REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado bolivariano Delta Amacuro
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución del estado Bolivariano Delta Amacuro.
Tucupita, cinco (05) de mayo de dos mil veintitrés (2023)
213º y 164º

ASUNTO: YP11-J-2023-000044.

MOTIVO: Autorización para Viajar Fuera del País y Cambio de Domicilio Internacional.

PARTE SOLICITANTE: La ciudadana FRANCISMAR GABRIELI MORILLO RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 28.349.823.

PARTE DEMANDADA: El ciudadano ALEXIS RAFAEL ORSINI MÉNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-20.160.578.

BENEFICIARIO: El niño (Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), venezolano, de 04 años de edad.

El día 30 de marzo de 2023, comparece la ciudadana FRANCISMAR GABRIELI MORILLO RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 28.349.823; residenciada en la Urbanización Villa Caribe, modulo Nº 04, casa Nº. 23, parroquia Monseñor Argimiro García de Espinosa, municipio Bolivariano Tucupita del estado Bolivariano Delta Amacuro; debidamente asistida por el Abogado en ejercicio ciudadano Rubén Ortiz, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº. 71.577; consignando por ante la Unidad de Recepción de Documentos de este Circuito Judicial de Protección, Solicitud de Autorización para Viajar Fuera del País y Cambio de Domicilio Internacional; en contra del ciudadano ALEXIS RAFAEL ORSINI MÉNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-20.160.578; residenciado actualmente en la ciudad de Dallas, 1016 Meadow Creek Drive Apt 2016 Irng Texas 75038 - Estados Unidos de Norte América; en beneficio del niño Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),, venezolano, de 04 años de edad; donde manifiesta:

