REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control
Tucupita, 15 de septiembre de 2015
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : YP01-P-2015-004000
ASUNTO : YP01-P-2015-004000
RESOLUCION FUNDADA DE AUDIENCIA DE PRESENTACION
JUEZ : WILMAN FERNANDO JIMENEZ ROMERO. Juez Primero Penal Estadal y Municipal en funciones de Control de la Circunscripción judicial del Estado Delta Amacuro.
FISCAL: ABG. ABG. VIANNELLYS SALAZAR. FISCAL AUXILIAR DE FLAGRANCIA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
SECRETARIA: ABG. MARIA RAMIREZ.
DEFENSA: ABG. ANDERSON GOMEZ. Defensor Publico Primero Penal Auxiliar.
IMPUTADOS: IVAN RAFAEL ROJAS LAPORTA, venezolano, nacido en fecha 24-09-1991, de 24 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 20.567.140 , de profesión u oficio pescador, residenciado en pedernales calle el por venir cerca de la cámara municipal teléfono numero 0426-898-23-88, hijo de Olimar Laporta (v) y Rafael Rojas (v) Municipio Pedernales, Estado Delta Amacuro, CESAR AUGUSTO SILVA CEDEÑO, venezolano, nacido en fecha 28-04-1993, de 22 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 23.020.260, de profesión u oficio pescador, residenciado en pedernales calle bolívar cerca de la antena de cantv, hijo de Marilennys Cedeño (V) Cerso Silva (V), HENRRY RAMON COOPER QUIROZ, venezolano, nacido en fecha 11-09-1992, de 23 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 23-256-903, de profesión u oficio pescador, residenciado en pedernales calle sur sector Miramar cerca del comando de la guardia hijo de Rosa Quiroz (F) Y Lorenzo Cooper (F), LUIS ANGEL COOPER QUIROZ, venezolano, nacido en fecha 04-07-1996, de 18 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 28.600.176 de profesión u oficio pescador, residenciado en pedernales calle pedernales calle sur sector Miramar cerca del comando de la guardia hijo de Rosa Quiroz (F) Y Lorenzo Cooper (F), FRAINYER LIUBERT FERMIN MOFFI, venezolano, nacido en fecha 18-02-1991, de 24 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 20.202.191de profesión u oficio pescador, residenciado en pedernales calle la paz cerca de la esquina de ELI, hijo de Darys Moffi (f) y Luis José Fermín (v).
DELITO: LESIONES INTENCIONALES GRAVES RECIPROCAS EN RIÑA 415 En Concordancia Con El 425 Del Código Penal.
IDENTIFICACION DE LAS PARTES Y OBJETO DEL PROCESO
El día 12 de Agosto de 2015, siendo las 02:00 de la tarde, se constituye el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, en la sala de Audiencia Nº 03, a objeto de la celebración de la Audiencia de Presentación de Imputado en el presente asunto, seguido en contra del ciudadano IVAN RAFAEL ROJAS LAPORTA, venezolano, nacido en fecha 24-09-1991, de 24 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 20.567.140 , de profesión u oficio pescador, residenciado en pedernales calle el por venir cerca de la cámara municipal teléfono numero 0426-898-23-88, hijo de Olimar Laporta (v) y Rafael Rojas (v) Municipio Pedernales, Estado Delta Amacuro, CESAR AUGUSTO SILVA CEDEÑO, venezolano, nacido en fecha 28-04-1993, de 22 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 23.020.260, de profesión u oficio pescador, residenciado en pedernales calle bolívar cerca de la antena de cantv, hijo de Marilennys Cedeño (V) Cerso Silva (V), HENRRY RAMON COOPER QUIROZ, venezolano, nacido en fecha 11-09-1992, de 23 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 23-256-903, de profesión u oficio pescador, residenciado en pedernales calle sur sector Miramar cerca del comando de la guardia hijo de Rosa Quiroz (F) Y Lorenzo Cooper (F), LUIS ANGEL COOPER QUIROZ, venezolano, nacido en fecha 04-07-1996, de 18 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 28.600.176 de profesión u oficio pescador, residenciado en pedernales calle pedernales calle sur sector Miramar cerca del comando de la guardia hijo de Rosa Quiroz (F) Y Lorenzo Cooper (F), FRAINYER LIUBERT FERMIN MOFFI, venezolano, nacido en fecha 18-02-1991, de 24 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 20.202.191de profesión u oficio pescador, residenciado en pedernales calle la paz cerca de la esquina de ELI, hijo de Darys Moffi (f) y Luis José Fermín (v) por encontrarse presuntamente incursos en la comisión de uno de los delitos LESIONES INTENCIONALES GRAVES RECIPROCAS EN RIÑA 415 En Concordancia Con El 425 Del Código Penal.
