REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUCUPITA, CASACOIMA, PEDERNALES Y ANTONIO DÍAZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO DELTA AMACURO.
SOLICITUD Nº: 1517-2023.
SOLICITANTE: AMARILIS VICTORIA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad,titular de la cedula de identidad Nº 4.514.885, domiciliada en la Urbanización Raúl Leoni, calle Nº 02, casa S/N, Parroquia San Rafael, municipio Tucupita del estado Delta Amacuro.
MOTIVO:TITULO SUPLETORIO.
I
En fecha Trece (13) de Noviembrede 2023, se recibe previa distribución, la solicitud de Título Supletorio presentada por la ciudadanaAMARILIS VICTORIA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad,titular de la cedula de identidad Nº 4.514.885, domiciliada en la Urbanización Raúl Leoni, calle Nº 02, casa S/N, Parroquia San Rafael, municipio Tucupita del estado Delta Amacuro, en la cual pide se le tome declaración a los ciudadanos que oportunamente presentara y una vez evacuados los testimoniales y cumplidos los trámites legales se declare suficientemente Título Supletorio de Propiedad, sin perjuicio de terceros, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fechaDieciséis(16) de Noviembrede 2023, se dictó auto admitiendo la presente solicitud, fijándose la oportunidad para la presentación de los testigos, a los fines de interrogar a los mismos.
En fecha Veintiuno (21)de Noviembrede 2023, comparecieron en calidad de testigos los ciudadanos WILMA DEL VALLE RODRIGUEZ CARMONAyRAMON ISRRAEL ZAMBRANO MORILLO,venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº9.455.236y Nº 8.929.563, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Tucupita, municipio Tucupita del estado Delta Amacuro.
II
Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre la bienhechuría fomentada porla ciudadanaAMARILIS VICTORIA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad,titular de la cedula de identidad Nº 4.514.885, sobre una parcela de terreno de su propiedad según consta en documento de donación hecho por la Alcaldía del Municipio Tucupita, la cual tiene una superficie de DOSCIENTOS TRESMETROS CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMETROSCUADRADOS(203,84Mts2) y un área de construcción de CIENTO SESENTA Y TRES METROS CON VEINTICINCO CENTIMETROS CUADRADOS (163,25Mts2), alinderadade la siguientemanera: NORTE:Propiedad que es o fue de María Pinto,con 9,80 ML; SUR:Calle Nº 02, con 9,80 ML;ESTE:Propiedad que es o fue de Lisst Soto, con 20,80 ML; y OESTE:Propiedad que es o fue de Arelys Quiroz, con 20,80 ML; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y suficientemente para asegurar el Derecho de Propiedad y Posesión que tienela ciudadana AMARILIS VICTORIA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad,titular de la cedula de identidad Nº 4.514.885, domiciliada en la Urbanización Raúl Leoni, calle Nº 02, casa S/N, Parroquia San Rafael, municipio Tucupita del estado Delta Amacuro, sobre la mencionada bienhechuríay que conforme a las declaraciones rendidas por los testigos hábiles y contestes ciudadanos WILMA DEL VALLE RODRIGUEZ CARMONA yRAMON ISRRAEL ZAMBRANO MORILLO,venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº9.455.236 y Nº 8.929.563, respectivamente, de este domicilio, la cual tiene un valor aproximado de TREINTA Y CINCO MIL BOLIVARESCON CERO CENTIMO (Bs. 35.000,00)..
Publíquese y Regístrese, incluso en el sitio web delta-amacuro.tsj.gob.ve. Déjese copia certificada de las presentes actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la solicitud a la parte interesada, previo suministro de los fotostatos respectivos. Así se decide.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz con competencia en lo Contencioso y Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro. En la ciudad de Tucupita a losVeintidós(22) días del mes de Noviembre de Dos Mil Veintitrés (2023). Años: 213° de la Independencia y 164° de la Federación.
El Juez Temporal,
LORELVIS ENRIQUE SILVA.
La Secretaria Temporal,
ALEDIMAR JOSEFINA NARVAEZ GONZALEZ.
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