“Es el caso ciudadano Juez, que soy la progenitora del niño: Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),, antes identificado; quien se encuentra en estos momentos bajos mis cuidados, motivado que su progenitor, el ciudadano: ALEXIS RAFAEL ORSINI MENDEZ, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad N° 20.160.578; se encuentra fuera de la República Bolivariana de Venezuela; desde hace más de tres meses; pero, es el caso que mi hijo up supra, requiere viajar al extranjero para Estados Unidos; en compañía y responsabilidad de mi persona; Descripción de la Ruta con Pasajes por Persona: FRANCISMAR GABRIELI MORILLO RODRÍGUEZ: salida a partir del día 09 de Mayo del presente año 2023 en horas de la mañana vía terrestre en transporte público desde el terminal de pasajeros de Tucupita Estado Delta Amacuro hasta el terminal de Pasajeros Manuel Piar de Puerto Ordaz Estado Bolívar, posteriormente el día 10 de Mayo del presente año 2023 a las 6:00 am Salida Vía Aérea desde el Aeropuerto Internacional Manuel Carlos Piar ruta Puerto Ordaz Estado Bolívar en la Aerolínea Rutaca Airlines con el Boleto Aéreo Ticket Nº 7650370225795 – hasta el Aeropuerto Internacional de Maiquetía Simón Bolívar; Municipio Vargas Estado La Guaira, el mismo día 10 de Mayo del presente año 2023 6:50 am aproximadamente salida vía terrestre Municipio Vargas Estado La Guaira, en transporte público hasta Caracas Distrito Capital Terminal de Buses La Bandera ubicado en la Avenida Nueva Granada sector la Bandera de la Parroquia El Valle, el mismo día 10 de Mayo del año 2023 a las 10:00 am aproximadamente salida vía terrestre transporte público desde el Terminal de Buses La Bandera Caracas Distrito Capital, hasta el terminal de pasajeros Big Low Center del Municipio San Diego de la ciudad de Valencia Estado Carabobo, posteriormente el día 11 de mayo de 2023 a las 10:00 a.m. salida en vuelo internacional desde el Aeropuerto Internacional Arturo Michelena Zona Industrial Sur de Valencia Estado Carabobo hasta el Aeropuerto Internacional de Punta Cana República Dominicana en la Aerolínea Turpial Airlines C.A. con el Boleto Aéreo Ticket Nº 0670310116263, el mismo día 11 de mayo de 2023 a las 15:00 p.m. salida vía aérea desde el Aeropuerto Internacional de Punta Cana en la Ciudad Punta Cana República Dominicana en vuelo Charter Operado por GlobalX con el Boleto Aéreo Ticket Nº 8220301003917, hasta los Estados Unidos llegando al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de Miami International Airport, ese mismo día 11 de mayo de 2023 salida vía aérea a las 9:50 p.m. desde el Miami International Airport en la Aerolínea Spirit Airlines Cabina: Económica/Turista Número de identificación de la Reserva HJUGKQ con el Boleto Aéreo Ticket Nº de Itinerario 72518002755850, hasta el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de Dallas aproximadamente a las 12:09 a.m. del día 12 de mayo del año 2023, y finalmente salida desde el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de Dallas vía terrestre en transporte público hasta la dirección 1016 Meadow Creek Drive Apt 2166 Irving Texas 75038, la Abuela Paterna María Méndez Lugo, C. I. Nº V11206212 es la persona quien los va a recibir en esa dirección y su Número de Teléfono es: 12676947664. Descripción del Itinerario de viaje del menor: Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), salida a partir del día 09 de Mayo del presente año 2023 en horas de la mañana vía terrestre en transporte público desde el terminal de pasajeros de Tucupita Estado Delta Amacuro hasta el terminal de Pasajeros Manuel Piar de Puerto Ordaz Estado Bolívar, posteriormente el día 10 de Mayo del presente año 2023 a las 6:00 am Salida Vía Aérea desde el Aeropuerto Internacional Manuel Carlos Piar ruta Puerto Ordaz Estado Bolívar en la Aerolínea Rutaca Airlines con el Boleto Aéreo Ticket Nº 7650370225796 – hasta el Aeropuerto Internacional de Maiquetía Simón Bolívar; Municipio Vargas Estado La Guaira, el mismo día 10 de Mayo del presente año 2023 6:50 am aproximadamente salida vía terrestre Municipio Vargas Estado La Guaira, en transporte público hasta Caracas Distrito Capital Terminal de Buses La Bandera ubicado en la Avenida Nueva Granada sector la Bandera de la Parroquia El Valle, el mismo día 10 de Mayo del año 2023 a las 10:00 am aproximadamente salida vía terrestre transporte público desde el Terminal de Buses La Bandera Caracas Distrito Capital, hasta el terminal de pasajeros Big Low Center del Municipio San Diego de la ciudad de Valencia Estado Carabobo, posteriormente el día 11 de mayo de 2023 a las 10:00 a.m. salida en vuelo internacional desde el Aeropuerto Internacional Arturo Michelena Zona Industrial Sur de Valencia Estado Carabobo hasta el Aeropuerto Internacional de Punta Cana República Dominicana en la Aerolínea Turpial Airlines C.A. con el Boleto Aéreo Ticket Nº 0670310116264, el mismo día 11 de mayo de 2023 a las 15:00 p.m. salida vía aérea desde el Aeropuerto Internacional de Punta Cana en la Ciudad Punta Cana República Dominicana en vuelo Charter Operado por GlobalX con el Boleto Aéreo Ticket Nº 8220301003918, hasta los Estados Unidos llegando al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de Miami International Airport, ese mismo día 11 de mayo de 2023 salida vía aérea a las 9:50 p.m. desde el Miami International Airport en la Aerolínea Spirit Airlines Cabina: Económica/Turista Número de identificación de la Reserva HJUGKQ con el Boleto Aéreo Nº de Itinerario 72518002755850, hasta el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de Dallas aproximadamente a las 12:09 a.m. del día 12 de mayo del año 2023, y finalmente salida desde el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de Dallas vía terrestre en transporte público hasta la dirección 1016 Meadow Creek Drive Apt 2166 Irving Texas 75038, la Abuela Paterna María Méndez Lugo, C. I. Nº V11206212 es la persona quien los va a recibir en esa dirección y su Número de Teléfono es: 12676947664, a tales efectos consigno al presente escrito copias simples de los boletos de viaje; las razones del viaje tienen la finalidad de residenciarnos en ese país, y conocer a su familia paterna que viven en los Estados Unidos.”

Acompaño la solicitud con los siguientes recaudos:
Copia simple de la cédula de identidad de la ciudadana FRANCISMAR GABRIELI MORILLO RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 28.349.823; cursante al folio 03, del presente asunto.
Copia simple del pasaporte venezolano N°. 174348252, de la ciudadana FRANCISMAR GABRIELI MORILLO RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 28.349.823; cursante al folio 04, del presente asunto.
Copia simple del pasaporte venezolano N°. 174348333, del niño Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),, venezolano, de 04 años de edad; cursante al folio 05, del presente asunto.
Copia simple de la acta de nacimiento del niño Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),, venezolano, de 04 años de edad; cursante a los folios 06, 07 y sus vueltos, del presente asunto.
Copia simple de la cédula de identidad del ciudadano ALEXIS RAFAEL ORSINI MÉNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-20.160.578; cursante al folio 08, del presente asunto.
Copia simple de boletos aéreos de la Aerolínea Travel Plus, pertenecientes a la ciudadana FRANCISMAR GABRIELI MORILLO RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 28.349.823 y al niño Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),, venezolano, de 04 años de edad; cursante a los folios 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17, del presente asunto.

