REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del estado Delta Amacuro.
Tucupita, veinticinco (25) de abril de Dos Mil Dieciocho (2018)
207º y 159º

ASUNTO: YP11-V-2018-000046
MOTIVO: DEMANDA DE COLOCACIÓN FAMILIAR.
PARTE DEMANDANTE: Ciudadano JESÚS RAMON MARTINEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.950.820.

PARTE DEMANDADA: Ciudadana ISAMAR ELENA MENDOZA GOMEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-23.606.086
BENEFICIARIO: El niño (Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), de cinco (05) años de edad
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, visto que se trata de un PROCEDIMIENTO DE COLOCACIÓN FAMILIAR interpuesto por el Ciudadano JESÚS RAMON MARTINEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.950.820, en beneficio de su nieto el niño (Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), de cinco (05) años de edad, debidamente asistido por el Ciudadano Fiscal Cuarto del Ministerio Público, Abogado Henry Villarreal; en contra de la Ciudadana ISAMAR ELENA MENDOZA GOMEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-23.606.086. Visto que mediante escrito libelar cursante a los folios 01 y 02 del presente asunto fue solicitada Colocación Familiar Provisional. Visto que consta al folio doce (12) del presente asunto oficio N° 10-DPIF-F5-0413-2018, de fecha 11 04-2018, emanado de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, del cual se desprende que existe una “…denuncia interpuesta por el Ciudadano JESÚS ALBERTO MARTINEZ, VENEZOLANO mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 20.852.343, donde funge como víctima su menor hijo, (Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), de cinco (05) años de edad:” “… donde aparece como imputada la ciudadana. ISAMAR MENDOZA, relacionada con dicha denuncia”, y por cuanto es de estricto cumplimiento para este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, pronunciarse sobre la solicitud de MEDIDAS PROVISIONALES, en el presente asunto de COLOCACIÓN FAMILIAR, tal como así lo ordenan los artículos 8 y 466 parágrafo primero literal e), de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia de ello, este Juzgador en uso de las facultades que le otorga la Ley, y a fin de garantizar el interés superior del niño (Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), quien cuenta con cinco (05) años de edad, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se pronuncia en los siguientes términos:
ÚNICO: Se DECRETA MEDIDA PROVISIONAL DE COLOCACIÓN FAMILIAR, en beneficio e interés superior del niño (Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), quien cuenta con cinco (05) años de edad, a favor de su abuelo Paterno, Ciudadano JESÚS RAMON MARTINEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.950.820. Y así, se establece. Cúmplase.
El Juez Temporal,
Abg. Danny Malavé Ramos
El (La) Secretario (a)