REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del
Estado Delta Amacuro.
Tucupita, treinta (30) de septiembre de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º
ASUNTO: YP11-J-2016-000232
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, contentivo de CONVENIMIENTO DE RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, suscrito por los Ciudadanos; ALEXANDER MATIAS FARIÑAS CEQUEA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.386.684, residenciado en la Urbanización Delfín Mendoza, calle nº 05, casa s/n, de esta ciudad, profesión u oficio Estudiante, teléfono 0416-9895906, y GREIDIMAR KATHERIN BERMUDEZ RODRIGUEZ, quien es Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-25.331.716, residenciada en la urbanización Delfín Mendoza, calle nº 05, de esta ciudad, profesión u oficio camarera, teléfono 0424-9101480, convenimiento éste suscrito por ante el Fiscal Cuarto del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares, en fecha 25 de agosto de 2016, en beneficio de sus hijos los niños (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) Y (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), quienes cuentan con cuatro (04) años de edad y once (11) meses de nacido, en los siguientes términos:
PRIMERO: El Padre buscara a los niños de lunes a miércoles a las 08:30 de la mañana y los entregara a las 05:00 de la tarde. Así mismo los buscara los dos últimos días de cada mes.
SEGUNDO: El padre buscara a su hijo el niño (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), los días sábado y domingo a las 08:30 de la mañana y lo entregara ese mismo día a las 05:00 de la tarde. Así mismo buscara a su hija la niña (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), el día sábado a las 08:30 de la mañana y la entregara el día domingo a las 05:00 de la tarde.
TERCERO: La ciudadana GREIDIMAR KATHERIN BERMUDEZ RODRIGUEZ, acepto el Régimen de Convivencia Familiar establecido.
Ahora bien, visto que el acuerdo suscrito por los padres respecto a sus hijos, no es contrario a derecho ni lesionan sus intereses legítimos, al contrario satisface el derecho que les asisten a un nivel de vida adecuada dentro de las posibilidades de sus progenitores, previsto en el artículo 30 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8, 27, 385, 387, 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACIÓN correspondiente, adquiriendo efectos de sentencia definitivamente firme y ejecutoriada. A tal efecto, expídanse las copias certificadas que las partes soliciten, guardando el original del presente convenimiento en el Archivo Sede de este Tribunal. De igual manera, devuélvase acta de convenimiento, debidamente certificada al Fiscal Cuarto del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares, con inserción de la presente Resolución Homologatoria.
La Jueza Provisoria,
Abg. Vilma Martorelli
El Secretario
Hora de Emisión: 12:01 PM
Asistente que realizo la actuación: V.M.
YP11-J-2016-000232
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