REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del estado Bolivariano Delta Amacuro.
Tucupita, diecinueve (19) de septiembre de dos mil veintitrés (2023)
213º y 164º

ASUNTO: YP11-V-2018-000030.

MOTIVO: Custodia.

PARTE DEMANDANTE: Ciudadano FÉLIX XAVIER ABSALÓN MATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V–15.790.933.

PARTE DEMANDADA: Ciudadana LAURA LEONOR JARAMILLO ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula identidad Nº V–20.852.225.

BENEFICIARIOS: Los niños (Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA) , venezolanos, de 09 y 11 años de edad respectivamente.

Visto mediante auto de fecha 31 de enero de 2023, se fijó para el día 14 de febrero de 2023, a las 10:00 a.m la oportunidad para la celebración del Inicio de la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, en el asunto signado con el Nº YP11-V-2018-000030; contentivo del procedimiento de CUSTODIA, interpuesto por el ciudadano FÉLIX XAVIER ABSALÓN MATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V–15.790.933; en contra de la ciudadana LAURA LEONOR JARAMILLO ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula identidad Nº V–20.852.225; en beneficio de los niños (Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), venezolanos, de 09 y 11 años de edad respectivamente; a la cual no compareció la parte demandante plenamente identificada en autos; este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y del Adolescentes, declara DESISTIDO el presente procedimiento de Custodia; interpuesto por el ciudadano FÉLIX XAVIER ABSALÓN MATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V–15.790.933; en contra de la ciudadana LAURA LEONOR JARAMILLO ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula identidad Nº. V–20.852.225; en beneficio de los niños (Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), venezolanos, de 09 y 11 años de edad respectivamente; igualmente se le advierte a la parte demandante, que no podrá presentar nuevamente la demanda antes de que transcurra un mes a contar de la presente fecha; se acuerda la devolución de los originales dejándose en su lugar copa simple de los mismo y el cierre del presente asunto y su posterior remisión al Archivo Regional Inactivo. Así se decide.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION. Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro, a los diecinueve (19) días del mes de septiembre de dos mil veintitrés (2023). Años 213° de la Independencia y 164° de la Federación. Cúmplase.
El Juez Provisorio


Abg. Danny Alejandro Malavé Ramos.


La Secretaria Judicial

ASUNTO: YP11-V-2018-000030.
Hora de Emisión: 9:30 AM