REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUCUPITA, CASACOIMA, PEDERNALES Y ANTONIO DÍAZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DELTA AMACURO.

SOLICITUD Nº: 1655-2024.

SOLICITANTE: ZAIDA JANETH DOMINGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.861.196, domiciliada en el Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro.

MOTIVO:TITULO SUPLETORIO.
I

En fecha Dieciocho (18) de Septiembre de 2024, se recibe previa distribución, la solicitud de Título Supletorio presentada por la ciudadana: ZAIDA JANETH DOMINGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.861.196, respectivamente, domiciliada en el Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, debidamente asistida en este acto por el Abogado en ejercicio CARLOS ZAMBRANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 52.582, en la cual pide se le tome declaración a los ciudadanos que oportunamente presentara y una vez evacuados los testimoniales y cumplidos los trámites legales se declare suficientemente Título Supletorio de Propiedad, sin perjuicio de terceros, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.

En fecha Veinticuatro (24) de Septiembre de 2024, se dictó auto admitiendo la presente solicitud, quedando asentada en el libro de solicitudes de este Juzgado bajo el N° 1655-2024, fijándose la oportunidad para la presentación de los testigos, a los fines de interrogar a los mismos.

En fecha Treinta (30) de Septiembre del año Dos Mil Veinticuatro (2024), comparecieron en calidad de testigos las ciudadanas INDIRA THAIZ SOTILLO y ARELYS JOSEFINA GIL AZOCAR, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 9.865.084 y Nº 8.952.793, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Tucupita, municipio Tucupita del estado Delta Amacuro.

II

Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre la bienhechuría fomentada por la ciudadana: ZAIDA JANETH DOMINGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.861.196, respectivamente, domiciliada en el Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, la cual tiene un terreno de CUATROCIENTOS SETENTA Y UN METROS CON VEINTICINCO CENTIMETROS CUADRADOS (471,25 Mts2), alinderada de la siguiente manera: NORTE: De P8AP1 con 11,15 mts, Avenida Guasima SUR: De P4AP5 con 9,69 mts De P6AP7 con 2,45 mts, Familia Zambrano; ESTE: De P1AP2 con 12,76 mts De P2AP3 con 5, 5 mts De P3AP4 con 23, 60 mts, Familia Sotillo y OESTE: De P5AP6 con 16,61 mts De P7AP8 con 26,85 mts, Familia Betancourt; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y suficientemente para asegurar el Derecho de Propiedad y Posesión que tiene la ciudadana ZAIDA JANETH DOMINGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.861.196, de este domicilio, sobre la mencionada bienhechuría y que conforme a las declaraciones rendidas por los testigos hábiles y contestes ciudadanas INDIRA THAIZ SOTILLO y ARELYS JOSEFINA GIL AZOCAR, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 9.865.084 y Nº 8.952.793, respectivamente, de este domicilio, la cual tiene un valor aproximado de CIENTO SESENTA MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 160.000,00)...

Publíquese y Regístrese, incluso en el sitio web delta-amacuro.tsj.gob.ve. Déjese copia certificada de las presentes actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la solicitud a la parte interesada, previo suministro de los fotostatos respectivos. Así se decide.

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz con competencia en lo Contencioso y Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro. En la ciudad de Tucupita a Cuatro (04) días del mes de Octubre de Dos Mil Veinticuatro (2024). Años: 214° de la Independencia y 165° de la Federación.

El Juez,


LORELVIS ENRIQUE SILVA.

El Secretario,


OSWALDO JOSE MORALES VIDAL.