sustancia de color pardo rojizo de presunta naturaleza hematica, colectadas del cadáver de García Carrasquero Carlos Antonio. La presente acta suministra convicción al suscrito, en cuanto a las balas encontradas en la escena del crimen las que posteriormente van a ser sometidas a experticias.
9. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 06-07-2014, rendida ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de esta ciudad, por el ciudadano: FELIX JOSE VALENZUELA MORENO, quien entre otro particulares manifestó lo siguiente…(Omissis)…Yo soy uno de los porteros que trabaja en la tasca la Rivera, aproximadamente a las 01:50 horas de la mañana, dos muchachas estaban en la tasca la Rivera, yo les abrí la puerta de salida, ya que la tasca tiene dos puertas, una de madera que es la propia entrada a la tasca, hay un pequeño pasillo y luego esta una puerta de hierro de color negro que es la salida a la parte externa de la tasca, al dejar salir a las muchachas y trancar la puerta con llave, empecé a caminar hacia la puerta de la tasca y unos sujetos que se encontraban en el pasillo también salieron corriendo para dentro de la tasca y unos sujetos que encontraban en el pasillo también salieron corriendo para el interior de la tasca, luego que se dejo de escuchar disparos espere que llegara la policía y la guardia, luego comencé a sacar a toda la gente que se encontraban dentro de la tasca, pero no salí hacia afuera, me quede adentro…(Omissis).
10. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 06-07-2014, rendida ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de esta ciudad, por el ciudadano: NARVAEZ SUCRE ALEXANDER JESUS…(Omissis)…quien entre otros particulares deja constancia de lo siguiente: “ Resulta que el día de hoy 06-07-2014, me encontraba en la barra de la tasca la rivera ya que soy el encargado de la misma y cuando eran las 01:45 horas de la mañana escuche varias detonaciones en eso veo a la gente que estaba fuera de la tasca corriendo para adentro y pregunto que había pasado, me dicen que fuera de la tasca habían matado una Persona por lo que salí a ver que había pasado me percato que estaban dos personas tendida en el suelo, fuera de la tasca y en eso la gente empieza a gritar que el carro se estaba regresando y veo cuando paso un carro blanco, marca Mitsubishi el cual agarro para centro después me quede hay esperando hasta que llego la policía municipal y al rato se presento una comisión del C.I.C.P.C., quienes hicieron el levantamiento de los cuerpos…(Omissis)…””.
11. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 06-07-2014, rendida ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de esta ciudad, por el ciudadano: MATA LEIVA ALVARO JAVIER, quien entre otro particulares manifestó lo siguiente: Resulta que el día de hoy domingo 06-07-2014, me encontraba en la tasca la rivera, ubicada en la avenida la rivera de esta ciudad, ya que trabajo en la misma como ayudante y de portero y como a las 01:50 horas de la madrugada estaba en iba saliendo a la puerta escuche varias detonaciones por lo que me agache y salí corriendo hacia dentro, luego al rato que terminaron los disparos salí a ver qué había sucedido, pero la gente que estaba afuera empezó a grita que se habían regresado en eso abrimos la puerta para que la gente pudiera pasar, al rato salí y me percato que estaba dos personas tendida en el suelo y en una silla que estaba en la entrada para ingresar al Hotel estaba una persona herida; cuando pasaron como quince minutos llego una comisión de la Policía del Estado y después la ambulancia que fue cuando trasladaron al herido y al rato llegaron los funcionarios del CICPC, quienes hicieron el levantamiento de los muertos …(Omissis)……(omissis)…”.El presente elemento aporta certeza y ofrece detalles precisos de las circunstancias de tiempo, modo y lugar, como sucedieron los hechos, por ser el entrevistado testigo referencial de los hechos investigados.
12. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, fecha 06-07-2014, DETECTIVES ROSARIO JOSE, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Tucupita del Estado Delta Amacuro, donde entre otro particulares deja constancia de lo siguiente:...(...)...En horas de la tarde encontrándome en la sede de este Despacho, se recibió llamada telefónica por parte de una persona con timbre de voz femenino, quien manifestó que en el Sector Deltaven, calle la Rosa, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, se encuentran un vehículo Mitsubishi, color blanco, placa AA0165N, tomando las medidas de seguridad pertinente al caso, procedimos a acércanos al referido vehículo constatando que dentro del mismo no se encontraba persona alguna, de tal manera realizamos un recorrido por las adyacencias del sitio en busca del alguna persona que pudiera tener conocimiento acerca del referido por las adyacencias del sitio en busca de alguna persona que pudiera tener conocimiento acerca del referido automóvil, logrando sostener entrevista con varios vecinos del sector quienes manifestaron que el día de hoy domingo 06-07-2014, en horas de la madrugada observaron cuando tres personas de sexo masculino descendieron del vehículo en cuestión y se fueron del lugar, de igual forma indicándonos que el sujeto que venía manejando presentaba la siguiente característica fisonomicas: de piel morena, de 1.75 metros aproximadamente, de contextura regular y llevaba una gorra de color negra, con un suéter de color negro y un pantalón blues jean; El que iba de copiloto era una persona de piel morena, de contextura regular, cabello de color negro, tipo corto, de 1.80 metros aproximadamente, y portaba como vestimenta una camisa de color roja...(...)...La presente aporta convicción sobre el vehículo donde se desplazaba los imputados de autos y que fuera abandonado en los suburbios de la ciudad y se aprecia una concha para pistola calibre 45 mm en él para brisas del vehículo
13. ACTA DE INSPECCION TECNICA, N°1068, 06-07-2014, suscrita y realizada por los funcionarios: DETECTIVES: ANDRES ROSALES (TECNICO ) Y JOSE OLLARVE, CARLOS MENDOZA, JOSE ROSARIO Y JOSUE LOPEZ( INVESTIGADORES), adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Tucupita del Estado Delta Amacuro, ordenada practicar en: SECTOR DELTA VEN, CALLE PRINCIPAL, TUCUPITA ESTADO DELTA AMACURO: “…(Omissis)…Trátese de un sitio de suceso de los denominados ABIERTO, ubicada en la dirección arriba mencionada, con iluminación natural de buena intensidad, temperatura ambiental fresca, como medio de acceso se ubica una calle provista de asfalto aceras y brocales, la misma es de acceso vehicular y peatonal en ambos sentidos (viceversa), observando postes que sostienen el tendido eléctrico, no se observa vigilancia publica ni privada, en el mismo se encuentra aparcado Un (01) Vehículo, marca: MITSUBISHI, modelo LANCER, color BLANCO, placas AA016SN, serial de carrocería 8X15RCS6A6Y300078, serial del motor: QQ6212, al ser Inspeccionado en sus partes externas se visualiza que posee sus cuatros cauchos con su respectivos rines originales en regular estado de uso y conservación, observa que se encuentra provista de sus dos luces delanteras, su motor se aprecia en buen estado…(...)…se logra apreciar en la parte del tablero del lado derecho una concha de color cobrizo, calibre 45mm en la misma se lee en su culote 45 CBC AUTO, la misma fue fijada y colectada, asimismo se hizo uso de reactivo en busca de rastros dactilares latentes, logrando colectar tres tarjetas delantera del copiloto, las misma serán enviadas al departamento técnico correspondiente para futuras comparaciones, se realiza cadena de custodia a la referidas tarjetas.
14. ACTA DE REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FISICAS, N°DE CASO: K-14-0259-01329, Nro. Registro: 172, FECHA: 06-07-2014, EVIDENCIAS COLECTADAS, suscritas por el funcionario ANDRES ROSALES, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Tucupita del Estado Delta Amacuro, donde se deja constancia de lo siguiente: EVIDENCIAS FISICAS COLECTADAS: “UNA (01) CONCHA, DE ARMA DE FUEGO, TIPO: PISTOLA, PARA EL CALIBRE 45MM, CON LAS SIGUIENTES INSCRIPCIONES EN SU CULOTE DONDE SE LEE 45 AUTO CBC, ELABORADO EN METAL DE COLOR COBRIZO”. La presente aporta convicción para el que suscribe sobre las prendas de vestir que portaban los occiso para el momento del suceso que serán sometidas a experticias posteriores.-

