REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUCUPITA, CASACOIMA, PEDERNALES Y ANTONIO DÍAZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO DELTA AMACURO.
SOLICITUD Nº: 1412-2023.
SOLICITANTES: MARIA ALEJANDRA TABLANTE GOMEZ, MARILUC DEL VALLE TABLANTE GOMEZ Y LUCIA ANGELA TABLANTE GOMEZ, venezolanas, solteras, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº 14.905.593, Nº 14.905.594 y Nº 16.699.161, respectivamente, civilmente hábiles, de este domicilio
MOTIVO:TITULO SUPLETORIO.
I
En fecha Veinte (20) de Marzode 2023, se recibe previa distribución, la solicitud de Título Supletorio presentada por las ciudadanasMARIA ALEJANDRA TABLANTE GOMEZ, MARILUC DEL VALLE TABLANTE GOMEZ Y LUCIA ANGELA TABLANTE GOMEZ, venezolanas, solteras, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº 14.905.593, Nº 14.905.594 y Nº 16.699.161, respectivamente, civilmente hábiles, de este domicilio, en la cual pide se le tome declaración a los ciudadanos que oportunamente presentara y una vez evacuados los testimoniales y cumplidos los trámites legales se declare suficientemente Título Supletorio de Propiedad, sin perjuicio de terceros, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fechaVeintidós(22) de Marzode 2023, se dictó auto admitiendo la presente solicitud, fijándose la oportunidad para la presentación de los testigos, a los fines de interrogar a los mismos.
En fecha Veintinueve (29)de Marzode 2023, comparecieron en calidad de testigos los ciudadanos NELSON JOSE RIVERO YORIANNYS DEL VALLE CORCEGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 9.861.143y Nº 20.854.954, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Tucupita, municipio Tucupita del estado Delta Amacuro.
II
Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre la bienhechuría fomentada porlas ciudadanas MARIA ALEJANDRA TABLANTE GOMEZ, MARILUC DEL VALLE TABLANTE GOMEZ Y LUCIA ANGELA TABLANTE GOMEZ, venezolanas, solteras, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº 14.905.593, Nº 14.905.594 y Nº 16.699.161, sobre una parcela de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), la cual tiene una superficie de QUINIENTOS VEINTIUNO CON VEINTIOCHO METROS CUADRADOS (521,28Mts2) y un área de construcción de DOSCIENTOS OCHO CON NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS (208,93 Mts2), alinderadade la siguientemanera: NORTE:Calle 1º de Mayo con 10,67 metros; SUR:Liceo Dionisio López Orihuela con 10,06 metros; ESTE:Propiedad que es o fue de María Tablante con 48,68 metros; y OESTE:Propiedad que es o fue de Ángela Tablantecon 49,54 metros; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y suficientemente para asegurar el Derecho de Propiedad y Posesión que tienenlas ciudadanas MARIA ALEJANDRA TABLANTE GOMEZ, MARILUC DEL VALLE TABLANTE GOMEZ Y LUCIA ANGELA TABLANTE GOMEZ, venezolanas, solteras, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº 14.905.593, Nº 14.905.594 y Nº 16.699.161, sobre la mencionada bienhechuría y que conforme a las declaraciones rendidas por los testigos hábiles y contestes ciudadanos NELSON JOSE RIVERO Y ORIANNYS DEL VALLE CORCEGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 9.861.143 y Nº 20.854.954, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Tucupita, municipio Tucupita del estado Delta Amacuro, a sus propiasexpensasha fomentado la referida bienhechuría que se encuentra ubicada en Cocalito, Calle 1º de Mayo, parroquia Monseñor Argimiro García De Espinoza, municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, la cual tiene un valor aproximado de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 10.000.000,00).
Publíquese y Regístrese, incluso en el sitio web delta-amacuro.tsj.gob.ve. Déjese copia certificada de las presentes actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la solicitud a la parte interesada, previo suministro de los fotostatos respectivos. Así se decide.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz con competencia en lo Contencioso y Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro. En la ciudad de Tucupita a losDiez(10) días del mes de Abril de Dos Mil Veintitrés (2023). Años: 212° de la Independencia y 164° de la Federación.
La Jueza,
ROILENA DEL VALLE AZUGARAY GASCON.
El Secretario,
LORELVIS ENRIQUE SILVA.
En esta misma fecha, siendo las 11:10a.m., previo anuncio de ley, se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
Secretario.
Solicitud: N° 1412-2023
RDVAG/les
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