REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro
Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del
Estado Delta Amacuro.
Tucupita, Diecinueve (19) de Noviembre de Dos Mil Quince (2015)
205º y 156º
ASUNTO: YP11-V-2015-000180
Parte actora: YHONNY RAFAEL ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°V-9.861.368, domiciliado en San Juan II, de esta ciudad de Tucupita Estado Delta Amacuro.
Partes demandadas: YENNIFER MARIA ROJAS RODRIGUEZ, RAFAEL GREGORIO ROJAS RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad NrosV-20.852.097 y V-26.377.021 y el Adolescente (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), venezolano, titular de la Cédula de Identidad NºV-26.909.191, de 16 años de edad, domiciliados en la Urbanización Los Cocos, a cuatro casa de la Iglesia de esta ciudad de Tucupita Estado Delta Amacuro.
Motivo: Extinción de Obligación de Mnautención.
Visto que en la oportunidad para la celebración de la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, tal como lo prevé el artículo 469 de la LOPNNA del presente asunto signado con el Nro. YP11-V-2015-000180, contentivo del procedimiento de Extinción de Obligación de Mnautención, interpuesto por el ciudadano YHONNY RAFAEL ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°V-9.861.368, domiciliado en San Juan II, de esta ciudad de Tucupita Estado Delta Amacuro, contra los Ciudadanos YENNIFER MARIA ROJAS RODRIGUEZ, RAFAEL GREGORIO ROJAS RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad NrosV-20.852.097 y V-26.377.021 y el Adolescente (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), venezolano, titular dela Cédula de Identidad NºV-26.909.191, de 16 años de edad, domiciliados en la Urbanización Los Cocos, a cuatro casa de la Iglesia de esta ciudad de Tucupita Estado Delta Amacuro; y, vista la incomparecencia de la parte demandante ciudadano YHONNY RAFAEL ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°V-9.861.368, al inicio de la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento a lo previsto en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, declara DESISTIDO el presente asunto de EXTINCIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, igualmente se le advierte al demandante Ciudadano YHONNY RAFAEL ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°V-9.861.368, que no podrá presentar nuevamente la pretensión antes de que transcurra un mes a contar de la presente fecha, se acuerda el cierre del presente asunto y su posterior remisión al archivo regional inactivo. Cúmplase.
La Jueza Provisoria,
Abg. Vilma Martorelli
El Secretario
Hora de Emisión: 11:31 AM
Asistente que realizo la actuación: v.m.
YP11-V-2015-000180
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