HECHOS OBJETO DE LA IMPUTACION
Consta acta policial suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Tucupita, Estado Delta Amacuro, que reposa en el respectivo asunto de lo cual se deja constancia de los siguientes hechos:
“…Tucupita, Martes 11 de Agosto del Año Dos Mil Quince.- En esta misma fecha, siendo las 03:40 horas de la tarde, compareció por ante este Despacho el funcionario Detective GERSON PEREZ, adscrito al Área de Investigaciones de esta Sub Delegación, quien estando debidamente juramentado y de conformidad con los artículos 115° 153° y 266°, del Código Orgánico Procesal Penal, en Concordancia con lo Previsto en el artículo 50°, de la Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigación, El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y El Instituto Nacional de Medicina y Ciencias Forenses, se deja constancia de las siguientes diligencias realizadas y en consecuencia expone: ‘En esta misma fecha, encontrándome en labores de guardia en la oficialía de esta Oficina, se presentó comisión de la Policía del Estado Delta Amacuro, al mando del funcionario Supervisor Jefe: MIJARES SILFREDO, trayendo oficio sin número de fecha 10/08/2015, mediante el cual y previa disposición de las Abogadas VILMA VALERO, Fiscal Quinta y YONNA CEDEÑO Fiscal de la Sala de Flagrancia del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, remiten actuaciones relacionadas con la aprehensión de los ciudadanos: 1).- CESAR AUGUSTO SILVA CEDEÑO, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad número V-23.020.260, 2).-HENRY RAMON CUPER QUIROS, de 23 años de edad, titular de la cedula de identidad número y23.256.903, 3).-LUIS ANGEL CUPER QUIROZ, de 18 años de edad titular de la cedula de identidad número V-28.600.176, 4).- IVAN RAFAEL ROJAS LAPORTA, de 24 años de edad titular de la cedula de identidad número V-20.567.140, 5).- FRAINYER LIUVER FERMIN MOFFI, de 24 años de edad titular de la cedula de identidad número V-20.202.191, y los adolecente 6).-ERIC IVAN QUIROZ SILVA, de 15 años de edad, titular de la cedula de identidad numero V-28.282.197, 7).- EMILIO QUIROZ SILVA, de 14 años de edad titular de la cedula de identidad numero y- 28.538.751, 8).- ENRIQUE JOSE QUIROZ SILVA, de 17 años de edad titular de la identidad. V-26.085.633, 9).-JESUS RAMON VASQUEZ DIAZ de 17 años de edad titular de la cedula de identidad numero V-26.085.567, 10).-BERROTERAN LA PORTA BRIAN JOSE DANIEL, de 17 años de edad titular de la cedula de identidad numero V-26.292.169, quienes fueron aprehendidos luego de que se iniciara una Riña de golpes entre los Mismos, Hecho ocurrido en la comunidad de pedernales, adyacente al CDI, vía pública, Municipio Pedernales Estado Delta Amacuro, a las 06:00 horas de la tarde aproximadamente, del día unes 10/08/2015. Seguidamente los ciudadanos y los adolescentes detenidos fueron trasladados a la sala Técnica de este Despacho, donde quedaron identificados plenamente de la siguiente manera: 01) CESAR AUGUSTO SILVA CEDEÑO, Venezolano, natural del municipio pedernales. nacido en fecha 28/047/1993 de 22 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio: obrero, residenciado en la comunidad de pedernales, Estado Delta Amacuro. titular de la cédula de identidad número V-23.020.260, 02) HENRY RAMON CUPER QUIROS, Venezolano natural de boca de tigre, estado Monagas, fecha de nacimiento 11/09/1992, de 23 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio: pescador. residenciado en la comunidad de pedernales, calle sucre, Estado Delta Amacuro titular de ¡a cedula de identidad número V-23.256.903, 03) LUIS ANGEL CUPER QUIROZ, Venezolano natural del municipio pedernales Estado Delta Amacuro, fecha de nacimiento 04/06/1 996, de 18 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio pescador, residenciado: en la comunidad de pedernales Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad número V-28,600.176, 04) IVAN RAFAEL ROJAS LAPORTA, Venezolano natural de la comunidad de pedernales Estado