15. RECONOCIMIENTO LEGAL, NRO. 248, de fecha 06-07-2014, suscrita por los funcionarios: DETECTIVE ANDRES ROSALES, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Tucupita,…(Omissis)… Exposición:La evidencias recibidas resultaron ser: “UNA (01) CONCHA, DE ARMA DE FUEGO, TIPO: PISTOLA, PARA EL CALIBRE 45MM, CON LAS SIGUIENTES INSCRIPCIONES EN SU CULOTE DONDE SE LEE 45 AUTO CBC, ELABORADO EN METAL DE COLOR COBRIZO”.- La presente acta suministra convicción al suscrito, en cuanto a la balas encontradas en la escena del crimen las que posteriormente van a ser sometidas a experticias.
16. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 06-07-2014, rendida ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de esta ciudad, por el ciudadano: ARTURO JESUS MEDRANO, quien entre otros particulares manifestó lo siguientes:…(Omissis)…El día de hoy domingo 06-07-2014, aproximadamente a las 02:00 horas de la mañana, unos vecinos llegaron a mi casa y me despertaron para decirme que a mi hijo RONNY y a mi yerno CARLOS los habían matado en frente de la tasca LA RIVERA…(omissis)…”.La presente aporta convicción sobre la identificación plena de las víctimas y su lugar de residencia donde se encuentra.
17. ACTA DE DEFUNCIÓN, NRO.S/N, Suscrita Por la Directora del Registro Civil del Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, 06-07-2014, falleció: MEDRANO FARRERA RONNY DEL JESUS… (omissis)…y que murió a consecuencia de: HERIDA POR ARMA DE FUEGO EN CRANEO…(omissis)…Constituye el presente elemento vital importancia probatoria, no solo porque con el mismo se determina jurídicamente la extinción de la personalidad de quien en vida respondiera al nombre de MEDRANO FARRERA RONNY DEL JESUS; estableciéndose que la muerte no fue por causas naturales sino violentas, como fue la herida por arma fuego infligida por los imputados.
18. ACTA DE DEFUNCIÓN, NRO.S/N, Suscrita Por la Directora del Registro Civil del Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, 06-07-2014, falleció: GARCIA CARRASQUERO CARLOS ANTONIO…(omissis)…y que murió a consecuencia de: HERIDA POR ARMA DE FUEGO ENCRANEO… (omissis)… Constituye el presente elemento vital importancia probatoria, no solo porque con el mismo se determina jurídicamente la extinción de la personalidad de quien en vida respondiera al nombre de GARCIA CARRASQUERO CARLOS ANTONIO; estableciéndose que la muerte no fue por causas naturales sino violentas, como fue la herida por arma fuego infligida por los imputados.
19. ACTA DE ENTREVISTA, TESTIGO 1(Los demás datos de identificación reposan en este Despacho, a la disposición de la Fiscalía del Ministerio Publico, de conformidad con los artículos 3,4,7 y 9 de la Ley de Protección de Victimas Testigos y demás sujetos Procesales), quien entre otro particulares manifestó lo siguientes: “Resulta que el día domingo 06-07-2014 como a las 1:30 horas de la mañana, me encontraba en la parte de afuera de la Tasca la Rivera bebiendo, cuando vi que llegaron tres sujetos a quienes conozco por los apodos de “RAULITO”, “LUISITO” Y “GABO” a bordo de un carro Mitsubishi color blanco, luego “RAULITO” y “LUISITO” se bajaron del vehículo y comenzaron a disparar a dos sujetos que estaban allí, yo me tire al piso y cuando terminaron los disparo levante la cabeza y veo que el carro arranca en dirección hacia paloma, al poco momento veo que el mismo carro pasa de nuevo por la tasca y agarra vía al centro, quedando dos sujetos en el piso muertos, no había venido a declarar antes porque tenía miedo que me pudieran hacer algo los sujetos que mataron a esos chamos, ya que según comentarios esos sujetos son muy peligrosos... (...)...OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, que grado de participación tuvieron los sujetos los sujetos en el presente hecho que se investiga? CONTESTO: “LUISITO” Y “LUISITO”. La presente aporta convicción para quien suscribe sobre la participación real de los ciudadanos: RAULITO, EL LUISITO, EL GABO en la muerte de los ciudadanos: GARCIA CARRASQUERO CARLOS ANTONIO Y MEDRANO FARRERA RONNY DEL JESUS
20. ACTA DE ENTREVISTA, TESTIGO 2(Los demás datos de identificación reposan en este Despacho, a la disposición de la Fiscalía del Ministerio Publico, de conformidad con los artículos 3,4,7 y 9 de la Ley de Protección de Victimas Testigos y demás sujetos Procesales), quien entre otro particulares manifestó lo siguientes: “”.La presente aporta convicción para quien suscribe sobre la participación real de los ciudadanos: RAULITO, EL LUISITO, EL GABO en la muerte de los ciudadanos: GARCIA CARRASQUERO CARLOS ANTONIO Y MEDRANO FARRERA RONNY DEL JESUS.-
21. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, fecha 12-07-2014, suscrita por el Funcionario Detective Castillo T ALEX J, DETECTIVES ROSARIO JOSE, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Tucupita del Estado Delta Amacuro, donde entre otro particulares deja constancia de lo siguientes:...(...)...En esta misma fecha siendo las 11:30 horas de la mañana, continuando las investigaciones en relación a las actas procesales que conforman el expediente numero: K-14-0259-1329, que se instruye ante este despacho, por la comisión de uno de los delitos Contra las Personas(Homicidio), donde se mencionan como victimas los hoy occisos; 01.- GARCIA CARRASQUERO CARLOS ANTONIO, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad numero: V.-20.854.396; 02.-MEDRANO FARRERA RONNY DEL JESUS, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad numero: V- 19.139.869, me constituí en compañía de los funcionarios Detectives ROSARIO JOSE, AVILES VIC...(...)...asimismo dichos ciudadanos no se quisieron identificar por motivo a futuras represalia, de igual manera nos manifestaron tener conocimiento, donde residen los sujetos apodados EL RAULITO, EL LUISITO, EL GABO, y los mismos son los encargando de tener a la comunidad azotada y a la distribución de droga del sector de igual manera son los autores materiales del hecho, donde falleciera dos ciudadanos los cuales son autores materiales del hecho, donde falleciera dos ciudadanos los cuales le dieron muerte en una tasca conocidas LA RIVERA, en vista de lo antes expuesto nos trasladamos con el referido moradores hasta la residencias de los pre nombrados, continuado con el mismo orden de ideas, nos trasladamos hasta la residencia, de un sujeto apodado EL RAULITO, una vez en las siguientes dirección: BARRIO VILLA ROSA, CALLE PRINCIPAL, MUNCIPIO TUCUPITA ESTADO DELTA AMACURO, CASA SIN NUMERO VISIBLE, CONSTRUIDA DE BLOQUE CON FRISO, DE COLOR VERDE, PUERTA Y REJAS DE METAL, DE COLOR BLANCO...(...)...La presente aporta convicción sobre los hechos investigados y sobre las primeras identificación de campos sobre la identificación de los imputados de autos.-
22. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, fecha 13-07-2014, suscrita por el Funcionario Detective Castillo T ALEX J, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas Sub- Delegación Tucupita del Estado Delta Amacuro, donde entre otro particulares deja constancia de lo siguientes:...(...)...En esta misma fecha siendo las 02:30 horas de la tarde, continuando las investigaciones en relación a las actas procesales que conforman el expediente numero: K-14-0259-1329, que se instruye ante este despacho, por la comisión de uno de los delitos Contra las Personas(Homicidio), donde se mencionan como victimas los hoy occisos; 01.- GARCIA CARRASQUERO CARLOS ANTONIO, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad numero: V.-20.854.396; 02.-MEDRANO FARRERA RONNY DEL JESUS, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad numero: V-19.139.869...(...)... me traslade al área de del SIIPOL, a fin de verificar y identificar a los ciudadanos apodados “EL RAULITO, EL LUISITO, EL GABO” luego de una búsqueda exhaustiva ante el sistema pudimos verificar que el sujeto apodado EL RAULITO responde al nombre de: BRITO GUZMAN RONNIE RAUL, titular de la cédula de identidad Nro.V.-23.605.117...(...)... continuando con el mismo orden de ideas procedimos a ubicar información sobre el sujeto apodado EL LUISITO, el mismo se pudo identificar como: LUIS JOSE CEDEÑO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nro.V.-24.580.076...(...)...La presente aporta convicción sobre la identificación plena de los imputados de autos quien fueron señalados por testigos como los autores materiales del homicidios de los ciudadanos: 01.- GARCIA CARRASQUERO CARLOS ANTONIO, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad numero: V.-20.854.396; 02.-MEDRANO FARRERA RONNY DEL JESUS, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad numero: V-19.139.869.

23. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, fecha 26-07-2014, suscrita por el Funcionaria (INSPECTOR JEFE) MIRVIA PEREIRA, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Tucupita del Estado Delta Amacuro, donde entre otro particulares deja constancia de lo siguientes:...(...)... En horas de la mañana de hoy, continuando con las investigaciones relacionadas con las causa numero K-14-0259-01329, que se inicio por ante este Despacho por uno de los delitos contra las personas (Homicidio), previo conocimiento de la Fiscalía Superior del Ministerio Publico de este Estado, me traslade hacia la sala de sustanciación, donde sostuve entrevista con la funcionaria ARACELYS DOMINGUEZ, Jefe del Área, ...(...)...pudiendo constatar que se trato de la detención de cuatros ciudadanos: NEWMAN SALOME URRIETA MALPICA, titular de la cédula de identidad numero v.-23.605.123, LUIS JOSE CEDEÑO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad numero V.-24.580.076, NERLUIS MANUEL URRIETA MALPICA, TITULAR DE LA DE IDENTIDAD NUMEROV.-17.525.955 Y CARMELO JOSE LA PORTA PEREZ, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NUMERO V.-26.294.699, a quienes se le decomisaron tres armas de fuego, dos tipo revolver una marca TAURUS, serial TA987784, el otro marca ROSSI, seriales devastados, con tres cartuchos en su recamara y una pistola marca COLTS, calibre 45, seriales devastados, así como cinco cartuchos marca CAVIM calibre 38SPL y CINCO CARTUCHOS CALIBRE 45 CBC AUTO. Constatando que entre ellos se encontraba LUIS JOSE CEDEÑO RODRIGUEZ, quien es investigado en la causa K-14-0259-01329 ...(...)...La presente aporta convicción sobre la identificación plena del imputado (LUIS JOSE CEDEÑO RODRIGUEZ) de autos quien fuera detenido en otro hecho delictivo, quien fuera señalados por testigos como unos de los autores materiales del homicidios de los ciudadanos: 01.-GARCIA CARRASQUERO CARLOS ANTONIO, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad numero: V.-20.854.396; 02.-MEDRANO FARRERA RONNY DEL JESUS, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad numero: V-19.139.869.-
24. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, fecha 13-07-2014, suscrita por el Funcionario Detective Castillo T ALEX J, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Tucupita del Estado Delta Amacuro, donde entre otro particulares deja constancia de lo siguientes:...(...)...En esta misma fecha siendo las 02:30 horas de la tarde, continuando las investigaciones en relación a las actas procesales que conforman el expediente numero:K-14-0259-1329, que se instruye ante este despacho, por la comisión de uno de los delitos Contra las Personas(Homicidio), donde se mencionan como victimas los hoy occisos; 01.- GARCIA CARRASQUERO CARLOS ANTONIO, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad numero: V.-20.854.396; 02.-MEDRANO FARRERA RONNY DEL JESUS, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad numero: V-19.139.869...(...)... me traslade al área de del SIIPOL, a fin de verificar y identificar a los ciudadanos apodados “EL RAULITO, EL LUISITO, EL GABO”luego de una búsqueda exhaustiva ante el sistema pudimos verificar que el sujeto apodado EL RAULITO responde al nombre de: BRITO GUZMAN RONNIE RAUL, titular de la cédula de identidad Nro.V.-23.605.117...(...)... continuando con el mismo orden de ideas procedimos a ubicar información sobre el sujeto apodado EL LUISITO, el mismo se pudo identificar como: LUIS JOSE CEDEÑO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nro.V.-24.580.076...(...)...La presente aporta convicción sobre la identificación plena de los imputados de autos quien fueron señalados por testigos como los autores materiales del homicidios de los ciudadanos: 01.- GARCIA CARRASQUERO CARLOS ANTONIO, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad numero: V.-20.854.396; 02.-MEDRANO FARRERA RONNY DEL JESUS, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad numero:
V-19.139.869.-
25. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, fecha 27-07-2014, suscrita por el Funcionario (DETECTIVE WILGHEM GURLEY) adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Tucupita del Estado Delta Amacuro, donde entre otro particulares deja constancia de lo siguientes:...(...)... Encontrándome en labores de relacionadas al servicio en este despacho en el marco del Plan Patria Segura, se recibió llamada telefónica del ciudadano Abogado JHONNY MOHAMED, Fiscal Sexto del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, informando haber sostenidos entrevista con la ciudadana Abogado LIZGREANA PALMA, Juez Tercero de Control del Circuito Judicial del Estado Delta Amacuro, quien por necesidad y urgencia ordeno la captura del ciudadano LUIS JOSE CEDEÑO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad V.- 24.580.076, por estar incurso en uno de los delitos Contra las Personas, (HOMICIDIO), relacionado con la causa penal número K-14-0259-1329, que se instruye por esta Sub- Delegación, quien se encuentran recluido en el Hospital Dr. Luis Razetti de esta Ciudad, de igual manera informa una vez realizadas la aprehensión del mencionado ciudadano sea trasladado al reten policial Guasina de este Estado, a la orden de ese despacho...(...)...La presente aporta convicción sobre la identificación plena del imputado (LUIS JOSE CEDEÑO RODRIGUEZ) de autos quien fuera detenido en otro hecho delictivo, quien fuera señalados por testigos como unos de los autores materiales del homicidios de los ciudadanos: 01.- GARCIA CARRASQUERO CARLOS ANTONIO, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad numero: V.-20.854.396; 02.-MEDRANO FARRERA RONNY DEL JESUS, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad numero: V-19.139.869.-
26. ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA 09-09-2014, por la ciudadana: ANGELICA AURELIX RODRIGUEZ GUZMAN, titular de la cédula de identidad Nro.V.-15.790.508.La presente aporta convicción para quien suscribe por ser testigo referencial de los hechos.-
27. ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA 09-09-2014, por la ciudadana: AILEEN ALEXANDRA GUZMAN. La presente aporta convicción para quien suscribe por ser testigo referencial de los hechos.-
28. ACTA DE ENTREVISTA, DE FECHA 09-09-2014, por la ciudadana: RIYELIS JOSEFINA ADAMS VALDEZ. La presente aporta convicción para quien suscribe por ser testigo referencial de los hechos.-
29. RECONOCIMIENTO LEGAL, NRO. 276, de fecha 28-07-2014, suscrita por los funcionarios:
DETECTIVE ANDRES ROSALES, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Tucupita,…(Omissis)… Exposición:…(Omissis)…01.-Un (01) teléfono celular, marca Nokia, IMEI 012920/00/674415/0, d ella linea MOVISTAR, Serial IMEI Numero: 895804120009796593, de color azul, fabricado de MADE IN CHINA, CON SUS RESPECTIVA BATERIA, de ion de litio, la misma marca, de color negro, modelo BL-5CB.- La presente acta suministra convicción sobre los objetos encontrados en manos del imputado.
30. AVERIGUACION PENAL N°GNB-CVC-DVF911-SIP-458-2014, de fecha 25-07-2014, PTTE. JEAN DE LA ROSA, SM/3RA.RICHARD ESCALONA, SM/3RA. JESUS HERNANDEZ, S/1RO. FREDERICK BARRETO, ADSCRITO A LA ESTACIÓN DE VIGILANCIA FLUVIAL PEDERNALES DEL DESTACAMENTO DE VIGILANCIA FLUVIAL NRO.911 DEL COMANDO DE VIGILANCIA COSTERA DE LA GUARDIA NACIONAL, SUPERVISOR AGREGADO SUBERO OSCAR, OFICIAL BARRETO FIDEL, OFICIAL MIERES EDIXON, FUNCIONARIOS DE LA POLICÍA DEL ESTADO DELTA AMACURO...(...)...El día viernes 24 de julio de 2014, siendo las 11:50 de la noche, encontrándome de patrullaje pedestre mixto en función de los servicios institucionales, en la calle la Mariana, específicamente por el malecón al lado del Mercado Municipal, de la Comunidad de Pedernales, Municipio Pedernales Estado Delta Amacuro, en compañía de los siguientes Sargentos de Tropa Profesional: PTTE. JEAN DE LA ROSA, SM/3RA.RICHARD ESCALONA, SM/3RA. JESUS HERNANDEZ, S/1RO. FREDERICK BARRETO, ADSCRITO A LA ESTACIÓN DE VIGILANCIA FLUVIAL PEDERNALES DEL DESTACAMENTO DE VIGILANCIA FLUVIAL NRO.911 DEL COMANDO DE VIGILANCIA COSTERA DE LA GUARDIA NACIONAL, SUPERVISOR AGREGADO SUBERO OSCAR, OFICIAL BARRETO FIDEL, OFICIAL MIERES EDIXON, FUNCIONARIOS DE LA POLICÍA DEL ESTADO DELTA AMACURO...(...)...lugar donde observamos a cuatro (04) personas de sexo masculinos, el cual poseen las siguientes característica fisonómicas: Primera Persona: Color de piel moreno, de contextura delgada, cabellos cortos de color negro, de mediana estatura, Segunda Persona: Color de piel blanca, de contextura delgada, cabellos cortos de color negro, de alta estatura, Tercera Persona: Color de piel morena, de contextura fuerte, cabellos cortos de color negro, de alta estatura, Cuarta Persona: de color de piel morena, de contextura fuerte, cabellos cortos de color negro, de baja estatura, quienes actuaban en actitud sospechosa, le dimos la voz de alto y nos le identificamos como efectivos de la Guardia, los mismos hicieron caso omiso y se dieron a la Fuga, donde observamos que la Segunda Persona: Poseía un arma de fuego en la mano derecha, por lo que emprendimos una persecución en caliente d ellos ciudadanos antes señalados, haciendo un disparo al aire como método de persuasión para que soltara el armamento el mismo hizo caso omiso girando y apuntando a los miembros de la comisión accionando su arma de fuego en una oportunidad la misma no percuto inmediatamente el SM/3RA. JESUS HERNANDEZ, en vista de que se encontraban en riesgo la vida de los funcionarios miembro de la comisión acción su armamento asignado serial 26687, impactando en al brazo derecho de esta Segunda Persona la misma cayó al suelo soltando el arma de fuego, donde las otras tres personas al escuchar las detonaciones por parte de la comisión de arrojaron al piso, seguidamente el resto de los actuantes nos unimos de manera inmediata al efectivos en cuestión a los fines de apoyarlo, una vez que nos encontrábamos si poseía adherido en su cuerpo u oculto en sus ropas, otros objetos de interés criminalìsticos, negándose estas a responder, dada la negativa de estos ciudadanos Código Orgánicos Procesal Penal, procedimos a realizar la inspección corporal del mismo, no encontrando ningún otro objeto de interés criminalìsticos adheridos en su cuerpo u oculto en sus ropas, posteriormente le ordene al SM/3RA. JESUS HERNANDEZ, a los fines que colectara el arma de fuego que el ciudadano había arrojado al suelo el ciudadano que se encontraba herido, una vez colectada procedimos a sus reconocimiento y en consecuencia resulto ser: Un (01) arma de fuego tipo revolver, calibre 38 mm, marca Taurus, serial TA98784, de fabricado Brasil, de color negro con la empuñadura elaborada en goma de color negro, con cinco (05) cartuchos sin percutir den color bronce con el siguiente rotulado en su colote CAVIM 38 SPL y unos cartuchos con el siguientes rotulado en su culote 1987 WCC, el mismo se encuentra accionado pero no percatado, seguidamente ordene que se efectuara una inspección en el lugar de los hechos encontrando un (01) bolso tipo mochila de color negro, marca Wilson, de cinco (05) compartimiento que al abrirlo tenía en su interior dos (02) objetos, procedí a colectarlos seguidamente efectué su reconocimiento resultando ser lo siguiente: Un (01) arma de fuego, tipo pistola, de fabricación U.S.A., de metal, color Plateado con la empuñadura elaborada en madera, marca Colts Convermment, calibre 45 mm serial devastado, con un cargador de color plateado con cinco (05) compartimiento que al abrirlo tenía en su interior dos (02) objetos, procedí a colectarlos seguidamente efectué su reconocimiento de las arma de fuego antes señaladas, procedimos a identificar a los ciudadanos en cuestión, y en consecuencia resultaron ser y llamarse como queda escrito: NEWMAN SALOME URRIETA MALPICA... (...)...LUIS JOSE CEDEÑO RODRIGUEZ...(...)...NERLUIS MANUEL URRIETA MALPICA... (...)...acto seguido le aplicaron los primeros auxilios al ciudadano LUIS JOSE CEDEÑO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 24.580.076...(...)...La presente aporta convicción para quien suscribe en cuanto a la recuperación del arma de fuego: Un (01) arma de fuego, tipo pistola, de fabricación U.S.A., de metal, color Plateado con la empuñadura elaborada en madera, marca Colts Convermment, calibre 45 mm serial devastado, que fuera utilizada por el imputado de autos: LUIS JOSE CEDEÑO RODRIGUEZ, para acabar con la vida de las victimas
