REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control
Tucupita, 28 de enero de 2016
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : YP01-P-2016-000648
ASUNTO : YP01-P-2016-000648
RESOLUCION ACORDANDO MEDIDA DE PROTECCIÓN N 2016 52
Por ante este juzgado de control uno de este Circuito Judicial Penal del estado Delta Amacuro, se recibió por intermedio de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Penal de Tucupita de la ciudadana LOIDA ZACARIAS, en su condición de Mensajera de la Fiscalía del Ministerio Público, mediante Oficio Nº 10FS-0224-16, dirigido a la Unidad de Recepción de Documentos, Escrito de Solicitud de Medida de Protección a favor de los ciudadanos GOMEZ MIGUEL ANGEL y LUISA FRANCIA FIGUERA BETANCOURT, constante de trece (13) folios útiles, suscrito por el Abg. EDULFO BERNAL, Fiscal Superior del Ministerio Público, escrito de lo cual se expone lo siguiente:
Yo, EDULFO BERNAL, abogado, en mi carácter de Fiscal Superior del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con domicilio procesal en la avenida Guasima, Edificio Ministerio Público, Piso 01, Tucupita, me dirijo a Usted, muy respetuosamente a fin de exponer en relación a los oficio N° 10-DDC-F2-0792-16 y 1O-DDC-F2-0794-20].6 ambas de fecha 28/01/16, emanado de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de este Estado en donde se solicita se le tramite Medida de Protección con carácter de urgencia a los ciudadanos: GOMEZ MIGUEL ANGEL, Venezolano, de 33 años de edad, Natural de Tucupita Estado Delta Amacuro, de Estado Civil: Soltero, Profesión u oficio: Llanero; Fecha de Nacimiento:14/08/1983, Titular de la Cédula de identidad N2 V- 25.125.176, Residenciado en la Isla de Manamito Sector Playa Sucia Parroquia San Rafael Municipio Tucupita Estado Delta Amacuro, Teléfono NO POSEE, quien en su carácter de Víctimas Directas ( X ) Indirecta, Testigo ( ) y/o Experto ( ) y LUISA FRANCIA FIGUERA BETANCOURT, Venezolana, de 59 años de edad, Natural de Boca de Uracoa Estado Monagas, de Estado Civil: Soltera, Profesión u oficio: Profesora; Fecha de Nacimiento:28/04/1956, Titular de la Cédula de identidad N2 V- 4.513.025, Residenciada en Calle Libertad al Final detrás de la Estación de Bombeo de aguas Negras de la CVG Parroquia San José Municipio Tucupita Estado Delta Amacuro, Teléfono 0416-5914720 quien en su carácter de Víctimas Directas Indirecta (X), Testigo ( ) y/o Experto ( ) investigación esta que adelanta la Segunda del Ministerio Público de este Estado bajo el N MP-37255-16.-
DE LOS HECHOS
En fecha 28 de Enero de 2016, esta Fiscalía Superior y de Atención a la Víctima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, realiza la tramitación de una Medida de Protección, conforme a lo previsto el articulo 21 de la Ley de Protección de Víctima, Testigos y Demás sujetos Procesales a favor de los ciudadanos: GOMEZ MIGUEL ANGEL, Venezolano, de 33 años de edad, Natural de Tucupita Estado Delta Amacuro, de Estado Civil: Soltero, Profesión u oficio: Llanero; Fecha de Nacimiento:14/08/1983, Titular de la Cédula de identidad N V- 25.125.176, Residenciado en la Isla de Manamito Sector Playa Sucia Parroquia San Rafael Municipio Tucupita Estado Delta Amacuro, Teléfono NO POSEE, quien en su carácter de Víctimas Directas ( X ) Indirecta ( ), Testigo ( ) y/o Experto ( ) y LUISA FRANCIA FIGUERA BETANCOURT, Venezolana, de 59 años de edad, Natural