REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PTRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADOCARABOBO.
Valencia, 08 de diciembre de 2025
215° y 166°
SOLICITUD N° 11227-2025
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITANTE (S): Ciudadana ROSAURA GUERRA DE GALANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.849.950, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: VERONICA NMATALY ZAMBRANO DE LIENDO inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 146.548.
Visto la presente solicitud presentada por la Ciudadana ROSAURA GUERRA DE GALANTE, debidamente asistida de abogado, ut supra identificados; junto a las actas presentadas que corren insertas en autos, así como las declaraciones juradas de los GERMAN ALBERTO RICCI CASTILLO y JESUS ENRIQUE RIVEROS SARCOS, identificados en actas; este Tribunal, como se pide y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: dichas pruebas suficientes para asegurarle a el solicitante Ciudadana ROSAURA GUERRA DE GALANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.849.950, y de este domicilio, y a los ciudadanos ARSENIA LUISA CONDE PEREZ DE GALANTE y ALFONSO GALANTE VALENCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. E-327.358, V-7.005.678, su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano: PERFECTO GALANTE CONDE, quien en vida era venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-5.386.535, quien falleció en el Policlínico Valencia, Urbanización La Viña, final Avenida Carabobo, Parroquia San José, Municipio Valencia, estado Carabobo, en fecha 18 de diciembre del año 2021, tal como consta en acta de defunción por ante la oficina de Registro Civil de la Parroquia San José, Municipio Valencia, estado Carabobo, bajo el N° 739, tomo III, del año 2021. Devuélvase originales de todas las actuaciones que conforman esta solicitud. Cúmplase.-
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la sala de despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo. Valencia, 08 de diciembre de 2025.-
LA JUEZA PROVISORIO.
ABG. YELITZA K. CARRERO
LA SECRETARIA
ABG. SILVIA PATRICIA CURVELO.
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En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. -
LA SECRETARIA
YCR/SPC/wdgp.-