Delta Amacuro, fecha de nacimiento 24/09/1991, de 24 años de edad, estado civil soletero, profesión u oficio obrero, residenciado en la comunidad de pedernales, Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad número V-20.567.140, 05) FRAINYER LIUVER FERMIN MOFFI, Venezolano, natural de pedernales, Estado Delta Amacuro, fecha de nacimiento 18/02/1991, de 24 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio obrero, residenciado el comunidad de pedernales Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad número V-20.202.191, y los adolecente 01) ERIC ¡VAN QUIROZ SILVA, Venezolano, natural del municipio pedernales, fecha de nacimiento 08/12/1999, de 15 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio indefinida, residenciado, en la comunidad de pedernales, Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad numero V-28.282.197, 02) EMILIO QUIROZ SILVA, Venezolano, natural del municipio pedernales Estado Delta Amacuro, fecha de nacimiento 25/05/2001, de 14 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio obrero, residenciado en la comunidad de pedernales, Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad numero V-28.538.751, 03) ENRIQUE JOSE QUIROZ SILVA, Venezolano, natural del municipio pedernales Estado Delta Amacuro, fecha de nacimiento 07/10/1997, de 17 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio obrero, residenciado en la comunidad de pedernales Estado Delta Amacuro titular de la cedula de identidad, V-26.085633, 04) JESUS RAMON VASQUEZ DIAZ. Venezolano, natural del Municipio Temblador Estado Monagas, fecha de nacimiento 23/01/1998, de 17 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio, estudiante, residenciado en la comunidad de pedernales Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad numero V-26.085.567, 05) BERROTERAN LA PORTA BRIAN JOSE DANIEL, Venezolano, natural del municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, fecha de nacimiento 29/1 1/1 997, de 17 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio estudiante, residenciado en la comunidad de pedernales Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad numero V-26.292.169, de igual forma se procedió a verificar sus datos ante el Sistema de Investigación e Información Policial (SIIPOL), constatando que los datos les corresponden y que al ciudadano CESAR AUGUSTO SILVA CEDEÑO, titular de la cédula de identidad número V- 23020260, presenta registro policial según Expediente: K-14-0259-01694, de fecha 25/11/2014, delito HURTO GENERICO, y K-13-0259-01543 de fecha 20/09/2013, delito HURTO AGRAVIADO, ante esta Sub-Delegación, de igual manera el ciudadano: FRAINYER LIUVER FERMIN MOFFI, titular de la cedula de identidad numero y- 20202191, presenta registro policial según expediente K-I545594, de fecha 03/09/2010, delito COMERCIO DETENTE SUSTANTACION ESTUPEFACIENTE PSICOTROPICAS, ante esta Sub-Delegación. Se anexa soportes del sistema, En virtud de lo antes expuesto y previo conocimiento de la superioridad se dio inicio a las Actas Procesales signadas bajo la nomenclatura K-15-0259-01791 por uno de los Delitos Previstos y sancionados en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia. Posteriormente dichos ciudadanos, luego de ser identificados plenamente, fueron reintegrados a la comisión portadora. Es todo cuanto tengo que informar, se anexa reporte arrojado por el sistema.” TERMINÓ, SE LEYÓ …”
MOTIVACION
Ahora bien, de los hechos antes narrados y de los elementos que constan en autos se puede determinar que nos encontramos ante la presencia de un hecho punible que merece pena privativa de libertad cuya acción no se encuentra prescrita, que individualiza a los ciudadanos, IVAN RAFAEL ROJAS LAPORTA, CESAR AUGUSTO SILVA CEDEÑO, HENRRY RAMON COOPER QUIROZ, LUIS ANGEL COOPER QUIROZ, y FRAINYER LIUBERT FERMIN MOFFI, todos identificados, en la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES RECIPROCAS EN RIÑA 415 En Concordancia Con El 425 Del Código Penal.
