REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro
Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del
Estado Delta Amacuro.
Tucupita, diecisiete (17) de octubre de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º
ASUNTO: YP11-J-2016-000237
Visto que en la oportunidad fijada para que tuviera lugar la Audiencia Preliminar de Mediación, del presente asunto signado con el Nro. YP11-J-2016-000157, contentivo del procedimiento de DIVORCIO 185-A, interpuesto por los ciudadanos: BANNY ABNELL URDANETA HERNANDEZ y CRISMAL COROMOTO URRIETA VELASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros.V-12.305.411 y V-13.744.388 respectivamente, domiciliada el primero de los nombrados en la Urbanización San Felipe, Calle 3, Casa Nº 12, del Municipio San Francisco del Estado Zulia, y la segunda en la Urbanización Vargas, Calle 2, Casa Nº 4, de esta ciudad de Tucupita Estado Delta Amacuro, es por ello que este Tribunal, visto que los ciudadanos: BANNY ABNELL URDANETA HERNANDEZ y CRISMAL COROMOTO URRIETA VELASQUEZ, antes identificados; no comparecierón al inicio de la Audiencia Preliminar de Mediación, de conformidad a lo pautado en el Artículo 514 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, resuelve dar por desistido el presente asunto; igualmente se le advierte a los solicitantes que no podrán presentar nuevamente su solicitud antes de que transcurra un mes a contar de la presente fecha. Cúmplase.
La Jueza Provisoria,
Abg. Vilma Martorelli
El Secretario
Hora de Emisión: 9:24 AM
Asistente que realizo la actuación: V.M.
YP11-J-2016-000237
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