REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUCUPITA, CASACOIMA, PEDERNALES Y ANTONIO DÍAZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO DELTA AMACURO.
SOLICITUD Nº: 1575-2024.
SOLICITANTE: ROXANNA DEL VALLE VELASQUEZ SUBERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 17.430.307, soltera, domiciliada en el Triunfo, Sector Libertador I, Calle Nº 01, casa S/N, Parroquia Manuel Piar, Municipio Autónomo Casacoima, del estado Delta Amacuro
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
I
En fecha Primero (01) de Abril de 2024, se recibe previa distribución, la solicitud de Título Supletorio presentada por la ciudadana: ROXANNA DEL VALLE VELASQUEZ SUBERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 17.430.307, soltera, domiciliada en el Triunfo, Sector Libertador I, Calle Nº 01, casa S/N, Parroquia Manuel Piar, Municipio Autónomo Casacoima, del estado Delta Amacuro, en la cual pide se le tome declaración a los ciudadanos que oportunamente presentara y una vez evacuados los testimoniales y cumplidos los trámites legales se declare suficientemente Título Supletorio de Propiedad, sin perjuicio de terceros, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha Dos (02) de Abril de 2024, se dictó auto admitiendo la presente solicitud, fijándose la oportunidad para la presentación de los testigos, a los fines de interrogar a los mismos.
En fecha Treinta (30) de Abril de 2024, comparecieron en calidad de testigos los ciudadanos EULER RAFAEL MEZA MEDINA Y GENESIS YOUPSELYS VERA BAEZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 20.566.680 y Nº 21.386.739, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Tucupita, municipio Tucupita del estado Delta Amacuro.
II
Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre la bienhechuría fomentada por la ciudadana ROXANNA DEL VALLE VELASQUEZ SUBERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 17.430.307, sobre una parcela de terreno propiedad del Instituto Nacional De Tierras (I.N.T.I), que mide DOSCIENTO DIECINUEVE METROS CUADRADOS (219,00m2), teniendo un área de construcción de CUARENTA Y UN METROS, CON SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (41,7m2), alinderada de la siguiente manera: NORTE: 7,30 MTS Con Propiedad que es o fue de la Ciudadana Olivia Rodríguez; SUR: 7,30 MTS Con Calle Nº 01; ESTE: 30,00 mts Con Propiedad que es o fue de la Ciudadana Flor María Subero; y OESTE: 30,00 MTS Con Propiedad que es o fue del ciudadano José Primo; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y suficientemente para asegurar el Derecho de Propiedad y Posesión que tienela ciudadana ROXANNA DEL VALLE VELASQUEZ SUBERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 17.430.307, soltera, domiciliada en el Triunfo, Sector Libertador I, Calle Nº 01, casa S/N, Parroquia Manuel Piar, Municipio Autónomo Casacoima, del estado Delta Amacuro, sobre la mencionada bienhechuría y que conforme a las declaraciones rendidas por los testigos hábiles y contestes ciudadanos EULER RAFAEL MEZA MEDINA Y GENESIS YOUPSELYS VERA BAEZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 20.566.680 y Nº 21.386.739, respectivamente, de este domicilio, la cual tiene un valor aproximado de SETENTA Y DOS MIL BOLIVARES (Bs. 72.000,00).
Publíquese y Regístrese, incluso en el sitio web delta-amacuro.tsj.gob.ve. Déjese copia certificada de las presentes actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la solicitud a la parte interesada, previo suministro de los fotostatos respectivos. Así se decide.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz con competencia en lo Contencioso y Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro. En la ciudad de Tucupita a los Diez (10) días del mes de Mayo de Dos Mil Veinticuatro (2024). Años: 214° de la Independencia y 165° de la Federación.
El Juez
LORELVIS ENRIQUE SILVA.
La Secretaria
MIRIANGEL SUAREZ ARZOLAY
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