de Boca de Uracoa Estado Monagas, de Estado Civil: Soltera, Profesión u oficio: Profesora; Fecha de Nacimiento:28/04/1956, Titular de la Cédula de identidad N2 V4.513.025, Residenciada en Calle Libertad al Final detrás de la Estación de Bombeo de aguas Negras de la CVG Parroquia San José Municipio Tucupita Estado Delta Amacuro, Teléfono 0416-5914720 quien en su carácter de Víctimas Directas ( ) Indirecta (X ), Testigo ( ) y/o Experto ( ) investigación esta que adelanta la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de este Estado bajo el N MP-37255-16, quienes expusieron: “GOMEZ MIGUEL ANGEL: BUENO YO VENGO A ESTA FISCALIA YA QUE ESTOY SIENDO AMENAZADO DESDE EL DIA LUNES 25/01/2016, POR LOS CIUDADANOS CHEO LIRA Y VALERIO LIRA QUIENES SON FAMILIARES DE LAS PERSONAS QUE INGRESARON EL DIA VIERNES 22/01/2016 A LA FINCA DONDE YO TRABAJO COMO LLANERO Y ROBARON VARIOS OBJETOS, LA CUAL ESTA UBICADA EN LA ISLA DE MANAMITO SECTOR PLAYA SUCIA, YA QUE ELLOS DICEN QUE ME CUIDE POR QUE ME ESTAN CAZANDO PARA MATARME Y TEMO POR MI VIDA. ES TODO.LUISA FRNCIA FIGUERA TANCOURT A MI CASA HA IDO UNOS TRES VECES EL PAPA DE UNO DE LOS MUCHACHOS DETENIDOS YO LO CONOZCO COMO CHEO LIRA, LA PRIMERA VEZ VINO ACOMPAÑADO POR EL HERMANO DE EL NO SE COMO SE LLAMA, Y LA SEGUNDA VEZ FUE CON EL HIJO Y AYER FUE CON EL HIJO OTRA VEZ, LAS DOS PRIMERA VECES WNIERON HABLAR CON MI MARIDO HECTOR JOSE GARCIA TORRES, DICIENDOLE QUE LOS AYUDA RA POR QUE SU HIJO ERA INOCENTE QUE EL NO TENIA QUE ESTAR PRESO QUE SU HUO NO ERA CULPABLE QUE EL TENIA QUE AYUDARLOS Y QUE EL LE IBA A DECIR QUIENES ERAN LOS CULPABLES LOS QUE LO HABIAN SECUESTRADO Y ROBADO, QUE EL IBA HABLAR CON EL PARA VER SI LOGRABA QUE LE SOLTARAN AL HIJO AL QUE LE DICEN CHEITO, Y EL LE DICE QUE ESTA ANGUSTIA QUE ESTA VIVIENDO CON SU HIJO NO SE LA PERDONA A NADIE Y YO LE DIJE QUE LA ANGUSTIA QUE NOSOTROS VIVIMOS Y ENTONCES, EL SEGUNDO DIA VINO A LO MISMO Y TAMBIEN HABLO CON MI MARIDO, PASO DOS DIAS SIN IR, EL APARECIO AYER CUANDO MI MARIDO NO ESTABA, ENTONCES EL SEÑOR CHE LIRA, SE MOLESTO Y EMPEZO A DECIR QUE EL NO TENIA QUE HABERSE IDO QUE EL TENIA QUE VENIR CON EL A LA FISCALIA, EL NOS DIJO QUE SI NO LE SOLUCIONABAMOS SU SITUACIÓN DE SU HIJO QUE EL IBA A BUSCAR SUS PROPIOS MEDIOS Y QUE LO LAMENTABA POR EL PROFESOR HECTOR GARCIA, PERO LO QUE EL MANDINGA, QUE ES MI CUÑADO HERMANO DE MI ESPOSO Y LOS OTROS QUE SE ATENGAN A LAS CONSECUENCIAS Y MI HIJA LISETT LEON, LE PREGUNTO QUE SI LO ESTABAMOS AMENAZANDO Y ENTONCES EL DIJO QUE IBA A BUSCAR SUS PROPIOS MEDIOS Y DESPUES VERAN, LE MANDAN A DECIR A MIGUEL ROJAS QUE SE CUIDEN Y QUE SI NO LO VAN A MANDAR A JODER Y AL CUÑADO MIO ORLANDO GARCIA QUE SE CUIDARA Y A MI MARIDO TAMBIEN LE DIJERON QUE NO SABEN CON QUIEN SE METIERON, QUE SI ALGO LE LLEGA A PASAR A MI FAMILIA LOS CULPABLES SON ELLOS. ES TODO”. Todo bajo el amparo de lo consagrado en el artículo 37 de la precitada Ley Orgánica del Ministerio Público en aras de preservar la vida de los solicitantes y la integridad física de su núcleo familiar. -
II
DEL DERECHO
Fundamento la presente solicitud de conformidad en lo establecido en la última aparte del articulo 30 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, articulo 23 del Código Orgánico Procesal Penal y los artículos 1,4,7,17,24,30,31,34 y 35 de la Ley
Protección a Víctimas, Testigos y Demás Sujetos Procésales.
II I
DEL PETITORIO O SOLICITUD.