31. ACTA DE REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FISICAS, N°DE CASO: SIP-454-2014, Nro. Registro: 257, FECHA: 20-07-2014, EVIDENCIAS COLECTADAS, suscritas por el funcionario PTTE. JEAN DE LA ROSA, adscritos a la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas Sub- Delegación Tucupita del Estado Delta Amacuro, donde se deja constancia de lo siguiente: EVIDENCIAS FISICAS COLECTADAS: “UNA (01) CONCHA, DE ARMA DE FUEGO, TIPO: PISTOLA, PARA EL CALIBRE 45MM, CON LAS SIGUIENTES INSCRIPCIONES EN SU CULOTE DONDE SE LEE 45 AUTO CBC, ELABORADO EN METAL DE COLOR COBRIZO”. La presente aporta convicción para el que suscribe sobre las armas de fuego que le fuera incautados a los imputados de autos al momento de la detención.-
32. RECONOCIMIENTO LEGAL, NRO. 274, de fecha 25-07-2014, suscrita por los funcionarios: DETECTIVE OSWALDO TRINI, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Tucupita,…(Omissis)…Exposición: La evidencias recibidas resultaron ser: “ 03.-Cinco (05) cartuchos sin percutir de color bronce con el siguiente rotulado en su culote “CAVIM 38SPL” y uno de los cartuchos con el siguiente rotulado en su culote 1987 WCC, se observa en regular estado de uso y conservación, 04.-Un (01) Arma de Fuego, tipo PISTOLA, de fabricación USA, de metal, con Plateada, con la empuñadura elaborada en madera, marca COLTS CONVERMEMENT, calibre 45mm, serial DEVASTADO, CON UN CARGADOR DE COLOR PLATEADO, SE OBSERVA EN REGULAR ESTADO DE USO Y CONSERVACION, 05.-CINCO (05) CARTUCHOS SIN PERCUTIR DE COLOR BRONCE CON EL SIGUIENTE ROTULADO EN SU CILOTE CBC45 AUTO, se observa en regular estado de uso y conservación...(...)...”.- La presente acta suministra convicción al suscrito, en cuanto a la balas encontradas en la escena del crimen las que posteriormente van a ser sometidas a experticias legales.
33. RECONOCIMIENTO TÉCNICO Y COMPARACIÓN BALÍSTICA, NRO. 9700-128-B-0558-14, de fecha 01-09-2014, suscrita por los funcionarios: KEYLA A.CASANOVA, Funcionaria adscrita al Departamento de Criminalística de este Cuerpo Policial, designada para practicar Experticia de Reconocimiento Técnico y Comparación Balística, a las siguientes evidencias: TRES (03) ARMAS DE FUEGO, UN (01) CARGADOR, TRECE (13) PALAS, según pedimento formulado en el Memorándum N°3435, DE FECHA 25-07-2014 Y RECIBIDO EN ESTE DESPACHO EN FECHA 06-08-2014, CASO RELACIONADO CON EL EXPEDIENTE N°K-14-0259-01477… (Omissis)…Descripción de las Evidencias: A.-Un (01) Arma de Fuego del tipo Pistola, marcam COLTS, modelo convermment, calibre 45auto, fabricada en usa, acabado superficial: cromada con desgate, conjunto de mira conformado por: Alza y guion fijos, presenta un cañón con una longitud de ciento veintiséis(126) milímetros, y observándose en su parte interna seis (06) campos y seis (06) estrías, de giro helicoidal, levógiro, es decir, hacia la izquierdo, mecanismo de accionamiento simple, empuñadura conformado por dos tapas elaboradas en maderas de color marrón, serial de orden: ...(...)...PERITACIÓN: Examinados los mecanismos d ellas armas de fuego del tipo PISTOLA Y REVOLVERES, descritas en el Texto de este informe, se constato que para el momento de realizar la presente experticia, se encuentran la pistola y revolver, marca Taurus en Buen estado de funcionamiento y la restante revolver marca Amadeo Rossi, en mal estado de funcionamiento es decir, no se pueden efectuar disparos con la misma...(...)...A fin de determinar si las piezas suministras como incriminadas (Cinco (05) Conchas del calibre 45 Auto), suministradas como incriminadas según memorándum Nro,495 DE FECHA 06-07-2014, AL CUAL FUE OBJETO DE NUESTRA EXPERTICIA BALISTICA B-0558-14, relacionado con el expediente K-14-0259-01339 fueron o no, percutidas por el arma de fuego antes descrita con la letra A, del mismo calibre, se hizo necesario efectuar disparos de prueba con la misma a fin de obtener las piezas “Conchas” y conjuntamente con las incriminadas someterlas entre sí a un minucia y exhaustivo examen a través del MICROSCOPIO DE COMPARACION BALISTICA; dando como resultado lo que indicaremos en las conclusiones, CONCLUSION: 1.-Aplicado el método de Activación de caracteres Borrados en metal, en la zona ante mencionada, dio como resultado NEGATIVO, es decir tal fue la presión ejercida en dicha zonas de sobrepaso los limites de esfuerzo, 2.-Las (Cinco (05) CONCHAS del calibre 45 auto), objeto de la experticia Balística B-0558-14, FUERON PERCUTIDAS, por el Arma de Fuego del Tipo Pistola Marca COLTS, Descrita con la letra “A” en el texto de este informe; 3.-Cuatro (04) de las suministradas como incriminadas descritas en el texto de este informe fueron utilizadas en los disparos de prueba, los restantes quedan depositados en este despacho para el mismo fin, 4.-Las armas de fuego del tipo Pistola con su cargador, y los revólveres suministrados como incriminados y descritos en el texto de este informe, se envían previo traslado de comisión de ese Despacho.- La presente acta suministra convicción al suscrito, en cuanto a la balas encontradas en la escena del crimen fueron percutidas por el arma de fuego que le fuera encontrada al ciudadano: LUIS JOSE CEDEÑO RODRIGUEZ, que fuera sometida comparación con los proyectiles del hecho de sangre donde perdieran la vida los ciudadanos: 01.- GARCIA CARRASQUERO CARLOS ANTONIO, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad numero: V.-20.854.396; 02.-MEDRANO FARRERA RONNY DEL JESUS, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad numero: V-19.139.869.
34. ACTA DE EXPERTICIA NRO.:154-14, DE FECHA 07-08-2014, suscrita por el Funcionarios: DETECTIVES LUIS NIEVES, CREDENCIAL 35504, experto al Servicio del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas...(...)...EXPOSICIÓN: ...(...)...CLASE: AUTOMOVIL, MARCA: MITSUBISHI, MODELO: LANCER, TIPO: SEDAN, COLOR: BLANCO, PLACAS: AA016SN, AÑO: 2006, USO:PARTICULAR, el cual posee un valor aproximado de CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (400.000BS).PERITACION:...(...)...El serial de Carrocería, donde se lee la cifra alfanumérica: 8x1srcs6a6y300078, se encuentran en su estado ORIGINAL. El serial de motor, donde se lee la cifra alfanumérica: 4G94QQ6212, se encuentran en su estado ORIGINAL. La presente aporta convicción sobre el vehículo donde se desplazaron los imputados de autos el día del suceso y que luego fue dejado abandonado.-
35. ACTA DE BARRIDO Y ACTIVACIONES ESPECIALES, No.9700-386-383, de fecha 01-08-2014, suscrita por los funcionarios: MIGUEL A. PAREJAO R.(EXPERTO PROFESIONAL III) Y JONATHAN F. SOSA P.(DETECTIVE)...(...)...Por designación de la Superioridad, siendo las 10:15 horas de la mañana, del día 30-07-2014, con la finalidad de practicar experticia de: BARRIDO Y ACTIVACIONES ESPECIALES a: 1.-)Un (01) Vehículo Marca MITSUBISHI, modelo LANCER, placas AA0165, Tipo SEDAN, color BLANCO. Se procedió a realizar una minuciosa observación macroscópica tanto en la parte externa e interna del vehículo en estudio constándose lo siguiente:...(...)...CONCLUSIONES: En base a los análisis y observaciones realizadas a las piezas en estudio se concluye que: En las evidencias y rotuladas con los Nros.1.1, 1.2, 1.3, 1.4, 1.5, 1.6, 1.7, 1.8, NO se determino la presencia de iones nitratos.- En las evidencias y rotuladas con los Nros.1.1, 1.2, 1.3, 1.4, 1.5, 1.6, 1.7, 1.8, NO se determino la presencia de material de naturaleza hematica.-En las evidencias estudiada Nro.1, no se determino la presencia de rastros dactilares...(...)...La presente aporta 36. Protocolo de Autopsia Forense, Nro.356-1637-00707-14, de fecha 07-07-2014, Suscrito por el Experto Profesional Especialista II, Dr. RAMON ANTONIO URBANEJA, Médico Especialista en Medicina Interna y Medicina Legal, Director del Servicio Nacional de Medicina y Ciencia Forenses Región Monagas, al ciudadano: RONNY DEL JESUS MEDRANO FARRERA, Sexo: Masculino, Identificación: C.I.V.-19.139.689. Fecha de Autopsia: 06-07-2014, Operador: Dr. RAMON ANTONIO URBANEJA, Ayudante: EUCLIDES SANTOYA...(...)...Extremidades: Presento herida por arma de fuego de proyectil único disparado a distancia tipo rasante en la cara anterior del hombro derecho, CAUSA DE MUERTE: Fractura de cráneo con Hemorragia Cerebral y Herida de Parénquima Cerebral ocasionado por herida de arma de fuego de proyectil único disparado a distancia en la cabeza.- Constituye el presente elemento vital importancia probatoria, no solo porque con el mismo se determina jurídicamente la extinción de la personalidad de quien en vida respondiera al nombre de RONNY DEL JESUS MEDRANO FARRERA; estableciéndose que la muerte no fue por causas naturales sino violentas, como fue la herida por arma fuego infligida por el imputado. No nos cabe la menor duda, que la muerte, según Certificación médica expedida por la Dr. RAMON ANTONIO URBANEJA, Médico Especialista en Medicina Interna y Medicina Legal, Director del Servicio Nacional de Medicina y Ciencia Forenses Región Monagas. 37. Protocolo de Autopsia Forense, Nro.356-1637-00670-14, de fecha 07-07-2014, Suscrito por el Experto Profesional Especialista II, Dr. RAMON ANTONIO URBANEJA, Médico Especialista en Medicina Interna y Medicina Legal, Director del Servicio Nacional de Medicina y Ciencia Forenses Región Monagas, al ciudadano: CARLOS ANTONIO CARRASQUERO GARCIA, Sexo: Masculino, Identificación: C.I.V.-20.854.396. Fecha de Autopsia: 07-07-2014, Operador: Dr. RAMON ANTONIO URBANEJA, Ayudante: EUCLIDES SANTOYA...(...)...Extremidades: Presento herida por arma de fuego de proyectil único disparado a distancia tipo rasante en la cara anterior del hombro derecho, CAUSA DE MUERTE: Shock Hipovolemico Hemorrágico ocasionado por herida de arma de Fuego Fractura de cráneo con Hemorragia Cerebral y Herida de Perinquina Cerebral ocasionado por herida de arma de fuego de proyectil único disparado a distancia en la cabeza.- Constituye el presente elemento vital importancia probatoria, no solo porque con el mismo se determina jurídicamente la extinción de la personalidad de quien en vida respondiera al nombre de CARLOS ANTONIO CARRASQUERO GARCIA; estableciéndose que la muerte no fue por causas naturales sino violentas, como fue la herida por arma fuego infligida por el imputado. No nos cabe la menor duda, que la muerte, según Certificación médica expedida por la Dr. RAMON ANTONIO URBANEJA, Médico Especialista en Medicina Interna y Medicina Legal, Director del Servicio Nacional de Medicina y Ciencia Forenses Región Monagas. Constituye el presente elemento vital importancia probatoria, no solo porque con el mismo