En cuanto a la condición de lugar, modo y tiempo en que fueron aprehendidos los imputados considera este juzgado que se adecuaron todas las circunstancias previstas en el artículo 234 del Código Orgánico procesal Penal, para que se determine la detención en flagrancia.
Con relación a la medida aplicable, se observa que el proceso puede ser cumplido en libertad por los imputados, por cuanto la pena en su límite máximo para el presunto delito por el que se les procesa no es igual ni supera los diez años, los imputados tienen arraigo en la ciudad y no se observa posibilidad de obstaculización a la acción penal, en consecuencia es procedente otorgar una medida menos gravosa, de la establecida en el numeral 3 del artículo 242 del Código Orgánico procesal penal con presentación cada treinta días (30) días por ante la policía de pedernales del estado Delta Amacuro.
DISPOSITIVA
Por todas estas razones, de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado Primero Penal Estadal y Municipal en funciones de Control de la Circunscripción judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la solicitud del Ministerio Público, contra los ciudadanos, IVAN RAFAEL ROJAS LAPORTA, venezolano, nacido en fecha 24-09-1991, de 24 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 20.567.140 , de profesión u oficio pescador, residenciado en pedernales calle el por venir cerca de la cámara municipal teléfono numero 0426-898-23-88, hijo de Olimar Laporta (v) y Rafael Rojas (v) Municipio Pedernales, Estado Delta Amacuro, CESAR AUGUSTO SILVA CEDEÑO, venezolano, nacido en fecha 28-04-1993, de 22 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 23.020.260, de profesión u oficio pescador, residenciado en pedernales calle bolívar cerca de la antena de cantv, hijo de Marilennys Cedeño (V) Cerso Silva (V), HENRRY RAMON COOPER QUIROZ, venezolano, nacido en fecha 11-09-1992, de 23 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 23-256-903, de profesión u oficio pescador, residenciado en pedernales calle sur sector Miramar cerca del comando de la guardia hijo de Rosa Quiroz (F) Y Lorenzo Cooper (F), LUIS ANGEL COOPER QUIROZ, venezolano, nacido en fecha 04-07-1996, de 18 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 28.600.176 de profesión u oficio pescador, residenciado en pedernales calle pedernales calle sur sector Miramar cerca del comando de la guardia hijo de Rosa Quiroz (F) Y Lorenzo Cooper (F), FRAINYER LIUBERT FERMIN MOFFI, venezolano, nacido en fecha 18-02-1991, de 24 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 20.202.191de profesión u oficio pescador, residenciado en pedernales calle la paz cerca de la esquina de ELI, hijo de Darys Moffi (f) y Luis José Fermín (v) por encontrarse presuntamente incursos en la comisión de uno de los delitos LESIONES INTENCIONALES GRAVES RECIPROCAS EN RIÑA 415 En Concordancia Con El 425 Del Código Penal.
SEGUNDO. Se decreta la Aprehensión en flagrancia de los imputados por adecuarse a lo contenido en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal de la norma indicada Ut-Supra.
TERCERO: Se acuerda el procedimiento por delitos menos graves previsto y sancionado en el articulo 354 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud que se observa que aún faltan diligencias de interés que practicar.
CUARTO: Por aplicación del numeral 3 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, Se decreta a favor de los imputados medida cautelar sustitutiva a la privativa de libertad, y en tal sentido se les impone.
UNICO: Presentación periódica cada treinta (30) días, por ante la policía de pedernales del estado Delta Amacuro.
Notifíquese. La Boleta de excarcelación fue emitida para la fecha de celebrarse la audiencia de presentación. Asimismo, la medida se materializó desde la misma sala. Líbrense oficios. Cúmplase. Notifíquese. Se acuerda la remisión inmediata anta la Fiscalía Superior del Ministerio Público a los fines de su distribución.
Dado firmado y sellado en el Juzgado Primero Penal Estadal y Municipal en funciones de Control de la Circunscripción judicial del Estado Delta Amacuro, A los quince (15) días del mes de septiembre de dos mil quince (2015)
EL Juez Primero de Control
Abg. WILMAN FERNANDO JIMENEZ ROMERO
La Secretaria
Abg. MARIA RAMIREZ
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Conste.
La Secretaria
Abg. MARIA RAMIREZ