Ciudadano (a) Juez, por las razones antes expuesta, en mi condición de Fiscal Superior de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro solicito respetuosamente, se sirva acordar la Medida de Protección necesaria, tal como la de patrullaje Diario así como cualquier otra que a juicio del Tribunal pueda mejor proteger y garantizar la integridad física de los ciudadanos: GOMEZ MIGUEL ANGEL, Venezolano, de 33 años de edad, Natural de Tucupita Estado Delta Amacuro, de Estado Civil; Soltero, Profesión u oficio: Llanero; Fecha de Nacimiento:14/0811983, Titular de la Cédula de identidad N2 V- 25.125.176, Residenciado en la Isla de Manamito Sector Playa Sucia Parroquia San Rafael Municipio Tucupita Estado Delta Amacuro, Teléfono NO POSEE, quien en su carácter de Víctimas Directas (X ) Indirecta ( ), Testigo ( ) y/o Experto ( ) y LUISA FRANCIA FIGUERA BETANCOURT, Venezolana, de 59 años de edad, Natural de Boca de Uracoa Estado Monagas, de Estado Civil: Soltera, Profesión u oficio: Profesora; Fecha de Nacimiento:28/04/1956, Titular de la Cédula de identidad N2 V- 4.513.025, Residenciada en Calle Libertad al Final detrás de la Estación de Bombeo de aguas Negras de la CVG Parroquia San José Municipio Tucupita Estado Delta Amacuro, Teléfono 0416-5914720 quien en su carácter de Víctimas Directas ( ) Indirecta (X), Testigo ( ) y/o Experto ( ) investigación esta que adelanta la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de este Estado bajo el N9 MP-37255-16, y de su grupo familiar quienes son víctimas por la comisión de uno de los delitos contemplados en el Código Penal y que dicha Medida de Protección sea ejecutada por Funcionarios adscrito a la Policía Estadal, en las residencias de los ciudadanos antes identificados, en la Isla de Manamito Sector Playa Sucia Parroquia San Rafael y en la Calle Libertad al final detrás de la estación de bombeo de aguas negras de la CVG parroquia San José de esta ciudad de Tucupita Estado Delta Amacuro.
Finalmente, solicito que la decisión que recaiga acerca de la Medida de Protección solicitada, sea notificada al Despacho que dirijo como a la Unidad de Atención a la Víctima del Ministerio Público del Estado Delta Amacuro.

Ahora en virtud de la exposición efectuada considera procedente este Juzgado dictar la referida medida de protección toda vez que surgen elementos que hacen presumir que corre peligro la vida y hasta la integridad física de las victimas así como su núcleo familiar, de la misma manera se observa que se cumple ampliamente con los requisitos exigidos en los artículos 17 y 28 de la ley de Protección de Víctimas testigos y demás sujetos procesales, por lo tanto, se hace emergente otorgar una medida judicial de protección, conforme al numeral 1 del artículo 21 de la norma arriba indicada.
DISPOSITIVA
Por todas estas razones, en atención al artículo 35 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y demás sujetos Procesales, este Juzgado en funciones de Control Uno del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro , en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA:
PRIMERO: Se Declara CON LUGAR, la solicitud interpuesta por la fiscalía Superior del Ministerio Público.
SEGUNDO; Se ACUERDA, a favor de los ciudadanos: GOMEZ MIGUEL ANGEL, Venezolano, de 33 años de edad, Natural de Tucupita Estado Delta Amacuro, de Estado Civil; Soltero, Profesión u oficio: Llanero; Fecha de Nacimiento:14/0811983, Titular de la Cédula de identidad N2 V- 25.125.176, Residenciado en la Isla de Manamito Sector Playa Sucia Parroquia San Rafael Municipio Tucupita Estado Delta Amacuro, Teléfono NO POSEE, quien en su carácter de Víctimas Directas y LUISA FRANCIA FIGUERA BETANCOURT, Venezolana, de 59 años de edad, Natural de Boca de Uracoa Estado Monagas, de Estado Civil: Soltera, Profesión u oficio: Profesora; Fecha de Nacimiento:28/04/1956, Titular de la Cédula de identidad N2 V- 4.513.025, Residenciada en Calle Libertad al Final detrás de la Estación de Bombeo de aguas Negras de la CVG Parroquia San José Municipio Tucupita Estado Delta Amacuro, Teléfono 0416-5914720, medida de protección a fin de mantener la seguridad y protección de la solicitante. Se acuerda también la protección a su núcleo familiar, el cual deberá ejecutarse de manera inmediata.
TERCERO: La medida de protección consiste en vigilancia policial permanente con recorrido u otro método que tenga a bien aplicar la autoridad policial todo con el fin de resguardar la vida de la víctima. Asimismo se le deberá prestar protección al grupo familiar que señale la víctima, para ello se deberá pedir dicha información de manera directa a los ciudadanos, GOMEZ MIGUEL ANGEL y LUISA FRANCIA FIGUERA BETANCOURT ya identificados.
CUARTO: Se designa para la referida protección a funcionarios adscritos al Comando de la Policía del Estado Delta Amacuro, quien deberá mantener coordinación estrecha con este juzgado y con la fiscalía que conoce el asunto. Esta medida tendrá una duración de seis meses contados a partir de esta fecha pudiéndose prorrogar a petición de la victima o la fiscalía.
QUINTO: La representación del Comando de la Policía del Estado Delta Amacuro, deberá mantener informado a este despacho de manera periódica (cada ocho (08) días), contados a partir del recibo de la notificación sobre el cumplimiento de esta medida. Notifíquese al Comando de Policía del Estado Delta Amacuro. Notifíquese a la Fiscalía Superior. Notifíquese a la Víctima. Líbrense oficios urgente. A los veintiocho (28) días del mes de enero de dos mil dieciséis (2016).
EL Juez Primero de Control

Abg. WILMAN FERNANDO JIMENEZ ROMERO
La Secretaria
Abg. MARIA RAMIREZ
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Conste.
La Secretaria
Abg. MARIA RAMIREZ