En caso del HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 01 del Código Penal Venezolano en perjuicio del Ciudadano: JOSÉ AURELIO VIVAS VILLANUEVA.

1. TRANSCRIPCION DE NOVEDAD, de fecha 30-07-2014, suscrita por el Jefe de Guardia DETECTIVE ARBELAY WILKINS, adscrito a la División de Investigaciones de Homicidios del Eje Este del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, en la cual se deja constancia entre otros, que encontrándose de guardia, en el lapso del tiempo comprendidos desde las 07:30 de la mañana del día de hoy Miércoles 30-07-2013, hasta las 07:30 horas de de la mañana día jueves 31-07-2014, aparece una novedad que copiada textualmente dice así: 31.-19:30 hrs.-Recepción de Llamada Telefónica/Inicio de Averiguación K- 14-0259-1512/por UNO DE LOS DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD. Dicha acta de Transcripción constituye fundamento a la presente acusación, porque en la misma se deja constancia en la forma en que el órgano policial fue notificado de los hechos que constituyeron delito en fecha 30-07-2014, donde pierde la vida el ciudadano JOSE AURELIO VIVAS VILANUEVA, cuando el ciudadano RONNIEL RAULK BRITO GUZMAN, se apersona espontáneamente a la División de investigaciones de Homicidios eje Este del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.

2. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 30-07-2014, suscrita por los funcionarios DETECTIVE AGREGADO IRVING RIVERO, COMISARIO JEFE FELIX ABACHE, COMISARIO LUIS LOPEZ, DETECTIVE ALEX CASTILLO , MAICKOL BASTARDO, adscritos a la División de Investigaciones de Homicidios del Eje Este del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, en la cual dejan constancia entre otros de la siguiente actuación: “… …”Dicha acta de Investigación constituye fundamento a la presente acusación, porque de la misma se deja constancia de las circunstancias de modo tiempo y lugar, en que los funcionarios adscritos a la División de Investigaciones de Homicidios Eje Este del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, se trasladan al lugar señalado por el ciudadano RODRIGUEZ TABLANTE ELIAS GEOVA, logrando localizar el cadáver del ciudadano VIVAS VILLANUEVA JOSE AURELIO, de igual forma, se deja constancia de la vestimenta que portaba el hoy occiso, las características físicas morfológicas y las lesiones macroscópicas que presentaba el interfecto.

3. ACTA DE INSPECCION TECNICA Nº1225, de fecha 30-07-2014, suscrita por los funcionarios: DETECTIVE MAICKOL BASTARDO(TECNICO), DETECTIVE ALEX CASTILLO, IRVING RIVERO, COMISARIO FELIX ABACHE, LUIS LOPEZ (INVESTIGADORES), adscritos a la División de Investigaciones de Homicidios del Eje Este del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, mediante la cual dejan constancia entre otros, de lo siguiente: “…trátese de un sitio de suceso CERRADO, ubicado en la dirección arriba mencionada, se aprecia para el momento de la presente inspección amplia visibilidad física producida por la luz artificial y el alumbrado eléctrico, temperatura ambiental calidad, se observa un portón corredizo, el cual permite el acceso al interior de la morgue, al transponer el mismo se observa una cava cuarto del lado derecho con relación a la entrada y con relación a esta se encuentra una puerta de metal de una sola hoja, tipo batiente que permite el acceso al área de patología, pasada la referida se aprecia piso de cemento pulido, paredes de bloques frisados y revestidas de pintura de color blanco, techo de platabanda, asimismo se encuentra una camilla metálica fija, y otra camilla metálica móvil...(…)...”Dicha Inspección Técnica, constituye fundamento a la presente acusación, porque en la misma se deja constancia de las características del sitio del suceso, donde ocurrieron los hechos en fecha 30-07-2014, así como también de las características físico morfológicas del cadáver del ciudadano NIVAS VILLANUEVA JOSE AURELIO, vestimenta que portaba y las lesiones externas que presentaba el cadáver y debido a la región anatómica comprometida, le ocasionaron la muerte.

4. ACTA DE INSPECCION TECNICA Nº1226, de fecha 30-07-2014, suscrita por los funcionarios: DETECTIVE MAICKOL BASTARDO(TECNICO), DETECTIVE ALEX CASTILLO, IRVING RIVERO, COMISARIO FELIX ABACHE, LUIS LOPEZ (INVESTIGADORES), adscritos a la División de Investigaciones de Homicidios del Eje Este del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, mediante la cual dejan constancia entre otros, de lo siguiente: “…trátese de un sitio ABIERTO, ubicado en la dirección arriba mencionada, ubicada en la dirección antes mencionada, se aprecia amplia visibilidad producidas por la luz artificial, postes para el alumbrado público, como medio de acceso presenta una calle conformada en asfalto, la referida se encuentra en buen estado, permite el paso vehicular y peatonal, observado su fachada hacia el frente de la misma tomada...(…)...”Dicha Inspección Técnica, constituye fundamento a la presente acusación, porque en la misma se deja constancia de las características del sitio del suceso, donde ocurrieron los hechos en fecha 30-09-2014, así como también de las características físico morfológicas del cadáver del ciudadano VIVAS VILLANUEVA JOSE AURELIO, vestimenta que portaba y las lesiones externas que presentaba el cadáver y debido a la región anatómica comprometida, le ocasionaron la muerte.
5. ACTA DE INVESTIGACION PENAL:, de fecha 30-07-2014, suscrita por el funcionario COMISARIO JEFE FELIX ABACHE, adscrito a la División de Investigaciones de Homicidios del Eje Este del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, en la cual se deja constancia entre otros, de lo siguiente: “…(…)...Hoy en horas de la madrugada me traslade hacia el sector de Villa Rosa, de esta ciudad, en compañía de los funcionarios COMISARIO LUIS LOPEZ, INSPECTOR JEFE MIRVIA PEREIRA, DETECTIVES IRVING RIVERO Y ALEX CASTILLO, en vehículo particular, a objeto de ubicar a los sujetos RAULITO RIVERO Y ALEX CASTILLO, en vehículo particular, a objeto de ubicar a los sujetos RAULITO Y EDGAR ALFREDO, quienes guardan relación con las actas procesales numero K-14-0259-01512...(...)...RONNIE RAUL BRITO GUZMAN, Venezolano,. Natural de esta ciudad, de 19 años de edad, fecha de nacimiento 23-04-1995, titular de la cedula de identidad V- 23.605.117, residenciado en calle 06, casa sin número, Villa Rosa, Tucupita Estado Delta Amacuro.-Dicha acta de investigación constituye fundamento a la presente acusación porque de la misma se deja constancia que la Identificación plena del imputado RONNIE RAUL BRITO GUZMAN.
6. ACTA DE INSPECCION TECNICA Nº1242, de fecha 30-07-2014, suscrita por los funcionarios: DETECTIVE MAICKOL BASTARDO(TECNICO), adscritos a la División de Investigaciones de Homicidios del Eje Este del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, mediante la cual dejan constancia entre otros, de lo siguiente: “ESTACIONAMIENTO INTERNO DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS PENALES Y CRIMINALISTICA, SUB-DELEGACION TUCUPITA, ESTADO DELTA AMACURO”…En el precitado del lugar, resulto ser un sitio de suceso Mixto, su fachada principal elaborada en bloques de cemento frisado, orientada en sentido Norte, delimitada por Una (01) cerca metálica con Un (01) Portón tipo corredizo, su calzada elaborada en cemento rustico, brocales y aceras construida en cemento, a los lados de la misma postes de alumbrado público que sostienen el tendido eléctrico...(...)...Un (01) Vehículo automotor, marca Ford, modelo laser, color Gris, placas AB226DD, el cual al ser debidamente inspeccionado en sus partes se observa sus cuatros rines...(…)...”Dicha Inspección Técnica, constituye fundamento a la presente acusación, porque en la misma se deja constancia de las características del vehículo donde se desplazaba la víctima al momento del suceso VIVAS VILLANUEVA JOSE AURELIO.

7. EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL Nº281, de fecha 30-09- 2014, suscrita por la funcionaria: DETECTIVE MAICKOL BASTARDO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, practicado a: “01.-Cinco (05) Conchas, para Arma de Fuego, calibre (9mm), percutidas, la cual se aprecia elaborada en metal de forma cilíndrica de color amarillo, las mismas se aprecia en regular estado del uso y de conservación; 02.-UN (01) SEGMENTO DE PLOMO PARCIALMENTE DEFORMADO DE COLOR AMARILLO, EL MISMO SE APRECIA EN MAL ESTADO DE SUSO Y DE CONSERVACION. Dicha experticia constituye fundamento a la presente acusación porque de la misma se deja constancia de las características particulares de los proyectiles de cinco (05) conchas, para Arma de Fuego, calibre (9mm), percutidas, la cual se aprecia elaborada en metal de forma cilíndrica de color amarillo.

