REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUCUPITA, CASACOIMA, PEDERNALES Y ANTONIO DÍAZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO DELTA AMACURO.
SOLICITUD Nº: 1444-2023.
SOLICITANTE: YELINNE DEL VALLE GASCON MARCANO,venezolana, soltera, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad Nº 13.744.835, domiciliada en la comunidad de Volcán, Calle Principal, casa s/n, Parroquia Juan Millán, Municipio Tucupita, estado Delta Amacuro.
MOTIVO:TITULO SUPLETORIO.
I
En fecha Dieciséis (16) de Mayode 2023, se recibe previa distribución, la solicitud de Título Supletorio presentada por la ciudadana YELINNE DEL VALLE GASCON MARCANO,venezolana, soltera, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad Nº 13.744.835, en la cual pide se le tome declaración a los ciudadanos que oportunamente presentara y una vez evacuados los testimoniales y cumplidos los trámites legales se declare suficientemente Título Supletorio de Propiedad, sin perjuicio de terceros, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fechaDieciocho(18) de Mayode 2023, se dictó auto admitiendo la presente solicitud, fijándose la oportunidad para la presentación de los testigos, a los fines de interrogar a los mismos.
En fecha Seis (6) de Juniode 2023, comparecieron en calidad de testigos los ciudadanos YUNAIRO JOSE VALENZUELA ROJAS Y YUDIT COROMOTO BERIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº11.214.395y Nº 21.386.838, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Tucupita, municipio Tucupita del estado Delta Amacuro.
II
Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre la bienhechuría fomentada porla ciudadanaYELINNE DEL VALLE GASCON MARCANO,venezolana, soltera, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad Nº 13.744.835, sobre una parcela de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (I.N.T.I.), la cual tiene una superficie de CUATROCIENTOS VEINTEMETROS CUADRADOS(420,00Mts2) y un área de construcción de SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS(78,00 Mts2), alinderadade la siguientemanera: NORTE:Caseríos del sector Toledo, en Catorce metros lineales (14,00 ML); SUR:Calle Principal, en Catorce metros lineales (14,00 ML); ESTE:María Marcano, en Treinta metros lineales (30,00 ML); y OESTE:Pastora Well, en Treinta metros lineales (30,00 ML); de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y suficientemente para asegurar el Derecho de Propiedad y Posesión que tienela ciudadanaYELINNE DEL VALLE GASCON MARCANO,venezolana, soltera, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad Nº 13.744.835, domiciliada en la comunidad de Volcán, Calle Principal, casa s/n, Parroquia Juan Millán, Municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, sobre la mencionada bienhechuría y que conforme a las declaraciones rendidas por los testigos hábiles y contestes ciudadanos YUNAIRO JOSE VALENZUELA ROJAS Y YUDIT COROMOTO BERIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 11.214.395 y Nº 21.386.838, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Tucupita del estado Delta Amacuro, a sus propias expensas ha fomentado la referida bienhechuría que se encuentra ubicada en la comunidad de Volcán, Calle Principal, casa s/n, Parroquia Juan Millán, Municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, la cual tiene un valor aproximado de TREINTA MIL BOLIVARESCON CERO CENTIMOS (Bs. 30.000,00).
Publíquese y Regístrese, incluso en el sitio web delta-amacuro.tsj.gob.ve. Déjese copia certificada de las presentes actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la solicitud a la parte interesada, previo suministro de los fotostatos respectivos. Así se decide.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz con competencia en lo Contencioso y Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro. En la ciudad de Tucupita a losNueve(9) días del mes de Junio de Dos Mil Veintitrés (2023). Años: 213° de la Independencia y 164° de la Federación.
El Juez Temporal,
LORELVIS ENRIQUE SILVA.
La Secretaria Temporal,
MIRIANGEL MARGARITA SUAREZ A.
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En esta misma fecha, siendo las 9:40a.m., previo anuncio de ley, se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
Secretaria.
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