REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro
Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del
Estado Delta Amacuro.
Tucupita, veinte de octubre de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO: YP11-J-2016-000268
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, contentivo de CONVENIMIENTO DE RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, suscrito por los Ciudadanos; BIANCA CAROLINA PEREZ VILLARROEL, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.566.824, domiciliada en la Urbanización La Paz, casa s/n, vereda s/n, al lado de la planta de bombeo de la urbanización la Paz, Tucupita Estado Delta Amacuro, teléfono de ubicación 0414-8634704 y DANNY RAFAEL RAMOS GONZALEZ, quien es Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.335.789, domiciliado en Barrio La Guardia, Calle Principal, casa nº 16, frente al preescolar, teléfono de ubicación, 0414-8655113, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, convenimiento éste suscrito por ante la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes Senderos de Luz y Esperanza, adscrita a la Fundación Regional del Niño Simón dependiente de la Gobernación del Estado Delta Amacuro, de la Ciudad de Tucupita, en fecha 13 de octubre de 2016, en beneficio de su hijo se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), quien cuenta con seis (06) años de edad, en los siguientes términos:
UNICO: Se fija un Régimen de Convivencia Familiar de mutuo acuerdo entre las partes de la siguiente manera, el padre buscará a su hijo LEANDRO ANDRES RAMOS PEREZ, en el hogar de la madre BIANCA CAROLINA PEREZ VILLARROEL, un fin de semana alterno es decir, los días sábados a las 09:00 AM y lo regresara al hogar de la madre el día domingo a las 07:00 p.m, las vacaciones serán compartidas entre la madre y el padre. En caso de no poder cumplir por causas ajenas a su voluntad de las partes, estas podrán establecer voluntariamente una nueva fecha para el cumplimiento de este acuerdo voluntario. La responsabilidad de crianza será de manera compartida entre la madre y el padre. En este mismo acto la ciudadana BIANCA CAROLINA PEREZ VILLARROEL, expuso: acepto y convengo en todo y cada una de las partes, el Régimen de Convivencia Familiar establecido, de mutuo acuerdo en este acto con el padre de mi hijo. Es todo.
Ahora bien, visto que el acuerdo suscrito por los padres respecto a su hijo, no es contrario a derecho ni lesionan sus intereses legítimos, al contrario satisface el derecho que les asisten a un nivel de vida adecuada dentro de las posibilidades de sus progenitores, previsto en el artículo 30 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8, 27, 385, 387, 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACIÓN correspondiente, adquiriendo efectos de sentencia definitivamente firme y ejecutoriada. A tal efecto, expídanse las copias certificadas que las partes soliciten, guardando el original del presente convenimiento en el Archivo Sede de este Tribunal. De igual manera, devuélvase acta de convenimiento, debidamente certificada a La Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes Sendero de Luz y Esperanza, adscrita a la Fundación Regional del Niño Simón dependiente de la Gobernación del Estado Delta Amacuro, de la Ciudad de Tucupita, con inserción de la presente Resolución Homologatoria.
La Jueza Provisoria,


Abg. Vilma Martorelli
El Secretario






Hora de Emisión: 11:08 AM
Asistente que realizo la actuación: V.M.
YP11-J-2016-000268