8. ACTA DE REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FISICAS, N°DE CASO: K-14-0259-01512, Nro. Registro: 203, FECHA: 30-07-2014, EVIDENCIAS COLECTADAS, suscritas por el funcionario: MAICKOL BASTARDO, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Tucupita del Estado Delta Amacuro, donde se deja constancia de lo siguiente: EVIDENCIAS FISICAS COLECTADAS: 01.-Un (01) segmento de plomo parcialmente deformado de color amarillo, el mismo se aprecia en mal estado de uso y de conservación. La presente aporta convicción sobre los segmentos de plomo colectado que serán sometidas a experticias posteriores.

9. CERTIFICADO DE DEFUNCION EV-14, Suscrita Por la Directora del Registro Civil del Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, 30-07-2014, falleció: VIVAS VILLANUEVA JOSE AURELIO, titular de la cedula de identidad Nro.V.-13.643.314…(omissis)…y que murio a consecuencia de: HEMORRAGIA INTERNA, HERIDA POR PASO DE PROYECTIL D EARMA DE FUEGO EN REGION … (omissis)…RESPONSABLE DE LA CERTIFICACION: LOPEZ DECASTRO MARLENE, NUMERO DE IDENTIFICACION: 16332, PATOLOGO FORENSE.-Constituye el presente elemento vital importancia probatoria, no solo porque con el mismo se determina jurídicamente la extinción de la personalidad de quien en vida respondiera al nombre de VIVAS VILLANUEVA JOSE AURELIO; estableciéndose que la muerte no fue por causas naturales sino violentas, como fue la herida por arma fuego infligida por los imputados.

10. ACTA DE REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FISICAS, N°DE CASO: K-14-0259-01512, Nro. Registro: 201, FECHA: 30-07-2014, EVIDENCIAS COLECTADAS, suscritas por el funcionario: MAICKOL BASTARDO, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Tucupita del Estado Delta Amacuro, donde se deja constancia de lo siguiente: EVIDENCIAS FISICAS COLECTADAS: 01.-Cinco (05) conchas, para Arma de Fuego, calibre (9mm), percutidas, la cual se aprecia, elaborada en metal de forma cilíndrica de color amarillo, la mismas se aprecia en regular estado de uso y de conservación para ser sometidas a experticias posteriores. La presente aporta convicción sobre los segmentos de plomo colectado que serán sometidas a experticias posteriores.-
11. ACTA DE REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FISICAS, N°DE CASO: K-14-0259-01512, Nro.-Registro: 202, FECHA: 30-07-2014, EVIDENCIAS COLECTADAS, suscritas por el funcionario: MAICKOL BASTARDO, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Tucupita del Estado Delta Amacuro, donde se deja constancia de lo siguiente: EVIDENCIAS FISICAS COLECTADAS: 01.-Un (01) segmento de gasa elaborada en fibras naturales, el cual se encuentra impregnada de una sustancia de color pardo rojizo, colectada de la morgue de hoy occiso VIVAS VILLANUEVA JOSE AURELIO, la cual seran sometidas a experticias posteriores. La presente aporta convicción sobre los segmentos de plomo colectado que seran sometidas a experticias posteriores.-

12. ACTA DE ENTREVISTA: de fecha 30-07-2014, suscrita por el funcionario DETECTIVE IRVING RIVERO, adscrito a la División de Investigaciones de Homicidios del Eje Este del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, en la cual se deja constancia de las declaraciones de RODRIGUEZ TABLANTE ELIAS GEOVA, (Se reservan sus datos personales amparado en los articulo 23, numerales 1, 2 y 5 de la Ley de Protección de la Victimas, Testigos y Demás Sujetos Procesales), donde refiere entre otros, lo siguiente: “…(...)…Resulta que yo me trasladaba con mis hijos JUNIOR ELIAS, ELIAS MIGUEL y mi cuñado JOSE AURELIO, a bordo del vehículo marca FORD, MODELO laser, color PLATA, hacia la esperanza, donde vivía mi cuñado, ya que íbamos a llevarlo y cuando íbamos por la avenida Orinoco, a la altura de la Farmacia Altagracia, del sector Jobo, de esta ciudad, me percate que del lado izquierdo del vehículo venían dos muchachos en una moto gris, entonces el que iba de parrillero saco una pistola y empezó a disparar hacia donde estábamos nosotros, más o menos disparo como tres veces, entonces en eso momento me agache, luego mi cuñado me dice “Cuñado no sé qué me pasa” y es cuando lo veo que cae al lado, ya que él iba en la parte de atrás, del lado izquierdo y yo me encontraba adelante, del lado del copiloto, en ese momento se detiene el vehículo y veo que viene un motorizado de la policía del estado delta Amacuro y nos dirigimos hacia el materno y lo ingresaron por la emergencia, luego como cinco minutos después nos avisaron que mi cuñado JOSE AURELIO VIVAS, ya que estaba muerto Dicha acta de entrevista constituye fundamento a la presente acusación porque de la misma se deja constancia de la identificación del hoy occiso, así como hacia donde se dirigían al momento de la ocurrencia de los hechos.
13. ACTA DE ENTREVISTA: de fecha 30-07-2014, suscrita por el funcionario DETECTIVE IRVING RIVERO, adscrito a la División de Investigaciones de Homicidios del Eje Este del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, en la cual se deja constancia de las declaraciones de TESTIGO 003, (Se reservan sus datos personales amparado en los articulo 23, numerales 1, 2 y 5 de la Ley de Protección de la Victimas, Testigos y Demás Sujetos Procesales), donde refiere entre otros, lo siguiente: “…(...)…”Dicha acta de entrevista constituye fundamento a la presente acusación porque de la misma se deja constancia de la identificación del hoy occiso, así como de la participación del ciudadano: RONNIE RAUL BRITO GUZMAN así como hacia donde se dirigían al momento de la ocurrencia de los hechos.
14. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, fecha 01-08-2014, suscrita por el Funcionario: COMISARIO LUIS LOPEZ, COMISARIO JEFE FELIX ABACHE, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas Sub Delegación Tucupita del Estado Delta Amacuro, donde entre otros particulares deja constancia de lo siguientes:...(...)... RONNIE RAUL BRITO GUZMAN, quien es investigado en la causa K-14-0259-01512 ...(...)...La presente aporta convicción sobre la identificación plena del imputado (RONNIE RAUL BRITO GUZMAN) de autos quien fuera detenido en otro hecho delictivo, quien fuera señalados por testigos como unos de los autores materiales del homicidios del ciudadano: 01.- JOSE AURELIO VIVAS VILLANUEVA.
15. PROTOCOLO DE AUTOPSIA, Nº 23.725, de fecha: 31-07-2014, suscrito por la Doctora MARLENE LOPEZ DE CASTRO, Medico Anatomopatologo adscrita a la Coordinación Nacional de Ciencias Forenses del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, quien deja constancia de haber practicado el examen interno al cadáver del ciudadano que en vida respondiera al nombre de VIVAS VILLANUEVA JOSE AURELIO, dejando constancia de las siguientes lesiones: A.- Herida por paso proyectil disparado por arma de fuego en; Región Acromial Izquierda, y como Consecuencia Hemorragia Interna, a los que se atribuye. Dicho Protocolo de Autopsia, constituye fundamento a la presente acusación, porque en este se deja constancia entre otras cosas que, la causa de la muerte del ciudadano: VIVAS VILLANUEVA JOSE AURELIO, se produjo debido a: a causas violentas por el paso de proyectil disparado por arma de fuego.
16. RECONOCIMIENTO MEDICO LEGAL Nº14017-12, de fecha 01 de agosto de 2014, suscrito por el Doctor LUIS MAURICIO MEDRANO, Médico Forense, adscrito a la Coordinación Nacional de Ciencias Forenses del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas Sub- Delegacion Tucupita, practicado al ciudadano RONNY RAUL BRITO GUZMAN, el día 01-08-2014, en la cual deja constancia de lo siguiente: SIN LESIONES EXTERNAS QUE CALIFICAR DESDE EL PUNTO DE VISTA MEDICO LEGAL. Dicha experticia constituye fundamento a la presente acusación porque de la misma se desprende que del Reconocimiento Médico Legal, practicado al ciudadano RONNY RAUL BRITO GUZMAN, se determino que el mismo no presenta ningún tipo de lesión física.
17. ANALISIS DE TRAZA DE DISPAROS(A.T.D) Nº 9700-035-AME-MR-1164- 14, de fecha 09-08-2014, suscrita por la funcionaria: ZAPATA JULIMAR, LIC EN CRIMINALISTICAS, adscritas al Área de Microscópica Electrónica del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, practicado a: CONCLUSIONES: En base a las observaciones y análisis practicado, a las muestras recibidas, se concluye: En la muestra colectadas en las regiones dorsales de ambas manos del Ciudadano: BRITO GUZMAN RAUL RONNIE. Se detecto la presencia de : Antimonio(sb) Bario(Ba) y Plomo(pb).-La presencia de estos tres elementos indica que son residuos producto de la ignición de la capsula fulminante de cartucho(s) para arma(s) de fuego, y solo pueden detectarse cuando se efectúa el disparo. La presente aporta convicción sobre que el imputado RONNIE RAUL BRITO GUZMAN, acción arma de fuego contra la victima JOSE AURELIO VIVAS VILLANUEVA.-
18. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 19-09-2014, AILLEN ALEXANDRA GUZMAN,
Titular de la cédula de identidad Nro.V.-17.053.534, promovida por la defensa del imputado de auto.-
19. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 19-09-2014, FUENTES GOMEZ NILMARIS DEL CARMEN, titular de la cédula de identidad Nro.V.-13.744.300, promovida por la defensa del imputado de auto.-
20. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 19-09-2014, GUZMAN EXTRAÑO EUCARIS JOSEFINA, titular de la cédula de identidad Nro.V.-8.928.706, promovida por la defensa del imputado de auto.-
21. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 19-09-2014, MARCANO EUDIS JOSE, titular de la cédula de identidad Nro.V.-8950358, promovida por la defensa del imputado de auto.
Precalificando el Fiscal del Ministerio Público, la conducta desplegada por los ciudadanos como los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, de conformidad con el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de CARLOS ANTONIO GARCÍA CARRASQUERO y RONNY DEL JESUS MEDRANO FARRERA y a RONNIEL RAUL BRITO GUZMAN por la presunta comisión del Delito de: HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 01 del Código Penal Venezolano en perjuicio del Ciudadano: JOSÉ AURELIO VIVAS VILLANUEVA.