Visto que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro, admite dicha solicitud mediante auto de fecha 31 de marzo de 2023, acordándose notificar al Ciudadano Fiscal Cuarto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, quien fue debidamente notificado en fecha 14 de abril de 2023; fijándose mediante auto de fecha 18 de abril de 2023, para el día 02 de mayo de 2023, a las 02:00 p.m., la oportunidad para que tuviera lugar la Audiencia Única de Mediación, que contrae el artículo 512 de la ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; realizándose en la fecha antes señalada, video llamada vía Whatsapp, al número + 1 (214) 347-3430, propiedad del ciudadano ALEXIS RAFAEL ORSINI MÉNDEZ, antes identificado; desde el número telefónico perteneciente al ciudadano Juez, Abogado. Danny Alejandro Malavé Ramos; quien conoce de la presente solicitud; en la cual el progenitor ciudadano ALEXIS RAFAEL ORSINI MÉNDEZ; en su condición de padre del niño Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),, antes identificado; expreso su voluntad de conceder su autorización para que su hijo viaje fuera del país con destino a los Estados Unidos de Norte América; en compañía de su progenitora la ciudadana FRANCISMAR GABRIELI MORILLO RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 28.349.823; para ser recibidos por él; asimismo, otorga la autorización judicial para el Cambio de Domicilio Internacional, a fin que se residencie con él, en la ciudad de Dallas, 1016 Meadow Creek Drive Apt 2016 Irng Texas 75038 - Estados Unidos de Norte América.

Ahora bien, vistos y revisados los recaudos consignados, visto la solicitud de la madre ciudadana FRANCISMAR GABRIELI MORILLO RODRÍGUEZ, antes identificada; escuchada la voluntad del padre ciudadano ALEXIS RAFAEL ORSINI MÉNDEZ, antes identificado; de otorgar su consentimiento para que su hijo el niño Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),, identificado up supra, viaje fuera del país con destino a los Estados Unidos de Norte América, en compañía de su progenitora la ciudadana FRANCISMAR GABRIELI MORILLO RODRÍGUEZ, para ser recibido por él y vivir con él. En tal sentido, visto que no es contrario a derecho alguno, ni lesiona sus intereses legítimos; este este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro, con el objeto de garantizar el interés superior del niño de autos, tal como lo dispone el artículo 08 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y de conformidad con lo dispuesto en el literal e, del parágrafo segundo, del artículo 177 ejusdem, 39 y 392 de la ley “in comentum” Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta LA HOMOLOGACIÓN respecto al acuerdo al que llegaron los padres en los siguientes términos:
Primero: se autoriza para viajar Fuera del País con destino a los Estados Unidos de Norte América, al niño Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),, venezolano, de 04 años de edad; en compañía de su progenitora la ciudadana FRANCISMAR GABRIELI MORILLO RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 28.349.823. En tal sentido, se le solicita a las autoridades migratorias de Venezuela, así como de los países de tránsito y el país de destino su colaboración a fin de facilitar el traslado del niño Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),, entes identificado y garantizarle todos sus Derechos Humanos, en cumplimiento de los tratados y acuerdos internacionales vigentes suscritos y ratificados por los países partes.
Segundo: se Autoriza el Cambio de Domicilio Internacional del niño Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),, entes identificado; para establecer su domicilio o residencia en la ciudad de Dallas, 1016 Meadow Creek Drive Apt 2016 Irng Texas 75038 - Estados Unidos de Norte América, en compañía de ambos padres.
La presente sentencia adquiere desde la fecha de su publicación carácter y efecto de sentencia definitivamente firme y ejecutoriada. A tal efecto, expídanse las copias certificadas que las partes soliciten una vez que sean consignadas las respectivas copias fotostáticas, guardando el original del presente asunto en el Archivo Sede de este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Así se decide.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION. Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro, a los cinco (05) días del mes de mayo de dos mil veintitrés (2023). Años 213° de la Independencia y 164° de la Federación. Cúmplase.
El Juez Provisorio,


Abg. Danny Alejandro Malavé Ramos.


El (a) Secretario (a) Judicial
ASUNTO: YP11-J-2023-000044.
Hora de Emisión: 11:02 AM