REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUCUPITA, CASACOIMA, PEDERNALES Y ANTONIO DÍAZ CON COMPETENCIA EN LO CONTENCIOSO Y ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO DELTA AMACURO.


SOLICITUD Nº: 1979-2025.


PARTE SOLICITANTE: IDELFONZO ANTONIO LARA SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.554.158, domiciliado en la comunidad de Cocuina, vía principal, Parroquia San Rafael, Municipio Tucupita, estado Bolivariano Delta Amacuro, en su condición de Presidente de la empresa AGRO - DERIVADOS ORINOCO, C.A, con Registro Único de Información Fiscal Nº Rif J-402427263, e inscrita por ante el Registro Mercantil del estado Bolivariano Delta Amacuro bajo el Nº 41, tomo 5-A con expediente Nº 327-1673 de fecha 16/05/2013, los cuales fueron confrontados a efectos videndi.


MOTIVO:TITULO SUPLETORIO.

I

En fecha Cuatro (4) de Diciembrede 2025, se recibe por distribución en este Juzgado, la solicitud de Título Supletorio presentada por elciudadanoIDELFONZO ANTONIO LARA SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.554.158, domiciliado en la comunidad de Cocuina, vía principal, Parroquia San Rafael, Municipio Tucupita, estado Bolivariano Delta Amacuro, en su condición de Presidente de la empresa AGRO - DERIVADOS ORINOCO, C.A,en la cual pide se le tome declaración a los ciudadanos JOSE FELIX MOYA CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.115.803,domiciliado en la Comunidad de la Horqueta, Vía Principal, Casa S/N, Parroquia Virgen del Valle, Municipio Tucupita, Estado Bolivariano Delta Amacuro yel ciudadano: LEONARDO JOSE VARGILLAS MERIÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.063.802,domiciliadoen la Comunidad de la Ceibita de la Horqueta, Vía Principal, Casa S/N, Parroquia Virgen del Valle, Municipio Tucupita, Estado Bolivariano Delta Amacuro y una vez evacuados los testimoniales y cumplidos los trámites legales se le declare suficientemente Título supletorio de Propiedad, sin perjuicio de terceros, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.

En fecha Nueve (9) de Diciembre de 2025, se dictó auto admitiendo la presente solicitud, acordándose la oportunidad para la presentación de los testigos, a los fines de interrogar a los mismos.

En fecha Diecinueve (19) de Diciembre de 2025, comparecieron en calidad de testigos los ciudadanos JOSE FELIX MOYA CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.115.803,domiciliado en la Comunidad de la Horqueta, Vía Principal, Casa S/N, Parroquia Virgen del Valle, Municipio Tucupita, Estado Bolivariano Delta Amacuro yel ciudadano: LEONARDO JOSE VARGILLAS MERIÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.063.802,domiciliadoen la Comunidad de la Ceibita de la Horqueta, Vía Principal, Casa S/N, Parroquia Virgen del Valle, Municipio Tucupita, Estado Bolivariano Delta Amacuro.

II

Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre las mejoras realizadas a las bienhechurías fomentada porel ciudadanoIDELFONZO ANTONIO LARA SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.554.158, domiciliado en la comunidad de Cocuina, vía principal, Parroquia San Rafael, Municipio Tucupita, estado Bolivariano Delta Amacuro, en su condición de Presidente de la empresa AGRO - DERIVADOS ORINOCO, C.A, con Registro Único de Información Fiscal Nº Rif J-402427263, e inscrita por ante el Registro Mercantil del estado Bolivariano Delta Amacuro bajo el Nº 41, tomo 5-A con expediente Nº 327-1673 de fecha 16/05/2013, los cuales fueron verificados a efectos videndi, las cuales están ubicadas en la Comunidad de la Horqueta, calle Principal, (Tucupita- la Horqueta), casa sin número, parroquia Virgen del Valle, municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, sobre una parcela de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (I.N.T.I.), en la cual están enclavadas una Bienhechurías que consisten en un inmueble (Casa Familiar y Local Comercial), con las siguientes características: Destino: Habitacional-Comercial, estructura: Concreto y Metálica; Paredes de Bloque; Friso: Liso; Electricidad: Embutida; Estructura de Techo: Metálica; Cubierta de Techo: Acerolit; Piso: Pulido; Habitaciones: Dos (2); Local Comercial: Uno (1); Sala: Uno(1); Cocina: Una (1); Comedor: Uno (1); Garaje: uno (1); W.C.: Uno (1); Lavamanos: Uno (1); Ducha: Una (1); Baño: Uno (1); Ventanas: Corredizas; Puertas: Madera, Hierro y Santa María; y portón de Hierro: Uno (1); tiene una extensión de terreno de DoscientosCincuenta Y OchoMetros Cuadrados (250,00 MTS2) con un área de construcción de Comercio de Sesenta Y Unocon Once Metros Cuadrados (61,11 MTS2),Y un área de construcción de Trescientos Veintitrés con Sesenta Y Nueve Metros Cuadrados (323,69 MTS2), alinderadade la siguientemanera: NORTE:Propiedad que es o fue del Ciudadano Becker Acostacon (63,82 m);SUR:Propiedad que es o fue de la Sucesión Gómez Chacha con (63,82 m); ESTE:Ambulatorio con (13,06 m);yOESTE:Carretera Tucupita la Horqueta con (13,33 m); de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y suficientemente para asegurar el Derecho de Propiedad y Posesión que tiene la empresa AGRO - DERIVADOS ORINOCO, C.A, con Registro Único de Información Fiscal Nº Rif J-402427263, e inscrita por ante el Registro Mercantil del estado Bolivariano Delta Amacuro bajo el Nº 41, tomo 5-A con expediente Nº 327-1673 de fecha 16/05/2013, representada por el ciudadanoIDELFONZO ANTONIO LARA SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.554.158, domiciliado en la comunidad de Cocuina, vía principal, Parroquia San Rafael, Municipio Tucupita, estado Bolivariano Delta Amacuro, en su condición de Presidente la empresa, las cuales están ubicadas en la Comunidad de la Horqueta, calle Principal, (Tucupita- la Horqueta), casa sin número, parroquia Virgen del Valle, municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, sobre una parcela de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras ( (I.N.T.I.), y conforme a las declaraciones rendidas por los testigos hábiles y contestes ciudadanos JOSE FELIX MOYA CEDEÑO, Y LEONARDO JOSE VARGILLAS MERIÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.115.803 y 19.063.802, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Tucupita, municipio Tucupita del estado Delta Amacuro, las cuales tienen un valor aproximado de NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 9.265.400,oo).Así mismo se ordena corregir el foliado a partir del folio ocho (8) exclusive, realizando las tachaduras correspondientes para mantener el orden cronológico, de conformidad con el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil

Publíquese y Regístrese, incluso en el sitio web deltaamacuro.scc.org.ve. Déjese copia certificada de las presentes actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la solicitud a la parte interesada, previo suministro de los fotostatos respectivos. Así se decide.

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz con Competencia en lo Contencioso y Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro. En la ciudad de Tucupita a los Diecinueve (19) días del mes de Diciembre de Dos Mil Veinticinco (2025). Años: 215° de la Independencia y 166° de la Federación.
El Juez

LORELVIS ENRIQUE SILVA
La Secretaria

MIRIANGEL MARGARITA SUAREZ ARZOLAY