REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUCUPITA, CASACOIMA, PEDERNALES Y ANTONIO DÍAZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO DELTA AMACURO.


SOLICITUD Nº: 1312-2022

PARTE SOLICITANTE: RODWIN LISANDRO RODRIGUEZ MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 25.543.339, soltero y de este domicilio.

MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.

I

En fecha Treinta (30) de Junio de 2022, se recibe por distribución en este Juzgado, la solicitud de Título Supletorio presentada por el ciudadano RODWIN LISANDRO RODRIGUEZ MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 25.543.339, soltero y de este domicilio, en la cual pide se le tome declaración a los ciudadanos que oportunamente presentara y una vez evacuados los testimoniales y cumplidos los trámites legales se le declare suficientemente Título supletorio de Propiedad, sin perjuicio de terceros, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.

En fecha Seis (6) de Julio de 2022, se dictó auto admitiendo la presente solicitud, fijándose la oportunidad para la presentación de los testigos, a los fines de interrogar a los mismos.

En fecha Ocho (8) de Julio de 2022, comparecieron en calidad de testigos los ciudadanos JOSE MANUEL FERMIN LARA Y RAMON ISRAEL ZAMBRANO MORILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 27.604.198 y V- 8.929.563, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Tucupita, municipio Tucupita del estado Delta Amacuro.


II

Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre las bienhechurías fomentadas por el ciudadano RODWIN LISANDRO RODRIGUEZ MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 25.543.339, sobre una parcela de terreno ejido municipal, ubicada en El Cafetal, sector 2, calle Perú, casa s/n, parroquia Argimiro García de Espinoza, municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, la cual tiene una extensión de terreno de DOSCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS (251,72 Mts2) y un área de construcción de SETENTA Y TRES METROS CON VEINTIUN METROS CUADRADOS (73,21 Mts2), alinderada de la siguiente manera: NORTE: Iglesia Evangélica, con 20,30 metros lineales; SUR: Propiedad que es o fue de Igna Palomo con 20,30 metros lineales; ESTE: Calle Perú con 12,40 metros lineales; y OESTE: Propiedad que es o fue de Saida Luzanu con 12,40 metros lineales; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y suficientemente para asegurar el Derecho de Propiedad y Posesión que tiene el ciudadano RODWIN LISANDRO RODRIGUEZ MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 25.543.339, sobre la mencionada bienhechuría y que conforme a las declaraciones rendidas por los testigos hábiles y contestes ciudadanos JOSE MANUEL FERMIN LARA Y RAMON ISRAEL ZAMBRANO MORILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 27.604.198 y V- 8.929.563, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Tucupita, municipio Tucupita del estado Delta Amacuro, a sus propias expensas ha fomentado la referida bienhechuría que se encuentra ubicada en El Cafetal, sector 2, calle Perú, casa s/n, parroquia Argimiro García de Espinoza, municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, la cual tiene un valor aproximado de SETENTA MIL BOLIVARES (Bs. 70.000,00).


Publíquese y Regístrese, incluso en el sitio web deltaamacuro.tsj.gob.ve. Déjese copia certificada de las presentes actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la solicitud a la parte interesada, previo suministro de los fotostatos respectivos. Así se decide.

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz con competencia en lo Contencioso y Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro. En la ciudad de Tucupita a los Doce (12) días del mes de Julio de Dos Mil Veintidós (2022). Años: 212° de la Independencia y 163° de la Federación.

La Jueza,


ROILENA DEL VALLE AZUGARAY GASCON.


El Secretario,


LORELVIS ENRIQUE SILVA.

En esta misma fecha, siendo las 10:45 am, previo anuncio de ley, se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.



Secretario.


Solicitud: N° 1312-2022
RDVAG/les/msa