REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUCUPITA, CASACOIMA, PEDERNALES Y ANTONIO DÍAZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO DELTA AMACURO.

Tucupita, 20 de Febrero de 2015
204° y 155°
Solicitud N: 0233-2015
PARTE SOLICITANTE: NICOLÁS CONSTANTINO TINIACOS BASTARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.210.280, domiciliado en la Calle Principal del Jobo, cruce con la avenida Guasina, Parroquia J. Vidal Marcano, Municipio Tucupita estado Delta Amacuro.
ABOGADO ASISTENTE: PEDRO DELLAN, inpreabogado Nº 107.035
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.

I
En fecha veintinueve (29) de Enero del Año Dos Mil Quince (2015), compareció por ante este Juzgado el ciudadano: NICOLÁS CONSTANTINO TINIACOS BASTARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.210.280, domiciliado en la Calle Principal del Jobo, cruce con la avenida Guasina, Parroquia J. Vidal Marcano, Municipio Tucupita estado Delta Amacuro, solicitando de este Tribunal se le tome declaración a los ciudadanos que oportunamente presentara y una vez evacuados los testimoniales y cumplidos los trámites legales se le declare suficientemente Título supletorio de Propiedad a su favor, sin perjuicio de terceros, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha tres (03) de Febrero del Año Dos Mil Quince (2015), se dicto auto admitiendo la presente solicitud, fijándose la oportunidad para la presentación de los testigos, a los fines de interrogar a los mismos.
En fecha diez (10) de Febrero del Año Dos Mil Quince (2015), comparecieron en calidad de testigos las ciudadanas LAURIS MARIA MANZANO HERNANDEZ y RAYCIRA DEL VALLE DÍAZ QUIJADA, venezolanas, mayores de edad, con cédulas de identidad Nros. 11.212.320 y 11.207.280, respectivamente, domiciliadas en la ciudad de Tucupita, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro.


II
Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre las bienhechurías fomentadas por el ciudadano: NICOLÁS CONSTANTINO TINIACOS BASTARDO, antes identificado, sobre una parcela de terreno propiedad de Ejidos Municipales, ubicada en en la Calle Principal del Jobo, cruce con la avenida Guasina, Parroquia J. Vidal Marcano, Municipio Tucupita estado Delta Amacuro, constante de NOVENTA Y TRES CON CINCUENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (93,59 Mtrs2); alinderada de la siguiente manera: NORTE: posesión que es o fue de la ciudadana Sofia Tiniacos, con 5,65 metros lineales; SUR: calle principal el Jobo, con 5,70 metros lineales; ESTE: Av. Guasina, con 15,45 metros quebrados y OESTE: posesión que es o fue de la ciudadana Olimpia Bastardo, con 15,25 metros lineales; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y suficientemente para asegurar el Derecho de Propiedad y Posesión del ciudadano: NICOLÁS CONSTANTINO TINIACOS BASTARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.210.280, sobre las mencionadas bienhechurías y que conforme a las declaraciones rendidas por las testigos hábiles y contestes ciudadanas LAURIS MARIA MANZANO HERNANDEZ y RAYCIRA DEL VALLE DÍAZ QUIJADA, antes identificadas, se evidencia que el ciudadano: NICOLÁS CONSTANTINO TINIACOS BASTARDO, plenamente identificado, a su propia expensas ha fomentado las referidas bienhechurías las cuales tiene un valor aproximado de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (450.000,00 Bs).-
Déjese copia certificadas de las presentes actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 112 del Código de Procedimiento civil. Devuélvase la solicitud a la parte interesada, previo suministro de los fotostatos respectivos. Así se decide.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario Y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. En la ciudad de Tucupita a los veinte (20) días del Mes de Febrero de Dos Mil Quince (2015). Años: 204° de la Independencia y 155° de la Federación.

Abg. PEDRO RAUSEO ZAPATA.
El Juez Suplente Especial.
La Secretaria,

Abg. MARISELA GOMEZ.
PRZ/MG/ecms.