REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control
Tucupita, 7 de octubre de 2015
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : YP01-P-2013-002107
ASUNTO : YP01-P-2013-002107
En fecha18 de junio de 2014, siendo las 8:50 de la mañana, se constituye el Tribunal Primero de Control, en la Sala de Audiencia Número tres (03) del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, a los fines de realizar Audiencia Preliminar en la presente causa seguida a los ciudadanos CARLOS GREGORIO PALOMO, Venezolano, natural de Tucupita, fecha de Nacimiento: 23-02-1983, de 30 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio agricultor, residenciado en el sector Villa Bolivariana calle N° 2 casa s/n, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad Nº V- 18.075.727, quien dijo ser hijo de Carlos Cequea (v) Roselia Palomo (m); ELIAS ANTONIO LARA MARQUEZ, Venezolano, natural de Tucupita, fecha de Nacimiento: 20-07-1988, de 24 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio agricultor, residenciado en el sector Villa Bolivariana calle N° 2 casa s/n, a tres casas de la bodega joselis, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad Nº V- 20.853.527, quien dijo ser hijo de Fernando Larez (v) Josefina Marquez (v); MARIO OLEGARIO GONZALEZ, Venezolano, natural de Tucupita, fecha de Nacimiento: 10/11/1963, de 51 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el sector Villa Bolivariana calle N° 1 casa s/n al lado del alguacil Guillermo Moreno, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad Nº V-10.183.312, quien dijo ser hijo de José Vicente González (f) y Emilia Rausseo (f) y LEONARDO JOSE GONZALEZ, Venezolano, natural de Tucupita, fecha de Nacimiento: 01/07/1960, de 52 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio agricultor, residenciado en el sector Hacienda del Medio el Silencio calle 04 al final casa s/n, frente a la iglesia evangelica Campamento de Dios, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.952.085, quien dijo ser hijo de Lucrecio Carreño (f) y Maria González (f); por la presunta comisión del delito de MODIFICACION O DESTRUCCION DE BIENES PROTEGIDOS, previsto y sancionado en el artículo 41de la Ley Penal de Ambiente, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. En la referida audiencia este juzgado de control una vez escuchado que los imputados admitieron los hechos que se les atribuye acordó. SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, a los ciudadanos CARLOS GREGORIO PALOMO, ELIAS ANTONIO LARA MARQUEZ, MARIO OLEGARIO GONZALEZ, y LEONARDO JOSE GONZALEZ, ya identificados, por el lapso de 03 meses, con la condición de sembrar 10 árboles cada uno de los acusados.
De la misma forma se aprecia que consta de autos el cumplimiento cabal de las condiciones impuestas por este despacho. Ahora, el segundo aparte del articulo 361 del Código Orgánico Procesal Penal establece “Si de la verificación a la que se refiere el aparte anterior, el Juez o Jueza de Instancia Municipal, comprueba el cumplimiento de las condiciones impuestas en la Suspensión Condicional del Proceso, o el cumplimiento definitivo del Acuerdo Reparatorio, así como el cumplimiento de las medidas cautelares sustitutivas a la privación judicial preventiva de libertad decretadas en la audiencia de presentación, con posterioridad a ésta o en la audiencia preliminar, podrá dictar sentencia de sobreseimiento por extinción de la acción penal, notificando de ello a las partes y a la víctima no querellada….”
Por otra parte se desprenden sendas audiencias de fecha 21 de enero de 2015 y 08 de junio de 2015, la primera en relación al ciudadano, LEONARDO JOSE GONZALEZ y la segunda en cuanto a los ciudadanos, CARLOS GREGORIO PALOMO, ELIAS ANTONIO LARA MARQUEZ, y MARIO OLEGARIO GONZALEZ, donde se dicta sobreseimiento en el presente asunto.
Visto lo anterior considera procedente este despacho dictar resolución fundada del referido sobreseimiento y por consiguiente la extinción de la acción penal.
Por todas estas razones, de conformidad con los artículos, 49 numeral 7 y 361, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado Primero Penal Estadal y Municipal en funciones de Control de la Circunscripción judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Se declara el SOBRESEIMIENTO, y en consecuencia, la extinción de la ACCIÒN penal, en favor de los ciudadanos CARLOS GREGORIO PALOMO, Venezolano, natural de Tucupita, fecha de Nacimiento: 23-02-1983, de 30 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio agricultor, residenciado en el sector Villa Bolivariana calle N° 2 casa s/n, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad Nº V- 18.075.727, quien dijo ser hijo de Carlos Cequea (v) Roselia Palomo (m); ELIAS ANTONIO LARA MARQUEZ, Venezolano, natural de Tucupita, fecha de Nacimiento: 20-07-1988, de 24 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio agricultor, residenciado en el sector Villa Bolivariana calle N° 2 casa s/n, a tres casas de la bodega joselis, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad Nº V- 20.853.527, quien dijo ser hijo de Fernando Larez (v) Josefina Marquez (v); MARIO OLEGARIO GONZALEZ, Venezolano, natural de Tucupita, fecha de Nacimiento: 10/11/1963, de 51 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el sector Villa Bolivariana calle N° 1 casa s/n al lado del alguacil Guillermo Moreno, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad Nº V-10.183.312, quien dijo ser hijo de José Vicente González (f) y Emilia Rausseo (f) y LEONARDO JOSE GONZALEZ, Venezolano, natural de Tucupita, fecha de Nacimiento: 01/07/1960, de 52 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio agricultor, residenciado en el sector Hacienda del Medio el Silencio calle 04 al final casa s/n, frente a la iglesia evangelica Campamento de Dios, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.952.085, quien dijo ser hijo de Lucrecio Carreño (f) y Maria González (f);, por cumplimiento de las condiciones impuestas en la audiencia preliminar quienes fueron acusados por la presunta comisión del delito de MODIFICACION O DESTRUCCION DE BIENES PROTEGIDOS, previsto y sancionado en el artículo 41de la Ley Penal de Ambiente, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.
Dado, sellado, firmado y refrendado en el Tribunal Primero Penal Estadal y Municipal en funciones de Control de la Circunscripción judicial del Estado Delta Amacuro. Publíquese. Notifíquese a las partes. Líbrense oficios. A los siete (07) días del mes de octubre de dos mil quince (2015)
EL Juez Primero de Control
Abg. WILMAN FERNANDO JIMENEZ ROMERO
La Secretaria
Abg. MARIA RAMIREZ
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Conste.
La Secretaria
Abg. MARIA RAMIREZ.