REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del
Estado Delta Amacuro.
Tucupita, veinticuatro (24) de marzo de dos mil quince (2015)
204º y 156º

ASUNTO: YP11-S-2015-000003
Visto que en la Audiencia Preliminar de Mediación, del presente asunto signado con el Nro. YP11-S-2012-000003, contentivo del procedimiento de Autorización para apertura de cuenta, interpuesto por el ciudadano: VICTOR JOSE DAVALILLO RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.790.724, residenciado en la avenida Orinoco, Sector Nuestra Señora de Coromoto, frente al Liceo Rodo, Municipio Tucupita del estado Delta Amacuro; quién actúa en beneficio de la Joven Adulta y las Adolescentes: ORIANNA DEL VALLE, (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) y (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de 18, 14 y 13 años de edad respectivamente, es por ello que este Tribunal, vista la incomparecencia de la parte demandante ciudadana ANAIS FLONEDYS MALPICA, y visto no comparece el ciudadano VICTOR JOSE DAVALILLO RIVAS, y visto que no compareció la ciudadana YANZNOLIS YUDITH COVA MARTINEZ, al inicio de la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara DESISTIDO el presente asunto de AUTORIZACIÓN PARA APERTURA DE CUENTA, igualmente se le advierte a las partes VICTOR JOSE DAVALILLO RIVAS y YANZNOLIS YUDITH COVA MARTINEZ, que no podrán presentar nuevamente la pretensión antes de que transcurra un mes a contar de la presente fecha, se acuerda el cierre del presente asunto y su posterior remisión al archivo regional inactivo. Cúmplase.
La Jueza Provisoria,


Abg. Vilma Martorelli
El Secretario






Hora de Emisión: 2:24 PM
Asistente que realizo la actuación: V.M.
YP11-S-2015-000003