DE LAS PRUEBAS

En virtud de que los medios de prueba ofrecidos por el representante fiscal a los fines de su incorporación y apreciación en el acto procesal del juicio oral y público, resultan lícitos, legales, pertinentes y necesarios, estos son ADMITIDOS, de igual manera se admiten las pruebas ofrecidas por la defensa pública y privada a los fines de garantizar el derecho a la defensa previsto en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a tenor del artículo 313 numeral 2 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 181 y 182 ejusdem.

ORDEN DE APERTURA DEL JUICIO

Conforme a los previsto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, Se ORDENA LA APERTURA A JUICIO Y PÚBLICO, y se emplaza a las partes para que concurran en el plazo común de cinco días ante el Juez de Juicio, se instruye a la secretaria la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal de Juicio.

DISPOSITIVA

Este tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial penal del estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO Se admite en su totalidad las acusaciones presentadas por la ciudadana Fiscal del Ministerio Público, en la causa seguida a los ciudadanos LUIS JOSE CEDEÑO RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº 24.580.076, venezolano, nacido en fecha 05-06-1992, de 22 años de edad, estado civil soltero de profesión u oficio obrero, residenciado en el sector de Villa Rosa, calle numero 08, casa sin numero de color verde. Municipio Tucupita Estado Delta Amacuro, RONNIE RAUL BRITO GUZMAN, venezolano, nacido en fecha 23-04-1995, de 19 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 23.605.117, de profesión u oficio obrero, residenciado en Villa Rosa, calle 06, de color verde con blanco, hijo Eucaris Josefina (v) y Ronnie Brito (V), JOSUE DEL JESUS JIMENEZ GARCIA, venezolano, nacido en Ciudad Bolívar, en fecha 02-12-1986, de 28 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 19.140.907, de profesión u oficio barbería, grado de instrucción bachiller, residenciado en el Jobo, calle Nº 02, casa Nº 03, hijo Daysi Méndez (v) y José García (V), teléfono de contacto 0426-4911367., así como la calificación de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, de conformidad con el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de CARLOS ANTONIO GARCÍA CARRASQUERO y RONNY DEL JESUS MEDRANO FARRERA y a RONNIEL RAUL BRITO GUZMAN por la presunta comisión del Delito de: HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 01 del Código Penal Venezolano en perjuicio del Ciudadano: JOSÉ AURELIO VIVAS VILLANUEVA. De igual manera se admite las pruebas ofrecidas por el representante de la Vindicta Pública, la defensa pública y privada, las cuales son lícitas, legales y pertinentes y se acuerda de conformidad a lo dispuesto en artículo 176 del Código Orgánico Procesal Penal. Se declara sin lugar la solicitud de la defensa pública y privada en relación al sobreseimiento, en virtud que el escrito acusatorio cumple con los requisitos previsto en el artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece los requisitos que debe contener un escrito acusatorio. SEGUNDO: Una vez admitida las acusaciónes se impone a los acusados de las medidas alternativas a la prosecución del proceso como es el artículo 38 y 375 del Código Orgánico Procesal Penal, tales como Acuerdos Reparatorios, suspensión Condicional del Proceso y la admisión de los hechos a los fines de la imposición inmediata de la pena. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano RONNIE RAUL BRITO GUZMAN, titular de la cedula de identidad Nº 23.605.117 quien expuso “No admito los hechos en relación a los dos acusación, soy inocente. Es todo. JOSE CEDEÑO RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº 24.580.076. Quien expuso “No admito los hechos soy inocente. Es todo. JOSUE DEL JESUS JIMENEZ GARCIA, titular de la cedula de identidad Nº 19.140.907. Quien expuso “No admito los hechos soy inocente. Es todo.
TERCERO: Se mantiene la Medida Preventiva Judicial de Libertad de conformidad al artículo 236 1° 2° y 3°, 237 numerales 1º, 2º y parágrafo primero de la mencionada base legal, 238 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal, a los acusados, LUIS JOSE CEDEÑO RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº 24.580.07, RONNIE RAUL BRITO GUZMAN, titular de la cedula de identidad Nº 23.605.117, y JOSUE DEL JESUS JIMENEZ GARCIA, titular de la cedula de identidad Nº 19.140.907, por encontrarse presuntamente incurso en la comisión del delito de, HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 01 del Código Penal Venezolano en perjuicio CARLOS ANTONIO GARCÍA CARRASQUERO, RONNY DEL JESUS MEDRANO FARRERA. Y en relación a RONNIEL RAUL BRITO GUZMAN por la presunta comisión del Delito de: HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 01 del Código Penal Venezolano en perjuicio del Ciudadano: JOSÉ AURELIO VIVAS VILLANUEVA.
CUARTO: Se apertura el juicio oral y público, y se emplaza a las partes a los fines de concurran ante el Juez de juicio en el plazo común de los cinco. Se instruye a la secretaria a los fines de que remita las actuaciones y todos los recaudos al tribunal de juicio.
QUINTO: Se ratifica orden de aprehensión en contra de ALFREDO EDGARD CEDEÑO ROJAS, titular de la cedula de identidad Nº 21.198.751, Venezolano, soltero, de 21 años de edad, nacido en fecha 06/11/199, natural en San Félix del Estado Bolívar y residenciado en la Urbanización Villa Rosa, calle principal, casa sin numero visible, construidas en bloques, con friso, color azul, puertas y rejas de metal. Color blanco de esta Ciudad, Estado Delta Amacuro, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 01 del Código Penal Venezolano en perjuicio del Ciudadano: JOSÉ AURELIO VIVAS VILLANUEVA, por considerar que están llenos los extremos de los artículos 236 numerales 1°, 2° y 3°, 237 2°, 3° y parágrafo primero y 238 numerales 1° y 2° del Código Orgánico Penal . Oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas local y demás órganos policiales, para que practiquen la aprehensión del referido ciudadano y se ordena compulsa en presente asunto en relación a la orden de aprehensión.

Dictado como fuera el dispositivo en audiencia oral, de conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal, quedan las partes notificadas de lo acordado. Regístrese, publíquese, déjese copia de la presente decisión.
LA JUEZA TERCERA DE CONTROL

ABG. LIZGREANA PALMA NUÑEZ

LA SECRETARIA

ABG. BRIZEIDIS OLIVEROS.