ASUNTO: GP21-E-L-2024-000061

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

Vista la anterior diligencia de fecha 06 de junio de 2024, que cursa al folio veintiuno (21) del presente asunto, donde el ciudadano YONNY RAFAEL NELO, titular de la cedula de identidad Nro v.-18.770.755, debidamente asistido por el abogado NELSON COLLANTE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nro 222.677, desiste del procedimiento que se intento contra la entidad de trabajo demandada SUPER MARKET BIG FAMILY, C.A., y solidariamente el ciudadano BAILONG FENG, titular de la cedula de identidad N° E.-84.546.245. En consecuencia este Juzgado, visto que el desistimiento del procedimiento de Cobro de Prestaciones Sociales y Demás Derechos Laborales, del ciudadano YONNY RAFAEL NELO, antes identificado, tomando en cuenta que el mismo ha sido la conclusión de un proceso de Mediación como mecanismo adecuado y conveniente para la resolución de conflictos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil por aplicación Analógica del Artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es por lo que este TRIBUNAL DÉCIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, SEDE PUERTO CABELLO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley y en virtud de que dicha solicitud no es contraria a derecho ni menoscaba normas de orden público, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO Y DA POR TERMINADO EL PROCESO INTENTADO EN CONTRA DE LA ENTIDAD DE TRABAJO SUPER MARKET BIG FAMILY, C.A., y solidariamente el ciudadano BAILONG FENG., en los términos como se estableció, DÁNDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA.


El Juez

Abg. Daniel Andrés García Gomez

La Secretaria
Abg. Darielys del Carmen Rivas